Si firmaste contrato de alquiler posterior al 6/marzo/2019 inclusive, la revisión de la renta ha de ser expresamente pactada en el contrato, y solo es posible hacerla en la fecha de cada año de vigencia del contrato.
Si no hay cláusula de actualización en el contrato, te puedes agarrar a que no se pactó y que no te lo puede subir.
Si hay cláusula, debe atenerse a ella, con el máximo del 2% si se cumple el año de vigencia en el contrato entre 1/abril y 31/dic de este año.