Como tienes una web, y en ningun momento haces referencia al tabaco, y no tiene nada que ver con papel de liar, se puede entender que el registrador no actuo de mala fe (Es mas, yo no tenia ni pajolera idea de lo que era Rizla).
Te puedes agarrar a eso para que no te quiten el dominio (Si buscas por internet veras casos que se han ganado asi, es facil que un nombre coincida), pero te tocaria meterte en abogados y demas, con el dinero que conlleva.
Yo lo que haria en tu caso, si no quieres gastar dinero, es publicar la denuncia en todos los sitios que puedas, ponerlo en meneame y demas para que tenga repercusion y vean lo que hace "Rizla" a un usuario normal de la calle que actuo sin mala fe. Asi al menos quedara constancia de lo cabrones que son.
#5 Segun la Ley de Marcas, si es ilegal, y la empresa esta en su derecho de obligar a #1 a darles el dominio.
Los conflictos relativos a los nombres de dominio pueden sistematizarse de la siguiente manera:
a) Conflictos entre particulares, que pueden fundamentarse, bien en la discusión entre dos partes para la obtención de un mismo dominio, o bien en el registro de un dominio que corresponda con la marca o el nombre comercial de una u otra parte.
Estas cuestiones pueden resolverse en virtud de la legislación aplicable al derecho infringido: el derecho de propiedad intelectual, el derecho de la competencia y el derecho de las marcas. Sobre este punto, la nueva Ley de Marcas prevé expresamente la protección de las marcas en Internet, estableciendo en su articulado que el titular del derecho conferido por el registro de una marca pueda prohibir a un tercero que utilice la marca en redes de comunicación telemáticas y como nombre de dominio.
La solución de este caso pasa por ejercitar acciones judiciales contra el usurpador, impugnándose un dominio registrado, o la solicitud de registro, alegando la infracción de un precepto de la normativa mencionada.
Po otro lado, la ICANN ha elaborado un sistema de arbitraje on line que permite solucionar los pleitos en un tiempo medio de 45 días y por un coste de entre entre 1.000 y 3.000 €. Las quejas se pueden presentar ante el Centro de Arbitraje de la OMPI.
Para poder presentar una denuncia ante la OMPI en materia de usurpación de dominios, lo que puede hacerse a través de Internet, hay que acreditar que se es titular de la marca y que el nombre de dominio demandado es idéntico o similar al propio, además de que se ha obtenido de mala fe y que está siendo utilizado.
b) Los conflictos pueden presentar también una vertiente pública: la denegación del registro de un determinado nombre de dominio por parte de la institución registradora y la responsabilidad de las entidades que llevan a cabo los registros de los nombres de dominio. En este caso, la impugnación podría dirigirse contra el registrador en virtud de las normas de registro establecidas por las instituciones registradoras.