#30 Ufff, ahí veo tal cantidad de irregularidades que te pueden dejar el culo fino.
a) Claro que hay factura. En el momento en que alguien retiene IRPF es porque aparece tu nombre por ahí. A ver si me entiendes, ese IRPF lo deberías pagar tú pero lo retiene la empresa por ti... pero forma parte de tus impuestos, y evidentemente la empresa pondrá en facturación quién le emitió esas facturas, por qué valor, y cuánto se retuvo a cuenta.
b) Tienes que estar dado de alta en Hacienda para realizar actividades económicas (es independiente de ser autónomo, que es Seguridad Social). Ojo que no estás contando el IVA... y hay que pagarlo. Ciertamente no hace falta el tema de autónomo... pero si no estás dado de alta en Hacienda (es gratis) no puedes facturar a tu nombre nada de nada.
c) Para el tema de autónomo, la ley dice que depende de si la actividad económica es, o no, habitual. Si un familiar te pide de forma excepcional que le pintes la casa, pero no te dedicas a ser pintor, entonces no hay problema, tendrías que meter esos ingresos en la declaración de la renta y millas (y pagar el IRPF que toque, claro); pero, en tu caso, y más viendo que son facturas bastante gordas, iría pensando en hacerme autónomo.
Ten cuidado, porque el tema autónomo es casi lo de menos al poder indicar que es algo que te ha salido de forma excepcional y si salen más ya te darás de alta... que el tema del IVA sí que es importante si tuvieras que aplicarlo en tu caso.