Actualizo el hilo a 27/01/2022:
Tras años de lucha contra esta barbaridad de ley el Tribunal de Jusitica de la UE ha tumbado esta mañana el modelo 720... Lo más grave es que además de ilegal y contrario al derecho de la UE, España va a afrontar devoluciones millonarias a los contribuyentes sancionados en los próximos meses.
https://www.expansion.com/economia/2022/01/27/61f25b7de5fdea086a8b45db.html
https://www.elmundo.es/economia/2022/01/27/61f262a721efa069378b45e9.html
Aunque muy lenta, la justicia de la UE por fin termina con este despropósito.
Comunicado de prensa íntegro del TJUE:
https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2022-01/cp220018es.pdf
La Comisión Europea cree que las multas impuestas por Hacienda a quienes no declaran correctamente sus activos en el extranjero son desproporcionadas, discriminatorias y están en conflicto con las libertades fundamentales de la UE, por lo que exige cambios inmediatos o amenaza con acudir al Tribunal de Justicia comunitario.
El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero que se aprobó en octubre 2012 tras una modificación de la normativa tributaria, en medio de una campaña contra el fraude. Y obliga a que todas las personas física o jurídicas residentes en territorio español y que tengan cuentas corrientes, valores, seguros, rentas etc en el extranjero por valor de más de 50.000 euros.
Hacienda penaliza la no presentación, pero también los errores en fondo y forma, y Bruselas cree que se excede. La Agencia Tributaria estipula por ejemplo que la sanción mínima por la falta de presentación del Modelo 720 en el primero de los casos, en el que se incumplen las tres obligaciones de información, sería de 30.000 euros. En el segundo supuesto, en el que se incumple una sola obligación de información, la sanción mínima de 10.000 euros.
Igualmente, si por ejemplo se remite información por una serie de cuentas bancarias abiertas en el extranjero omitiendo o consignando datos/conjuntos de datos de forma incompleta, inexacta o falsa la sanción mínima será de 10.000 euros. Y se puede dar el caso que por presentar un documento fuera de plazo lleguen multas de altísimas incluso si se trata de cuentas donde uno aparece como firma autorizada.
La Comisión Europea lleva un tiempo discutiendo con España, pero al no lograr un consenso ha dado el primer paso, enviando a Madrid una opinión razonada pidiendo cambios en la normativa sobre activos en el extranjero.
El documento explica que si bien la Comisión considera que España tiene el derecho a requerir a sus contribuyentes que proporcionen la información sobre esos activos, las sanciones aplicadas por no cumplir son desproporcionadas.
El año pasado, el director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, explicó que más de 400 ciudadanos habían recibido sanciones de hasta el 150% de la cuota defraudada. Entre 2013 y 2016 los españoles han informado de más de 141.000 millones de euros en activos en el extranjero.
En febrero de 2013, el despacho DMS Consulting, de Palma de Mallorca, denunció ante la Comisión Europea el Modelo 720 y sus quejas, apelando a los artículo del Tratado de la UE que se refieren a las libertades de circulación de personas y capitales, fueron escuchadas. Se abrió un procedimiento de infracción contra España.
La argumentación europea descansa en varios puntos. Por ejemplo, denuncia que como las multas son mucho mayores que las sanciones aplicadas en una situación puramente nacional, las normas pueden disuadir a empresas y particulares de invertir o trasladarse dentro de las fronteras en el mercado único y por lo tanto son consecuentemente discriminatorias y están en conflicto con las libertades fundamentales de la UE.
La opinión razonada da a España dos meses para presentar alegaciones. En ausencia de una respuesta satisfactoria dentro de ese plazo la Comisión puede llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE explica el comunicado publicado este miércoles.
Fuentes:
http://www.elconfidencial.com/economia/2017-02-15/bruselas-da-dos-meses-a-espana-para-que-cambie-la-legislacion-sobre-el-modelo-720_1332569/
http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/bruselas-exige-espana-suavizar-sanciones-modelo-720-5839743
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/8157575/02/17/Bruselas-amenaza-con-llevar-a-Espana-al-TUE-por-las-multas-que-impone-por-no-declarar-activos-en-el-extranjero.html
Ejemplos de sanciones reales absurdas:
PERSONA QUE DECLARÓ VOLUNTARIAMENTE, PERO FUERA DE PLAZO, QUE TENÍA EN SUIZA 340.255,93€, TOTALMENTE PRESCRITOS, Y HACIENDA LE EXIGE 442.312,44€, UN 130% de su capital...
Una persona residente en España (pensionista) que presentó, VOLUNTARIAMENTE (sin ningún requerimiento o notificación previa de Hacienda) el Modelo 720 2012 fuera de plazo, declarando que a finales de 2012 tenía 340.255,93 Euros en Suiza.
-ese dinero en Suiza lo tenía desde hace muchos años, y ya estaba COMPLETAMENTE PRESCRITO cuando entró en vigor a finales de 2012 la normativa del Modelo 720.
-Hacienda le inspecciona aplicando la normativa del Modelo 720 (el artículo 39.2 Ley IRPF) y le liquida por IRPF 2012 169.300,65 Euros de cuota + 16.016,88 Euros de intereses (al imputarle los 340.255,93 como ganancia patrimonial no justificada en el IRPF 2012, por ser el último año no prescrito en que ya estaba en vigor la normativa) y propone una sanción de 253.950,98 Euros (150% de la cuota IRPF).
Esa persona presentó alegaciones en su defensa, y casi 6 meses después, el 10 de noviembre 2015 Hacienda ha terminado confirmando esa liquidación y esa sanción. Finalmente le exigen 169.300,65 Euros de cuota IRPF 2012 + 19.060,81 Euros de intereses + 253.950,98 Euros de sanción.
Además, justo después de firmarse el acta, lógicamente en disconformidad, Hacienda acordó el embargo cautelar de los pocos bienes que esa persona (pensionista) tiene en España incluida su vivienda y parte de su pensión.
Ese caso es absolutamente paradigmático porque son más que evidentes los dos aspectos de la obligación que la Comisión Europea consideró en sus conclusiones que pueden infringir el Derecho de la UE:
-la desproporción de las sanciones (150% de multa a una persona que declara voluntariamente)
-la no prescripción, incluso la pérdida de una prescripción ya ganada, y eso aunque Hacienda haya conocido los bienes en el extranjero por una declaración voluntaria, aunque tardía, del contribuyente.
PERSONA QUE DECLARÓ EL MODELO 720 DEL 2012 CON UN RETRASO DE 14 DÍAS, Y SE LE IMPONEN TRES SANCIONES POR IMPORTE TOTAL DE 18.300 EUROS.
Se trata de tres acuerdos de imposición de sanciones dictados a mediados octubre 2015 a una persona que presentó el Modelo 720 del 2012 el 14/5/2013 habiendo finalizado el plazo el 30/4/2013, es decir con un retraso de sólo 14 días.
Hacienda le aplica automáticamente las sanciones formales previstas en la normativa del Modelo 720 con el siguiente resultado:
-como tenía 7 inmuebles en el extranjero a 31/12/2012 y son 4 datos por cada inmueble, resultan 28 datos, y se impone una multa de 2.800 Euros (28 datos x 100 Euros por dato, por presentación fuera de plazo del Modelo 720 2012)
-como tenía 13 cuentas bancarias en el extranjero a 31/12/2012 y son 5 datos por cada cuenta, resultan 65 datos, y se impone una multa de 6.500 Euros (65 datos x 100 Euros por dato, por presentación fuera de plazo del Modelo 720 2012)
-como tenía 45 valores en el extranjero a 31/12/2012 y son 2 datos por cada valor, resultan 90 datos, y se impone una multa de 9.000 Euros (90 datos x 100 Euros por dato, por presentación fuera de plazo del Modelo 720 2012).
PERSONA QUE DECLARÓ VOLUNTARIAMENTE, CON EL MODELO 720 2013 PRESENTADO EN PLAZO, QUE TENÍA UNOS 250.000€ EN CUENTAS BANCARIAS EN REINO UNIDO, Y HACIENDA LE EXIGE 125.000€, UN 50%, SÓLO POR CONSIDERAR QUE TENDRÍA QUE HABER INFORMADO CON EL MODELO 720 2012.
Se trata de una propuesta de sanción de la inspección de Hacienda fechada a finales octubre 2015 que también resulta demoledora.
-Una persona residente en España que presentó, VOLUNTARIAMENTE (sin ningún requerimiento o notificación previa de Hacienda), el Modelo 720 2013 dentro del plazo, declarando que tenía unos 250.000 Euros en cuentas abiertas en Reino Unido e indicando expresamente que esas cuentas estaban abiertas desde 2010.
-Hacienda le inspecciona, considera que tenía que haber informado sobre esas cuentas con el Modelo 720 2012 y no con el Modelo 720 2013 y le aplica las sanciones formales previstas en la normativa del Modelo 720 con el siguiente resultado: como tenía 5 cuentas a 31/12/2012 y son 5 datos por cada cuenta, resultan 25 datos, y se impone una ¡¡¡multa de 125.000 Euros!!! (25 datos x 5000 Euros por dato, por falta de presentación del Modelo 720 2012)
En Conclusión: Lo que nació, según Cristobal Montoro, como una medida estrella para luchar contra el fraude, ha sido utilizado por la Agencia Tributaria para robar al contribuyente despistado con la ley en la mano y sin impunidad. Es la peor medida fiscal que el gobierno de este país ha tomado en décadas de la mano de uno de los peores ministros de Hacienda que tenemos desde que estamos en democracia.
La UE, aunque lentamente, parece que acabará con la medida y finalmente habrá que devolverles el dinero a los multados (como ha sucedido con las clausulas suelo de las hipotecas). Bendita UE.
Esperemos que el señor Montoro acepte su derrota, pase vergüenza y dimita de un vez por todas. Ha intentado robar a los ciudadanos y la UE le ha pillado.