#91 O han cambiado la ley o yo no me acuerdo nada de contratos o yo diría que en el procedimiento negociado sin publicidad es la Administración la que invita a presentar oferta. No hay anuncio de licitación y, por tanto, es imposible que presentes proposición (procedimiento abierto) o te postules para que te dejen presentar proposición/oferta (procedimiento restringido o negociado (con publicidad)).
Es decir, con el procedimiento aplicado (y que justifican en la situación de emergencia), es la Administración la que invita a la empresa a presentar oferta directamente. Por eso es un procedimiento muy limitado en su uso... Porque elimina, prácticamente, toda la competencia (las demás empresas que pudieran realizar la prestación no se enteran, ni podrían enterarse aunque estuvieran spameando el F5 24/7, al no ser públicas las necesidades que tiene la Administración).
Así que estaríamos ante un caso en que la Administración, de todas las empresas existentes en España, que pueden ser más grandes o más pequeñas, ha ido a pedir oferta (y nada indica que hablaran con más) a una SL con un año de vida.
Y por cierto, aún si después de constituida por 3.000 euros, el propietario hubiese hecho una aportación de 100 veces eso sin escriturarlo como capital (lo que vendría siendo cuenta 118 del PGC) y de haber hecho negocio como nadie en la historia de este país, veo complicado que en solo un año haya hecho tanto como para cumplir la solvencia económica y financiera que se exige en una tramitación ordinaria (aquí están aplicando emergencia) para un contrato de 8 millones.
Que ojo, la tramitación de emergencia permite prácticamente todo... Y que en esta situación el procedimiento a usar es el que han usado... Pero podemos, digo yo, preguntarnos por qué se elige para que presente oferta a una empresa como esta... Si algún día tienen a bien explicarlo, mejor que mejor.
Y añado que igual es que no hay ninguna otra empresa en el país que pudiera hacerlo y han hablodo con muchas y sólo esta era elegible... Pero, entonces lo suyo sería haberlo recogido en la memoria que colgaron en el plataforma de contratación... Por eso de dejar claro que han hablado con 8, 10 o 500 empresas que se dediquen a eso y ninguna quería presentar oferta o que el objeto es algo tan específico o hay algún tipo de limitación (p.ej del tipo «el modelo necesario solo puede comercializarlo la empresa X») que solo esta empresa puede hacerlo.