#95 En la Ley de Función Pública que se iba a aprobar esta legislatura,cpero que al final nada, se iba a meter mano en la famosa evaluación del desempeño.
Pero de sanción de despido como en el sector privado, ni de flais.
Tenéis que saber tb que los funcis no tienen derecho a prestación por desempleo por su régimen especial.
Yo lo que sí veo bien, y soy funcionario, es que se haga cada X tiempo, cada 2 años, una prueba de aptitud para ver si sabes de la materia y/ o estás actualizado. Y que trimestralmente haya objetivos que cumplir o si no, cobras menos. En mi Cuerpo hay objetivos trimestrales, individuales y grupales, y se trabaja bien.
Como sanciones en caso de funcivago: traslado forzoso a otra ciudad en menos de 1 mes, verás como jode eso, y separarte de la familia y ponerte a buscar piso.
Sanciones por bajo rendimiento económicas: cobras sólo el sueldo base.
Tema de despido (se le llama separación del servicio pero bueno): en casos muy graves, que ya está tipificado y se aplica, poco y para casos delictivos. Pero lo ampliaría en funcis que no van a trabajar, aquellos que se cogen bajas muy seguidas o a menudos, quienes no fichan... Mano dura vamos.
El tema que no tengan derecho a paro se soluciona con la cacareada "mochila austriaca" que Feijoo va a sacar adelante, lo tiene guardado, pero ya veréis en 3 o 4 años la que se va a liar con la mochila jaja.