El intérprete privilegiado de la Carta Magna ha declarado este viernes la inconstitucionalidad del primer decreto que estableció el Estado de Alarma en nuestro país.
Parece ser que hubo en empate entre las dos posturas que los magistrados del Tribunal Constitucional sostenían, a saber:
-Que el Estado de Alarma fue la respuesta adecuada a la situación de pandemia ya que no se vulneraban Derechos Fundamentales.
-Que el Estado de Alarma no fue la respuesta adecuada a la situación de pandemia ya que se vulneraron Derechos Fundamentales y por tanto, lo correcto hubiese sido declarar el Estado de Excepción.
Finalmente, se ha producido hoy el desempate con la votación de la magistrada Encarnación Roca, considerando el TC que el gobierno actuó bien al responder con contundencia a la situación pandémica pero entendiendo que se debió haber declarado el Estado de Excepción. El máximo tribunal de garantías, además, envía un mensaje alto y claro al Gobierno: Para el futuro, modifiquen la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio –cosa que hicieron, con sus versiones nacionales el pasado mes de marzo países como Francia, Italia y Alemania–.
Y si se vuelve a declarar otra pandemia en estas mismas condiciones, declaren el estado de excepción, si es que tienen que suspender derechos fundamentales.