#30 antes de cargar se avisa. Siempre
Y el artículo buscatelo tu, que estoy cansado de siempre lo mismo, discusiones absurdas sobre un tema, en el que tu crees que tienes razón. No voy a hacer que cambies de idea sobre la policía, ni tu que yo la cambie. La ley es la que tenemos,y los procedimientos son estos. Ojalá nunca te veas en una situación jodida, no sea que tengas que marcar el 091 para que vengan los perros del estado a buscarte.
Y en lo del uso de la fuerza, está permitido en esos casos:
art 5.1 l.o 2/86:
Sujetarse en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso, la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes.
tu crees que si cargar fuese ilegal, se haría?
art. 17 L.O 1/92
Artículo 17.
- En el caso de que se produzcan alteraciones de la seguridad ciudadana con armas o con otros medios de acción violenta, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán disolver la reunión o manifestación o retirar los vehículos y obstáculos, sin necesidad de previo aviso.
etc etc etc...