Hola a todos es mi primer póst. Tengo problemas con el vecino. Tiene una barbacoa en su terraza y cuando la enciende todo el humo entra en mi casa. Es una pasada y tengo un bebé en casa y no es plan... tengo que cerrar todo y el calor es insoportable aparte nos deja la ropa tendida con el pesazo. La pared donde la tiene puesta es la divisoria entre su piso y el mio... la pared mide unos 1.80 cm aprox y la chimenea sobresale unos 30 cm.... es chimenea de obra no esas metálicas que suben para que el humo no moleste. La tiene completamente pegada es una barbacoa de obra. Es legal tenerla así?
Pues no evidentemente, no es legal que te llene la casa de humo y no te deje ni tender la ropa, no puede perturbar tu estancia.
Ve a un abogado y le explicas mejor el caso.
O eso o llegas a un acuerdo con el para que no ponga la barbacoa excepto en contadas ocasiones o modifique la chimenea, ahi ya a tu elección.
Pero... ¿Has probado a exponerle tu problema primero a él a ver qué te dice? Porque igual lo puedes arreglar así de simple y llanamente. Aquí como no esperes respuestas del tipo de #3 no sé como más te podemos ayudar.
#6 pero este post no es para contestar paridas? Porque creo que cualquier adulto con 3 dedos de frente es capaz de exponer un problema y llegar a una solución y todo esto sin necesidad de ir a un foro o recurrir a la violencia!
Hola gracias por responderme. Tirarle al bebé en forma de protesta no pienso hacerlo jeje...
Si que he hablado con el justamente antes de poner el póst. El me dice que a el también se le llena la casa de humo cuando la pone y que seguirá haciendondo barbacoas todas las semanas... tras la discusión en un tono elevado he puesto este post
También me dice que me compre una secadora así no tengo que tender... no se pero estoy muy mosqueado . Encima chulo
No sé, pero si tienes posibilidad, yo compraría una manguera y le echaría agua directamente a la barbacoa, después llamaría a los bomberos y diría que había un fuego y que has creído oportuno apagarlo.
Utiliza este método tantas veces como sea necesario.
todo será que te informes en la comisaría de policía. Yo, por unas pequeñas obras de reabilitación en una casa que linda con otra tengo que sacar al salida de humos de la cocina por la mediana y me obligan a poner un tuvo extractor que sobrepase en X metros la altura de la parte más baja del tejado del vecino o algo así.
De todas maneras infórmate bien en una comisaria o que te digan donde puedes ir a preguntar sobre esas normas de urbanismo.
un saludo y suerte!
En Madrid se supone que estan prohibidas todas las barbacoas, en la comunidad de vecinos de donde vivia lo mismo. Tenia un vecino que hacia lo mismo, super maleducado... llamamos a la policia y nos dijeron que no podian hacer nada porque no era una barbacoa de obra. No tomamos ninguna medida mas porque nos mudamos al poco tiempo. Pero la tuya es de obra asi que si llamas igual te hacen mas caso, aunque no se si la prohibicion es a nivel nacional.
A nosotros nos pasaba algo parecido. Hubo que denunciar para obtener un permiso y poder levantar nosotros una pared más alta que hacía que todo el humo quedase dentro del espacio del otro vecino.
Vaya, no había salida para el humo una vez hecho eso, así que pararon de hacer mierdas xddd
pd: sí, se intentó previamente por la vía del diálogo, pero hay gente que no entiende de comunicación civilizada con otros seres humanos, y hay que recurrir a vías legales. ¿Sí? ¿Eres tan TONTO de no asumir que si echas tu humo a mi patio me molestas? Pues toma, una puta pared.
Me he informado y deberías utilizar: Planta, Hielo, Insecto y Acero
Ahora en serio , manguerazo y a mamarla.
#1 Supongo que esto te podrá servir.
Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal
Artículo 7.2:
Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.
Si el infractor persistiere en su conducta, el presidente, previa autorización de la junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario.
#1 Haz una foto desde tu ventana mirando a la barbaco para que nos hagamos una idea de como proceder y si puede ser con tu vecino ahi poniendo chuletas en la parrilla.