Pongo aquí una duda, para confirmación (aunque no es de luz, es de gas, pero no he encontrado hilo de gas).
Estoy actualmente con Repsol y voy a cambiarme a TUR1 que por precio parece q es la más barata actualmente.
El contraro indica:
"El presente contrato tendrá una duración de un año, prorrogándose tácitamente por períodos anuales, salvo denuncia de cualquiera de las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de su vencimiento. El Contrato de suministro de gas o electricidad entrará en vigor cuando se haya procedido a la correcta grabación y validación del contrato y se active el contrato de acceso a las redes de la empresa distribuidora de que se trate, que se realizará dentro del plazo previsto en la legislación vigente. Transcurrido el primer año de vigencia del contrato, cualquiera de las partes podrá denunciarlo con un preaviso de dos meses, sin necesidad de esperar a la fecha de su vencimiento. Las causas de resolución son las previstas en la Condición 6 del presente Contrato. El Contrato permanecerá vigente, aún en el caso de que se haya solicitado la baja del mismo por el Cliente, hasta el momento en que se produzca el cese del suministro y retirada efectiva del contador, estando obligado a posibilitar el acceso a la vivienda a la empresa distribuidora a tal fin y siendo responsable de abonar el suministro que se derive del presente Contrato hasta ese momento. En caso de resolución unilateral anticipada del contrato de suministro de gas, la parte incumplidora deberá indemnizar a la otra los daños y perjuicios causados (incluidos el abono de las tarifas de acceso por el periodo que reste hasta la finalización del Contrato, salvo que Comercializadora Regulada G&P quede liberada de su abono a la Distribuidora)"
No acabo de entender, ¿hay permanencia de un año? Creía q las permancias no se podían obligar ya.