#1115
Se considera que si la agresión sexual se produce en grupo la víctima está mas desprotegida, lo que aumenta el desvalor de la acción.
Ya, ya. Pero el caso que otros delitos, es lo mismo, en un asesinato, va a estar la víctima mas desprotegida si es un grupo, y lo mismo en un robo, etc
ay que tener en cuenta que, desgraciadamente, las violaciones en grupo son algo común dentro de las agresiones sexuales, lo que ha llevado al legislador a penarlo especialmente.
Ojo, que yo entiendo el agravante, pero como digo, pasar de ser un delito castigado de 1-5 años a 5-10, me parece exagerado.
Ya explique en mi anterior post que nos olvidamos que se aplica el artículo 74 del CP, es decir, estamos ante un delito continuado, por lo que el rango de penas no es ese, sino de 7 a 10 años, pudiendo llegar hasta los 12 años y 6 meses.
Si te he leido, y la verdad que no lo sabia. Que has explicado bien y complica un poco entender la cuantia de la pena.
Nope, la violación en grupo es la circunstancia 2ª del artículo 180, sólo se aplica la agravante del 181.5 si concurre la circunstancia 3ª o 4ª del 180. Que el hecho se cometa en grupo es tenida en cuenta como agravante sólo en las agresiones sexuales, no en los abusos sexuales.
Vale, cierto. Claro yo habia entendido que los 9 años era por eso, mitad superior de 5-10 años, pero claro al ser lo de delito continuado ya es diferente.
#1129 #1131
En MV se enfrentarían a los ladrones, por supuesto.
Yo desde luego me viene 3 tios(me da igual que sean gitanos, negros o rubios de ojos azules) y me dicen que si les regalo el reloj, y obviamente les digo que no.
Que a la primera os sintais amenazados, intimidados y que vuestra vida corre gran peligro alla vosotros.
El caso que hablas de la policia en Mexico NO es lo mismo no me jodas. Es la policia en un control policial, en un sitio muy concreto con un nivel desbordado de corrupción policial y de delincuencia...
Si quieres podemos poner tambien ejemplos de "Que harias si vas caminando por Aleppo y..." xD