#1686 No, Gil Robles padre, Maeztu, Pradera y demás. Los reaccionarios, vaya, no revolucionarios en plan JONS o Falange, que para estos la Iglesia y la religión, así como en general la Tradición, era otra cosa.
@heyjoe, mira esto:
Fue luego el turno de Acción Española, cuyos más conspicuos representantes, como Maeztu, Pradera, Vigón, Vázquez Dodero o Pemán, difundieron la doctrina tomista sobre las condiciones que se debían cumplir para que un católico pudiera levantarse contra un tirano.
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Según Murciego, el hombre descubría, pero no inventaba el derecho positivo. La justicia se convertía así en un principio de validez intemporal y universal, anulando toda determinación contraria a ella. Por lo tanto, las leyes civiles no podían estar en oposición a la ley divina positiva o a la Ley Natural. Mucho menos podía el poder constituido legislar por su propia autoridad sobre cosas pertenecientes a la religión, salvo para confirmar con sus sanciones las leyes que emanaban de la autoridad religiosa. Todas estas consideraciones encerraban una firme requisitoria contra la democracia y una postulación del principio teocrático, hasta el punto de justificar la rebeldía contra un poder político que no se plegase a los dogmas e intereses intemporales de la Iglesia católica.
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Partiendo de la teoría iusnaturalista de que todo poder y sociedad civil, y por tanto autoridad, procedía de Dios, Castro Albarrán intentaba desmontar el mito democrático del sufragio universal que considera que la autoridad procedía de ese acto ciudadano soberano, cuando el pueblo, según la doctrina tomista, no era sino un canal de la divina autoridad. Demostrada la ilegitimidad de la democracia en ese aspecto de iure, además de por el falseamiento de facto del sufragio (una referencia insidiosa a las elecciones del 12 de abril y 28 de junio de 1931), el magistral de Salamanca aseguraba que no existía una forma de gobierno preferible (una ligera concesión al accidentalismo cedista), sino que la más apropiada es aquélla que respetase los principios de la religión y de la moral cristianas, características que, según su opinión, nunca había cumplido la democracia europea, y menos las repúblicas, que eran reputadas como enemigas naturales de la Iglesia.
Contrarrevolucionarios: Radicalización violenta de las derechas durante la Segunda República, 1931-1936 de González Calleja.