Ni siquiera es ilegal compartir públicamente una llamada que te hacen y grabas.
Estás mal informado. De entrada, no puedes grabar una llamada privada sin el consentimiento de la otra persona.
Y ya después está esto:
Difundir conversaciones o grabaciones no es delito si tú has participado en ella. Es decir, puedes difundir grabaciones siempre y cuando seas parte tú de esa llamada y siempre y cuando el contenido no sea sensible. No es delito difundir conversaciones o grabar llamadas y difundirlas si la información que hay en ellas no es sensible o no es privada sobre la otra persona. En caso de tratarse de contenido sensible o privado, el afectado podría interponer acciones civiles alegando a su derecho de la intimidad y el honor.
¿Puedo difundir? Sí, pero con matices. Lo más recomendable es evitarlo. Si necesitas la información para un pleito o denuncia podrás usarla en el juicio pero es aconsejable que no difundas nada.
Y si uso grabaciones de otra persona y las difundo… Aquí entra en juego la Ley de Protección de Datos o con el Artículo 197 del Código Penal: Delito de revelación de secretos.
“El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.”
https://www.adslzone.net/reportajes/privacidad/grabar-llamadas-telefonicas/