Todos los mayores de edad podrán ser movilizados en España en caso de crisis
El Gobierno tendrá potestad para imponer “prestaciones personales” a los ciudadanos, según la reforma de la Ley de Seguridad Nacional
Toda persona mayor de edad estará obligada a la realización de las “prestaciones personales” que exijan las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional, cuando se declare en España un estado de crisis. En este supuesto, todos los ciudadanos sin excepción deberán cumplir las órdenes e instrucciones que impartan las autoridades.
Aunque el anteproyecto no lo especifica, se supone que las prestaciones personales y la requisa de material estarán relacionados con el tipo de crisis de que se trate, ya sea de carácter sanitario, medioambiental, económico, financiero, etcétera. Lo que sí deja claro el articulado es que las medidas que se adopten serán graduales y proporcionadas a la situación que haya que afrontar y se limitarán al tiempo estrictamente necesario para superar la situación de crisis.
Aunque prevé la imposición de prestaciones personales y materiales, la ley de Seguridad Nacional es ordinaria, a diferencia de la del Servicio Militar de 1991, que era orgánica; lo que puede plantear problemas jurídicos pues solo las leyes orgánicas pueden afectar a derechos fundamentales. Además, la declaración de una situación como “de interés para la Seguridad Nacional” (es decir, estado de crisis), mediante real decreto, corresponde en exclusiva al presidente del Gobierno y no al Congreso, aunque las Cortes deben ser informadas inmediatamente de las medidas adoptadas.
El articulo añade tambien que compete a las empresas obedecer y colaborar
Se regulara en condiciones este borrador? Algun gobierno se podra aprovechar de dicha ley? Dice que compete al presidente y nada de votaciones...