#29 Pero en el DNI del catalán pone nacionalidad: España, sí o no?
#9 Pues yo que quieres que te diga prefiero no tener los 90000 a que me dejen ciego de un ojo o me destrocen las piernas
Los días de roid rage hay que saber llevarlos.
Ni por un sueldo de 6000€ al día durante toda la vida dejo que nadie me toque. Algunos os valoráis muy poco.
#22 pues probablemente en harlem o Casablanca no creo que fuera en quattro 40 que suelen ser niñatos..aunque vete a saber si la liaron ahí en el parking..de estas mariconas te puedes esperar que agrediaran a cualquier niñato pasado de rosca.
#33 Si te hacen una cosa de esas no te preocupes que no recibiras solamente 90000 euros, recibiras mucho mas aparte de una paga mensual de por vida.
Al chaval este le abran puesto unos cuantos puntos y tal vez algun huesito roto como mucho.
Si e leido bien, han dejado al tio "deforme" ? la cara destrozada ? o que coño han hecho ? putos animales.
#47 en este pais algo anda mal, cuando por pegarle una bofetada a una mujer vas 4 años a la carcel, y por desfigurarle la cara a un tio, pagas dinero, y no lo digo por que la pena de la mujer me parezca mal... si no por que deberia ser igual para todos.
#48 Hombre, no me compares pegarle un bofetón a un hombre que a una mujer (cuando hablamos de maltrato).... Pero sí que me parece mal no ya que no vaya a pisar la cárcel, sino que no le hayan si quiera condenado a pena de prisión. Pero vamos, que todo esto sin habernos leído la sentencia carece de sentido, igual luego es perfectamente razonable y está justificado en la sentencia. Como ya he dicho, no lo sabía, si no habría ido al juicio en persona, que soy de allí
#50 por que no ? deberia penarse el acto, no a quien le das el bofeton.
se supone que yo por ser hombre, debo ser mas fuerte fisica y psicologicamente ? por que realmente cuando te meten un bofeton, duele mas psicologicamente ( por eso nos encendemos y se la devolvemos, o nos cagamos, depende de cada 1 ) que el bofeton en si.
la ley deberia ser igual para todos, que son pareja y por eso hay atenuante ? perfecto, para los 2.
#51 El derecho penal no funciona así. Ni aquí ni en ningún lado. Se piensa en proteger a la gente y se ponderan los daños y sus circunstancias, no en el acto en sí. De ahí que si tú matas para defenderte no te pase nada, pero si matas por cualquier otra razón, al trullo. Si atacas alguien con abuso de superioridad te cae agravante. Hay tipos agravados en muchísimos delitos por usar armas, herramientas, abuso de superioridad, alevosía...y en este caso se protege a una mujer cuando está siendo víctima de violencia en el núcleo familiar. Eso sí, si la hostia se la das a una tía random, te cae lo mismo que si se la das a un tío random, porque no se considera relación de familia. El agravante es el misma para una mujer que para un abuelo, enfermo o niño siempre haya relación de familia porque el legislador, sabiamente, ha considerado que un familiar es más vulnerable a la violencia que que tu le des una hostia a un niño/abuelo/mujer/hombre random enla puerta de una discoteca. Así que sí, en cierto modo hay igualdad en ese aspecto cuando hay relación familiar.
Edit: Ejemplo, artículo 174.2 del CP:
"2. El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica.
Se impondrán las penas en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en presencia de menores, o utilizando armas, o tengan lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realicen quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 o una medida cautelar o de seguridad o prohibición de la misma naturaleza."
Como ves, no se refiere a las mujeren en ningún momento. La ley es igual para todos. Igual para todos DENTRO de esa circunstancia que sí diferencia ese tipo de violencia a, como sería el caso del que hablamos, darle una hostia a una tia en la puerta de una discoteca.
O más en particular, el 153, de las lesiones: Artículo 153
"1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año[...]"
Es un tipo agravado cuando con la mujer o miembro vulnerable (niño, anciano, novio homosexual, etc) tenga o HAYA tenido relación con el/ella. Vamos, que sigue siendo circunstancial, no por ello si Rafa le hubiera dado la hostia a una tía, la pena no sería diferente (seguramente sí porque el juez le habría puesto la pena máxima que permite la ley, pero no porque la ley discrimine si no porque el juez, que es humano, ve que es más aberrante, pero eso es potestad del juez decidir hacerlo o no).