Magia al descubierto

xROJOx

#718 eso da igual, todo lo que uno hace deja rastro

2 respuestas
Quarsito

#720 Riuk todavia espero a lo q me escribiste por insta xD

Quarsito

#716 El desconocimiento de la ley , no te quita de su debido cumplimiento , crack, has infringido un par y el chaval te puede meter un buen paquete

BuLLeT_AZ

#715
Espera que cuando explique lo del ddos lo de las fotos va a ser una broma xD

BADHAZINTO

No veo ya tantas risas por aquí, ¿que os ha pasado?

h4rdstyle

#702 ahhahahahhahahahahahhahaha k puto crack

2
b0r

Yo espero que denuncie y que la policía se ponga a leer este hilo. Igual se crean una cuenta para meter mierda también

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ivan817

Pillo sitio

RobiiVk

#715 La ley me come lo que va siendo el ojete

RusTu

#721 Al estar borradas poco puedes hacer.

xROJOx

Bueno, seguir publicando fotos de mi, adelante que ya abriré trámites legales

2 respuestas
BADHAZINTO

Ya esta Maluma aka el que se esconde detrás de un nick falso en ts enviándome privados :joy:

BuLLeT_AZ

#731
Te recomiendo los servicios de @alepe . Gran forero, mejor picapleitos.

1 1 respuesta
Geor

#721 deberías contratar a @alepe
#731 no sabes usar el imperativo, vas a saber abrir trámites legales.

1 1 respuesta
ofelius

#668 Yo que vosotros no iría tirando conexiones por DDos, más que nada... Se puede volver en vuestra contra fácilmente.
De momento, mañana me conectaré a vuestro ts a reirme un poco, veremos si podéis tirar la conexión, si lo conseguís tal vez encontreis premios.

xROJOx

Ley Orgánica 1/1982
Esta ley desarrolla el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen regulado en la Constitución.

Se considera intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen captar, reproducir o publicar por fotografía, video o cualquier otro procedimiento, la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o incluso fuera de ella sin su permiso.

Constitución
El artículo 18 de nuestra Constitución regula el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Y lo configura como un derecho personalísimo que faculta a su titular a impedir la obtención, reproducción o publicación de la propia imagen por parte de un tercero no autorizado, independientemente del fin perseguido por quien la capta o difunde (informativa, comercial, científica, cultural, etc.).

RGPD
En el nuevo Reglamento de Protección de Datos se considera la imagen y la voz como un dato de carácter personal y sujeto, por tanto, a protección. Para poder tratar cualquier dato personal se exige un consentimiento expreso por parte de su titular, por lo que, para tratar (publicar) las fotografías o vídeos de una persona, necesitamos su consentimiento.

4 respuestas
RobiiVk

#736 Por que estas llorando con esas cosas?

BuLLeT_AZ

#736
Ahora busca el ddos xD

BADHAZINTO

#736 Yo es que no veo ninguna foto tuya posteada en ningún lugar, enséñame donde están porfi.

1 respuesta
RobiiVk

#739

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xROJOx

Si si, reiros, pero la policia no es tonta

2 respuestas
B

#736 jajajaja ya salio el habojado!

Geor

Por cierto @xrojox no pusiste tú mismo tu ig aquí?

#741 y tú tampoco, las notas no significan nada. Lucha por tus sueños

1 respuesta
BADHAZINTO

#741 Estas casi llorando cabrón, córtate un poco.

1 respuesta
B

O sea, tu mismo publicaste aquí tu Instagram y ahora te pones a llorar porque suban tus fotos al foro xD. No diré que te lo has buscado, pero joder, tienes menos luces que un barco pirata

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xROJOx

#743 Que lo pase no te da derecho a la publicación sin mi consentimiento

3 respuestas
Geor

#746 TyC de instagram

RobiiVk

#746 CREO que es un poco tarde en poner el IG privado xD

B

Del mediavida a la karsel!!!!!!!!!!!!!!!!! uno pr pasar foto otro pr aser de haker otro pr amenasas gg

B

#746 pero que lo publicaste tu pedazo de idiota

1 respuesta