La carcel, reinserción o castigo?

DeeJay

#89 no son 3 meses en avila son 6 en avila de Teoria exclusivamente( ahora 9 ) mas luego formacion continua durante otros 3 meses mas, mas otros meses 9 o 10 de practicas, vamos asi de bote pronto te saltas algo, algo parecido para la GC, y para la local dependiendo del municipio es algo mas escueto en cuanto a tiempo.

A ver algun ejemplo de cosas que se hayan hecho mal y yo haya visto, por ejemplo ante una negativa a someterse a un control de alcoholemia detener por un delito del 383 y no avisar de que puede entrar en concurso con el delito del 556. Ante esto el abogado alegó que según la filosofía de vida de su cliente no se habría negado sabiendo que era un concurso medial de 2 delitos. Esto no se ha dado 1 ni 2 veces, hay hasta jurisprudencia de APs sobre esto.

Lo detienen por negativa y no por desobediencia, a eso te refieres?, bien osea que le leyeron los derechos solo por un delito y no por dos y paso a disposicion al juicio solo por negativa, aun asi si viniera bien redactado en el atestado, el fiscal esta para algo tambien, o no, y no digo para imputarle un nuevo delito, sino para defender bien del que le imputan,no?, por otra parte algo no me queda claro.. "la filosofia de vida.." el desconocimiento de la pena no exime de la culpa, seguro que te suena, me gustaria ver ese caso precisamente en pdf o algo si lo tienes. Porque la justificacion de la filofia de vida me ha resultado demasiado idilico.
Ahora bien si el atestado estaba mal escrito no aludiendo a sintomatologia, etc etc, a la desobediencia reiterada....pues evidentemente que se salvo debido a la cantidad de jurisprudencia que existe, pero esto como tal no lo veo "fallo" sino mas bien arducia abogacil xD, que para eso están.

Otro ejemplo bárbaro que conozco es de unos policias locales que detienen a 2 hombres y 2 mujeres por robar en el interior de un coche , y cuando se les cita judicialmente para que vayan a declarar envían por carta una ratificación propia del procedimiento administrativo, resultado libre absolución por falta de pruebas.

Este tampoco lo entiendo, detienen a dos personas por robar, hacen su trabajo ..... se ratificaron por carta ( algo que escucho por primera vez en la vida y que encime se tome a tramite ) ,lo normal es que el juez hubiera suspendido el juicio...el fallo no es de los policias por no asistir al juicio( algo justificable estarian haciendo) algo que tiene que estar justificado por otra parte como para cualquier otro testigo, si no sancion.


Otro ejemplo que he visto ha sido al decomisar unas plantas de marihuana pesarlas con los tiestos para hacer el atestado dando por supuesto mucho mas de los 10kg que el TS acordó que era "notoria importancia", de manera que la fiscalía imputa un delito agravado de trafico de drogas, como no imputó por el otro al creer en el atestado policial libre absolución, etc etc etc

En este caso SI es un Fallo.

Por un momento pense que me ibas a soltar el tipico fallo de los Radares sin revision y etc.

Soy_ZdRaVo

#90 Sorry por no concretar, la criminología no es mi campo aunque haya estudiado algo. Y en lo del error de derecho o de prohibición no quería entrar totalmente sólo quería remarcar que algo tendrá que ver que se acepte en algunos casos.

#91 a ver vayamos por pasos.

en el 1er caso es un error pues al no avisarle de que son 2 delitos evidentemente no ha podido negarse de la manera taxativa, repetida, etc que exige la jurisprudencia del TS. Y su abogado simplemente dijo que si se le hubiera avisado de que eran 2 delitos no lo hubiera hecho tal vez, suficiente duda como para que no quede probado que el delito existiera. Ahí poco puede hacer el fiscal pues cuando a él le avisan el ya esta detenido y ya dicen que se ha negado etc. No tengo la sentencia ahora por aquí a ver si me acuerdo y cuando tenga acceso a alguna base de datos de pago la busco.

En el 2º caso es un error pues tu no puedes ratificarte por carta ante un juez y lo que tienes que hacer en todo caso es decir que no puedes acudir y justificarlo pero nunca ratificarte por carta como si de un procedimiento administrativo fuera. El juez no suspendió el juicio porque nadie lo solicitó, aquí fue un combinado del fiscal y de los policias, pero también es error de policias y una muestra de que los locales no tienen ni idea y suelen estar para multas muchos de ellos. Los policias fueron sancionados por esto

y el 3er caso es clarísimo y por desgracia este lo he visto hacer muchas veces.

FLinT-inG

Quien mate a alguien sea cual sea el caso y el motivo que se pudra en la carcel.. ni reinsercion ni ostias.. que se pudra por su acto.

DeNz1L

#93 Tio, pero de que nos sirve un cadaver podrido? Mejor les hacemos jabón y reutilizamos no?

Algunos decis cada cosa que se os pasa por la cabeza...a mi el tema me interesa pero soy super ignorante sobre esto asi que me abstengo de opinar. Solo digo que las opiniones extremistas me han parecido patéticas desde que tengo conciencia.