¿con despido procedente tienes derecho a paro? Yo pensaba que no, o lo mismo me habían engañado.
#61 Sí, en todas las modalidades de despido, con dimisión no, salvo por incumplimientos graves del empresario.
Pero piensa que tienes que cumplir con el periodo de carencia cotizado.
#62 periodo de carencia cotizado? Qué es eso?.
Lo de los tres meses tras un despido procedente? O el mínimo de cotización para cobrar el paro?.
#63 El periodo de carencia es el mínimo de cotización que necesitas para acceder a una prestación de tipo contributiva, como es el desempleo. Si no cumples con el periodo de carencia (cotización exigida) solo puedes acceder a las prestaciones no contributivas ya que éstas se financian con impuestos.
#64 ah bueno, eso lo cumplo de sobras, igualmente era meramente informativo, me sonaba que antes no se podía cobrar el desempleo cuando el despido era procedente
Y hay alguna manera de que yéndote tú de la empresa, puedas cobrar paro? Me refiero, faltando 3 días al trabajo a propósito sería una forma?(Sé que moralmente no es algo bonito de hacer pero..) O con la empresa puedes llegar con algún tipo de acuerdo para que te arreglen el paro?
#68Wakyliron:hay alguna manera de que yéndote tú de la empresa, puedas cobrar paro?
En principio no, las únicas dimisiones con derecho a paro son:
- La dimisión por incumplimientos graves del empresario, a través de sentencia.
- La dimisión por violencia de género (acreditada).
Si faltas de manera continuada puede que consigas derecho a prestación pero si te despiden indisciplinariamente, es decir, mediante despido disciplinario, por contra, si lo toman como una dimisión tácita por abandono de puesto de trabajo no tendrás derecho de indemnización. Puedes hablarlo con el jefe para hacer algún chanchullo "un despido falso" sin que te dé indemnización, allá cada uno xD
#68 cuidado con eso que pueden alegar ausencia volintaria y te quedas sin paro... Dependiendo del curo lo mas universal para que te hechen es empezar a llegar tarde o fingir alguna lesión....
En mi caso sera un despido disciplinario, tendré derecho a paro y finiquito. El finiquito te lo dan con cualquier despido. La indemnización es practicamente imposible conseguir, sobre todo en empresas de mierda con baja o nula cualificacion
#70 Bueno la indemnización y su cuantía depende del tipo de despido y de si es procedente o no. En el caso de disciplinario y procedente no hay indemnización.
Por lo otro es tal como dices, el finiquito siempre lo dan ya que son tus percepciones económicas aún no recibidas.
Otro asunto es llegar a un acuerdo con tu empresa donde te despidan para poder cobrar el paro pero renunciar a la indemnización.
Igualmente como ya han dicho, échale huevos y si tan cansado estás vete tú, dejate de mierdas.
#73 Me parece un mal menor para lo que estaba proponiendo (fingir una baja por ejemplo)
Pero cuidado, que somos unos moralistas de mierda
Así nos va luego, el país de la picaresca.