Que no cunda el pánico. Matizo brevemente, que no quiero extenderme mucho.
La cultura del lloriqueo sistemático ha asentado cátedra en mentes que hasta ayer presumían de una lucidez irreprochable. No son pocos los derechos que el Legislativo pretende o ha pretendido proteger a golpe de leyes populistas creando incluso tipos penales, no para complementar y dar seguridad jurídica a los que ya existen, sino para complicarlo todo a un más con fines descaradamente electorales. Principalmente me refiero a los delitos de odio consumados a través de tuits y de canciones (una barbaridad penar eso en mi opinion, pero bueno; se ve que la expresión precede a la acción).
El detonante lo he identificado al enterarme de que Podemos pretende penar los piropos en la calle. Bien, puestos a perseguir acciones etéreas, insustanciales, ideales, alejadas totalmente de la objetividad que caracteriza a un sistema de penas moderno… ¿Por qué no perseguimos también la infidelidad?
El esperpento no podría alcanzar un mayor grado de ridículo, valga la redundancia, pero ciertamente resulta más coherente que encarcelar a alguien por poner un tuit amenazante o por soltarle un “tía buena” a una cualquiera. Veamos: en una escala de agravios –que más o menos todos compartimos– sería indiscutible que uno de los que ostentaría el top 5 sería la infidelidad. Por encima de cualquier amenaza de muerte, despropósito o calumnia posible. Sin embargo, es impensable pretender siquiera tipificarla en el Código Penal –y con razón, digo yo– sin embargo, sí tenemos en la Ley conductas que resultan igualmente irrisorias y que son defendidas a capa y espada por la cúpula de la política española en tanto que expresión de la voluntad popular. ¿Por qué?
Opiniones, compañeros.
No sé si se ha tratado este tema antes u otro parecido en mv, si es así, os agradecería que me lo indicarais y si no, a freír espárragos.