Si ya trabajas por cuenta ajena y...

DanteDrago

...procedes a efectuar algún trabajillo suelto adiccional para otros, por libre. debes tributar la Renta, el IRPF en esos trabajillos sueltos cuando les emites factura, o no? Muchas gracias.

zErOx

Vaya preguntonta. Si, claro.

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casimedia

Mejor en negro, Pepe.

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bLaKnI

#1
Alta RETA (SS) a cuota básica + IAE (037 simplificado) que te toque, pagas primera cuota Autónomos.
Facturas, tributas (IVA + IRPF) y te das de baja. El IRPF, que te lo declare la empresa a quien factures. Ellos retienen. Tu solo lo desgravas de la factura. El IVA una vez hayas cobrado, te lo metes en un bolsillo, te olvidas de él y cuando hagas el 303 vivo, te vas al banco a pagarlo tú. NO TE LO GASTES, no es "sueldo". Hazme caso (si controlas, cuando hagas el 303 para el IVA, desgravas algo de lo soportado, y pellizcas un cachito pequeñito: IVA de la gasolina, algún restaurante, alguna compra que este justificada para tu actividad, etc... Pero suave. No te flipes, porque luego te pueden abrir paralela y tienes que presentar hasta tu partida de nacimiento. Si tiras por ahí, GUARDA TODOS los tickets, y haz factura ABSOLUTAMENTE DE TODO a tu DNI. De todo!).
Te tocará hacer los 303 trimestrales del año en curso (positivo al trimestre vivo, 0 en el resto), y al final, un 390 anual. ¡Mantén tus libros contables obligatorios al día!
Luego back to SS para baja RETA y back para Hacienda a por otro 037 simplificado, marcando baja de IAE.
Y se acabó. Mas vale que por el jaleo que conlleva, factures algo mas de 6000€ brutos por el trabajo. Ya que si no es tu primera vez como autónomo, el 21% de IVA y IRPF no te los quita nadie de la factura, y es una verdadera pena... Aunque a 2019, el impositivo mínimo es del 15%. Pero no te fíes, esto no significa: Facturo siempre al 15% de IRPF. Calcula que pagarás a final de año en total, y factura a discreción. Y como lógicamente, a 24 de Marzo del año estante, por poner un ejemplo, no sabrás a que monto total cerrarás el año activo, mejor retén de más, y cobra al declarar.
Ah! Y ligado con lo anterior, no te olvides de cuadrar el monto bruto anual TOTAL para el IRPF (de ahí mejor que te retengas el 21% de IRPF en la factura de rigor: te curas en salud y en buena dicha, cobras en la siguiente declaración), ya que al estar trabajando por cuenta ajena también, el bruto de tu sueldo, se suma con el de la factura. Con lo que el IRPF anual total sube. No es lo mismo que cobres en un año, tus 27500 brutos/año, que de golpe 27500 brutos de sueldo + 6000 brutos de factura = 33500 brutos totales / año. Los famosos "mas de un pagador" que todo el mundo teme y cree que le cae "un palo mágico como castigo porque Hacienda es muy mala"...
Despistate, y en la declaración de RENTA del siguiente año te saldrá a pagar bien bonito...
Esto no es para todo el mundo.
This, o por 80-100€/mes, te buscas un gestor. Creo que hoy ya existen "bonus packs" que te hacen todo esto para mono-facturaciones. No se si inclusive, pueden tener tarifa especial para múltiples facturaciones al año acumulativas. Y así te evitas el "tanto al mes", que solo tiene sentido si realmente, eres un autónomo.

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Exor720

En offtopic también se puede insultar como en feda?

Ronjoujoujou

Vamos a ver, sin rollos técnicos...

Si cobras IRPF o IVA estás obligado a hacer factura si no quieres que hacienda vaya a por ti como si fueses el ultimo tributador del universo.

Si no lo cobras, estás en B. Haz lo que veas. (Puedes optar en este punto a no dar Fra.).

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iomegakek

#1 si a la otra parte se la pela y no requiere que le factures ese trabajillo pues no, obviamente, pero ese dinero extra no te recomendaría ingresarlo en una cuenta que tengas a tu nombre.

Iwywnsb

Lo que te ha dicho #5 básicamente. Bienvenido al precioso mundo de los autónomos y del querer desarrollarte como persona y profesional. A tu gobierno no le gusta que hagas eso. Ya no por la inflada a impuestos, cuotas y demás -que es una putísima barbaridad, aunque factures 0€-, sino por la horrible maquina burocrática que te viene encima.
Por si acaso: si te das de alta un par de días (los que vayas a hacer el trabajo) y te das de baja rápido -por ejemplo, no sé, 5 días- sólo pagas esos 5 días, hasta 3 veces en un año. Aunque si es la primera vez que te das de alta quédate todo el mes por si te sale otro trabajo, al fin y al cabo pagarás la tarifa plana.
Por cierto, si tienes intención de darte de alta como autónomo más adelante no lo hagas ahora o perderás la tarifa plana inicial a no ser que pasen 2 años entre alta y alta.

Como conclusión, y referencia de cómo nos cuida nuestro querido gobierno e incentiva a generar más riqueza y a que tengamos más ingresos: si no es por una cantidad a considerar no lo hagas. Bienvenido al RETA.

En UK por hacer todo esto sólo tendrías una declaración, anual, y si no pasas de las 6000 GBPs al año sólo pagas 14€ por mes de cuota. Sin apenas trabas, sin necesidad de gestores ni nada. Sí, ahí les va mejor en este sentido. Y sí, así se incentiva el trabajo por cuenta propia y no se ponen trabas al deseo de crecer profesionalmente y desarrollar tu propia carrera.

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bLaKnI
#10Iwywnsb:

Por si acaso: si te das de alta un par de días (los que vayas a hacer el trabajo) y te das de baja rápido -por ejemplo, no sé, 5 días- sólo pagas esos 5 días, hasta 3 veces en un año.

¡Esto en mis tiempos no existía! Eso está bien. Yo me papé la full de 265€ por haber hecho lo explicado en mi post en 2006, cuando me dediqué como autónomo completo.
¿Como controlan el tiempo de actividad? ¿Por factura presentada? Lo haces absolutamente todo, y generas el alta computable el día que entregas la factura? Y te das de baja al día siguiente y con eso computas 24h solamente?

#10Iwywnsb:

Por cierto, si tienes intención de darte de alta como autónomo más adelante no lo hagas ahora o perderás la tarifa plana inicial a no ser que pasen 2 años entre alta y alta.

¿2 años? Esto tampoco estaba en mis tiempos. Esto te permite un minimo impositivo de factura IRPF al 7%... Pero es un buen engañabobos, porque como no retengas el monto que te toca por IRPF anual, en la declaración disfrutarás.
No es descuento, es un mínimo impositivo. Lo que es básicamente, mentira.

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H

Hazlo en negro.

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X

Hazlo con un negro.

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Iwywnsb

#11 El tiempo de actividad lo cuentan por días. Si estás de alta hasta el día 14 te cobran hasta el 14. O si te das de baja 10 días antes de que acabe el mes no te lo cobran entero, o por lo menos eso es en teoría, creo que me comentó mi gestor que a partir del día 15 te cobran el mes entero. Sea como sea sólo puedes hacerlo 3 veces por año natural. Si te das de baja más veces a partir de la 4ta ya pagas el mes entero, como antes.
Una opción es darte de alta el día que tienes que hacer el encargo y que la factura tenga fecha de ese día. Da igual cuándo la entregues o cuándo la cobres, siempre y cuando la fecha de factura sea en una fecha en la que estabas dado de alta.
Hay gente que directamente hace los trabajos sin estar dado de alta y a final de trimestre se da de alta unos días para poder generar las facturas en esas fechas, aunque el trabajo lo hayan hecho en una fecha distinta.

Lo de volver a tener opción a optar a la tarifa plana antes era si estabas 3 años sin estar dado de alta en autónomo, ahora lo han bajado a 2. Sigue siendo una rematada estupidez, porque el problema no son los 6-12-18 primeros meses que la cuota es más contenida, el problema es que esos meses pasan muy rápido porque no sabes lo que estás haciendo al ser todo nuevo, y pasado ese tiempo tienes que pagar casi 290€ por mes incluso sin facturar 1€, como ya sabes.

Lo lógico es el sistema inglés, con sus aportaciones variables según ingresos, pero en ninguna cabeza de político entrará algo lógico. Mejor es dejar de ingresar dinero de gente que -lógicamente, por burocracia y por cuota jodidamente abusiva- prefiere hacer el trabajo en negro o incluso no arriesgarse a hacer el trabajo que ingresar un poco, con miras a que crezca, se consolide, y pague mucho más en impuestos al recibir más encargos que en empezar robándole cada mes, sin importarles una mierda si cobramos o no. Me pone negro esta gente.
A todos estos que no tienen la más mínima idea de llegar a acuerdos para gobernar el país, y que después de meses sin hacer nada han estado cobrando cada céntimo, les daba de alta en autónomos y que hagan algo positivo para la sociedad, aunque esto sea únicamente pagar la cuota mensual, porque no les da para más a ninguno.

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MaTrIx

No y tampoco hace falta que te des de alta de autónomo

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jinamar1984

#5 si llevas a poner al final........ me lo e inventado to ...... te coronas

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DanteDrago

#15 Serías tan amable de ampliar un poquito de info, por favor?

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Alfombras

Vaya preguntonta. No, claro.

Billpuertas

#5 tio, mucho ánimo con lo que hagas en tu vida, tener que tener en cuenta todo eso para vivir tu vida suena muy muy frustrante xddd

Iwywnsb

#17 Creo que se refiere a que puedes darte de alta únicamente en Hacienda y no en la Seguridad Social (por tanto no pagarías cuota mensual). Es una situación muy comentada, y no es especialmente recomendable. Se supone que si no pasas del SMI con darte de alta en Hacienda, hacer la factura y las correspondientes declaraciones trimestrales y anual debería ser suficiente.
Lo que pasa es que esto no es un hecho en sí. Es decir, hay jurisprudencia, un juez le dio la razón a una persona que lo hizo así, pero si Hacienda y SS cruzan datos y ven que sólo te has dado de alta en Hacienda la denuncia te la llevas, y el juicio muy posiblemente también. Ahí ya dependerá del juez que lleve tu caso que se apoye en esa jurisprudencia y te dé la razón a ti también.
El problema viene por la libre interpretación que se hace de la palabra "habitualidad" que está dentro de la ley del autónomo, así como del SMI. Porque según quién te toque lo mide de forma anual (12.600€) o mensual (900€). No te recomiendo esta opción si quieres evitar posibles problemas.

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DanteDrago

#20 En mi caso sería facturar menos de 800 euros cada 3 meses, dos meses más o menos sin nada y al tercero, aproximadamente, facturar eso de golpe, por eso me viene mal darme de alta en la SS y hacerme autónomo. :( En mi caso deberían aceptar que tener un "promedio" de más o menos cada 3 meses y facturar menos del SMI ese " aproximadamente tercer o cuarto mes" no es "habitualidad". :/

Creía que la habitualidad se refería a que no debes hacerlo todos los meses o casi.

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DalinarKholi

Negro hazlo

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Iwywnsb

#21 Todo lo que sean 4-5 trabajos al año o más deja de ser algo temporal para ser habitual. Sí, es absurdo, pero es así. El número exacto es un misterio, pero para ellos algo temporal es una factura al trimestre o menos. Puedes hacerlo, pero te la juegas. Depende de si te pillan y de lo que el juez dictamine. Es un vacío legal y no te puedes agarrar a casi nada.

Si sabes que esa situación durará un tiempo prolongado date de alta, que durante el primer año son creo que 60-70€ al mes (Pdr lo subió hace poco si no me equivoco) y estás tranquilo. Sino es tu decisión jugártela o no. También puedes darte de baja y de alta a final del trimestre para hacer la factura, aunque perderías la tarifa plana.

O bien buscar a algún amigo/conocido autónomo y que te lo facture esa persona

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B

Lo que dice 5 no es del todo cierto, no hace falta darse de alta como autonomo, solo en hacienda en el epigrafe correspondiente. Si haces trabajos sueltos por importes menores a 3000 euros creo que no hace falta hacerse autonomo. Creo que el autor no ha hablado de importes y al igual debeis tenerlo en cuenta, que no ira ni al modelo 347...

EDIT: Exacto, no había leido a 15, tiene mas idea que varios... jeje.

Saludos!

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DanteDrago

#24 #23 Haría microtrabajos, me pagan 40 euros por cada uno, serían una veintena de golpe y porrazo, a veces varios en la misma factura, a veces no, a ritmo de ganar 800 euros con ellos cada aproximadamente 3 meses. Buf, lo veo muy controvertido esto.

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Iwywnsb

#24 Claro, tiene más idea que varios, yo pago los 300€ de cuota mensual por puro placer, incluso con meses en los que facturo 0€ xD
De lo que estás hablando es lo que estoy diciendo justo arriba tuyo y en #20 y no es tan fácil. Dependes de que si te denuncian el juez entienda que esos 3000€ en una factura no es habitualidad o que se reparte en el año respecto al SMI. Además @DanteDrago ha dicho que sería hacerlo cada 3 meses, por lo que hay habitualidad, y por tanto sí tiene que darse de alta como autónomo

Iwywnsb

#25 Qué trabajos harías? Es a una empresa o un particular?

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DanteDrago

#27 Realizo figurillas artesanales, a veces vendo varias a una empresa o a varias, a veces sólo algunas sueltas a gente diversa.

Quiero ganarme la vida, que no me llega. :( Cada cuantos meses debo hacerlo, entonces, para poder meterme un algo más de dinero en el bolsillo?

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NeV3rKilL

#5 Tenía entendido que si no facturas más de 3000€ o algo así anuales en esas ñapas no estás obligado a dar de alta de autónomo. Has de hacer factura y todo igual pero el proceso era mucho más sencillo.

DanteDrago

#27 Realizo figurillas artesanales, a veces vendo varias a una empresa o a varias, a veces sólo algunas sueltas a gente diversa.

Quiero ganarme la vida, que no me llega. :( Cada cuantos meses debo hacerlo, entonces, para poder meterme un algo más de dinero en el bolsillo?