Pues sí, lo que dice el titular es cierto: la unión europea no quiere destruir internet, sino crear un marco jurídico que proteja a los creadores de contenido del actual sistema robotizado de análisis de cooyright y bloqueo de vídeos.
¿Y por qué miente youtube? Porque van a tener que mejorar su sistema de protección del copyright y contratar personal que tenga que revisar los vídeos que puedan ser bloquedos para que todo vaya rápido, pasando de 0 empleados dedicados a esta labor a los que sean necesarios. Muchos agradecerán no tener vídeos bloqueados durante días o semanas.
En este vídeo viene todo
Sobre el papel de youtube (y otras plataformas) en la ley (quedan excentas pymes y plataformas no comerciales):
Los Estados miembros deben velar por que los proveedores de servicios de intercambio de contenidos en línea contemplados en el apartado 1 implanten mecanismos de reclamación y recurso rápidos y eficaces a los que puedan acceder los usuarios en caso que la cooperación contemplada en el apartado 2 bis conduzca a la eliminación injustificada del contenido de estos últimos.
Toda reclamación presentada en el marco de dichos mecanismos se tramitará sin demoras injustificadas y será objeto de revisión humana. Los titulares de derechos justificarán razonablemente sus decisiones a fin de evitar la desestimación arbitraria de reclamaciones
así como a evitar el bloqueo automatizado de contenido
El atículo 13 para usuarios:
Los acuerdos de licencia celebrados con titulares de derechos por proveedores de servicios de intercambio de contenidos en línea para los actos de comunicación a los que se refiere el apartado 1 cubrirán la responsabilidad de las obras cargadas por los usuarios de los citados servicios con arreglo a las condiciones establecidas en el acuerdo de licencia, siempre que dichos usuarios no actúen con fines comerciales .
Como consecuencia de la evolución tecnológica, han surgido servicios de la sociedad de la información que permiten a los usuarios cargar o poner a disposición contenidos en distintas formas y con distintos fines, incluso para la ilustración de una idea, una crítica, una parodia o un pastiche. Estos contenidos pueden incluir extractos breves de obras u otras prestaciones protegidas preexistentes que los usuarios pueden haber modificado, combinado o transformado.
La web del parlamento con las enmiendas:
http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P8-TA-2018-0337+0+DOC+XML+V0//ES&language=ES