Venden un chalet en Tenerife… con okupa incluido

AlexD

#89

Ya me lo he mirado, yo espero que me des la jurisprudencia, porque no sé si tienes mucha idea de lo que hablas.

Si piensas que un okupa puede denunciar al propietario de la vivienda en la que está morando, pues pon casos en los que un juez ha dicho que es allanamiento de morada entrar en una vivienda de tu propiedad con okupas dentro y de verdad esa denuncia ha llegado a algún lado.

Ánimo que puedes demostrar de lo que hablas.

#86

Sí, ya sé que el okupa que ocupa tu propiedad secundaria está cometiendo otro tipo de delito, el de usurpación de vivienda.

Pero desde el momento en el que no tienes un contrato con el (arrendatario/inquilino) o el okupa de alguna forma puede demostrar que es su domicilio, dudo muchísimo que un juez diga que la persona que entra en una propiedad suya con okupas dentro esté cometiendo un delito.

Y si conocéis algún caso del okupa ganando y el propietario jodido, pues ya está, me lo demostrais y pista

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Petterrr

https://www.desokupa.com/ luego que porque triunfa esta empresa

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B

#91 te lo dejo bien explicado para dummyes

https://www.das.es/blog/allanamiento-de-morada/

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AlexD

#93

Eso no es lo que te he pedido.

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t3r3r3

#92 Me encanta cuando ponen “personal altamente cualificado” xdd

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B

#94 si quieres te paso lo que cobro por hora y me puedes pedir cosas

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AlexD

#96

Ya te he dicho lo que quiero, no creo que tengas tan poca comprensión lectora como para pedirlo una 4ª vez.

Si de verdad sabes del tema tendrás acceso a jurisprudencia y algún caso de denuncia por parte de okupa que ha llegado a algún sitio.

Estás en un foro, sostén lo que dices en algo.

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B

#97 ya he explicado en paginas anteriores el motivo por el que no se llega a una sentencia pero te doi una pista no es por que la legislación no este a su favor ;)

Serpentino

Jajajaja si es una ganga comprarlo y te sacas pasta le echo ese mismo día y créeme que no me denuncia, por 2000 euros tengo a 4 búlgaros de 2 metros que me ayudan en el desalojo express jajajaja le rompo la espalda a la que le saco y le metemos una impronta de no denunciar y me he ido por voluntad propia jajaja LE DEJO LA CARA IRRECONOCIBLE A PUÑETAZOS Y NO VOY DE COÑA

B

#79 Deja de hacer el puto ridículo, ojala te ocupen la casa a ti, a tu abuela o a tu madre, a ver que cosas se te pasarían por la cabeza, puto personaje.

B

En Madrid hay muchísimos pisos que se venden tapiados o con okupa dentro. Los tapiados son una ganga. Los que llevan dentro okupas no tanto.

Se ve que las noticias a Canarias llegan también con retraso

Camp1

Hay algo peor que los okupas y son las mafias que hay detrás de todo ello, inmobiliarias para okupas. Te cobran una cantidad y te dan una vivienda a okupar. Cuando ya han arruinado la vida al pobre dueño y no da para más, acaban negociando con él la salida del inmueble por X cantidad de dinero y vuelven a la "inmobiliaria" a pillar otro, y aún así le sobran bastante pasta de lo que le han sacado al dueño. Y así vive la peña, CON DOS COJONES.

alosrocks

Algunos van con el discurso happy flower porque no han visto una casa/piso okupado en su vida, más allá de la tele y los pseudo documentales que salen por fb.

Deberíamos copiar ciertas cosas de otros países, como la justicia en cuanto a la propiedad privada y la seguridad de las personas.

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B

Mejor comprar casa encantada con fantasmas!!

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bicho0

Eso llenas el piso de humo y venga humo que ya saldrá

B

#95 A ver, cualificados para echar gente están, tienen un brazo izquierdo fuerte y un brazo derecho fuerte.
#87 No, es allanamiento de morada sea tu casa principal, o la casa donde vas en verano, ambas son allanamiento

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FUNnn

Se puede esperar a que el okupa salga de la casa (tendrá que comprar algo, o le cortamos el puente de la luz y que vaya a arreglarro) Y aprovechar para meternos dentro, cambiar cerraduras, etc...

O nos puede denunciar? Lol

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B

#107 Pues parece que si, nos puede denunciar, because viva la pepa. Ahora dime tu el okupa que se va a poner a eso. Es denuncia sobre denuncia. Al final pagareis los dos lo mismo

xPipOx

Cuando noticias que parecen del mundo today son verdad es que muchas cosas van muy mal en el pais.

B

#106 pero vamos a ver tú sabes lo que es el concepto de morada ? Ya ya se que no Acer si vuelves al colegio y aprendes los ríos de España o algo

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B

#110

Según numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo ha señalado que el requisito de habitualidad no es determinante a la hora de definir la morada, por lo que otorga la protección de domicilio también a las segundas viviendas, aunque su ocupación por parte de los legítimos propietarios sea por temporadas.

https://www.foropolicia.es/delito-de-usurpacion-de-bien-inmueble-t3082.html

Y tambien hay aquí un caso practico que te enlaza a un video

Las segundas residencias son moradas si contienen efectos personales que permitan vivir allí: camas, sábanas, útiles de aseo, algo de ropa...

https://www.foropolicia.es/allanamiento-de-morada-caso-practico-t18963.html
https://www.youtube.com/watch?v=ToYRrKpJXHE

No me acuerdo de su nombre, pero hay un usuario aquí que es policia, y seguramente se lo sepa más al dedillo

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B

#111 tu sigue tirando para adelante en algún momento descubrirás cuando se considera morada para el ocupa

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B

#112 Tu sigue cambiando de tema, que igual cuela. Y alguien te cree y todo

el ocupa solo hace allanamiento de morada si es tu residencia principal

Ya ves que es completamente mentira.

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Seyriuu

#40 no es así.

Si en tu piso hay un contrato de alquiler tú lo vendes con el contrato, el comprador deberá respetar el contrato de alquiler con todas sus clausulas.

Si tú necesitas el piso para ti mismo o hijos (no se hasta donde se extendía, pero poco) entonces puedes rescindir el contrato del inquilino dándole un mes (o dos) de preaviso.

Ojo, que te pueden llevar a juicio y debes demostrar que tenías necesidad de ese piso.

B

#113 yo no se si me troleas o que pero para entender el delito primero deberias de tener claro lo que es morada cosa que parece que te da igual

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B

#115 Patada hacia delante, y que no se note la mentira. Yo cuando no se algo, o no estoy seguro, se coge, y se busca. A ti te dan con la prueba, y prefieres darte de morros contra la prueba antes de admitir que la afirmación que has soltado era falsa.

Porque esta claro, que en tu caso, no pareces saber que una casa secundaria, se puede considerar morada

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B

#116 haces una busqueda de google rapida y te dan el titulo de abogado parece ser xd

Para la consumación de este delito es necesario que se den dos circunstancias:

La primera, consistente en entrar en una morada ajena con la conciencia y voluntad de querer hacerla a sabiendas de que su titular no le autoriza. Se trata de una conducta dolosa. El sujeto activo tiene que saber que la morada es ajena y que su titular no le autoriza a entrar; y, por supuesto que este sujeto no tenga ningún título que le legitime a ello.
La segunda, consecuencia de la anterior, consiste en que el titular no lo autorice. Esa autorización puede ser expresa o tácita a través de hechos concluyentes e inequívocos. El delito se consuma cuando se entra en morada ajena, apreciándose la tentativa cuando no se ha conseguido entrar pero se han ejecutado actos tendentes a ese fin, como podría ser romper la puerta o una ventana para ello.

Para tirar tus ultimos links abajo ;) por eso ningun ocupa ha entrado alli por su cuenta siempre se lo alquilo alguien jaja

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B

#117

consistente en entrar en una morada ajena con la conciencia y voluntad de querer hacerla a sabiendas de que su titular no le autoriza

O sea, toda tu defensa se basa en, como el Okupa no sabe que eso es una morada no es allanamiento...es una defensa patetica.

Usted entra, ve los muebles, ve la nevera, ve que hay luz contrata, ve que hay agua...PERO, usted defiende que no es una morada porque...no ha visto a nadie.

https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUNDU1MDtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAP9KgODUAAAA=WKE

1. Debe tratarse de un espacio cerrado o acotado, al menos parcialmente de forma y manera que aparezca separado del mundo circundante.
2. De ser un espacio en el que se desarrolle las actividades normales de la vida cotidiana, sea esta actividad de forma permanente o eventual, excluyéndose por tanto aquellos que no son aptos para este desarrollo. Cabe, por tanto, que el delito se cometa en segundas residencias.
3. El último de los requisitos exigidos es el de la legitimidad del uso, en tanto y en cuanto la persona que tiene ese derecho debe proceder de un título que le legitime para ello.

De tu mismo enlace, un poquito más arriba. Y confima, otra vez, que eso de que una segunda vivienda no cuenta como allanamiento es completamente mentira. Lo que estamos aprendiendo con la tonteria, oye

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B

#118 yo nunca dije que el ocupa no este incurriendo en ese delito he dicho que el ocupa tambien en algunos casos puede denunciar al propietario pesado

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B

#119 Y que tiene eso que ver ahora?

el ocupa solo hace allanamiento de morada si es tu residencia principal

No te desvies de la discusión por favor. Parece como que te han pillado soltando una bola

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