#238 Yo creo que ya estras troleando, porque para empezar las cosas que hace una mujer a su pareja hombre es VIOLENCIA DOMESTICA y la que hace un hombre a su pareja es VIOLENCIA DE GENERO, y desde luego el protocolo NO es el mismo porque son dos casos diferentes ante la ley y la policia.
#226 Que no hombre que no, que en maltrato psicológico o amenazas y demás no hay prueba alguna que no sea su palabra, dejar de mentir hombre.
#225 Cito textualmente las palabras de Soledad Murillo, una de las creadoras de la ley:
Cuando un hombre amenaza a una mujer, ésta tiene miedo, te lo dicen los terapeutas. El miedo es un medio de control eficaz. Cuando hicimos la ley se nos planteaba el dilema entre la presunción de inocencia y el derecho a la vida, y optamos por salvar vidas.
http://www.lne.es/asturias/2013/11/22/alarma-amenazas-coacciones-maltratadores-dejen/1503653.html
Como ya he dicho anteriormente, el ataque a la presunción de inocencia está en que se asuma el delito de violencia de género por el mero hecho de ser hombre, cuando podría tratarse de un delito de violencia doméstica normal y corriente. Tema aparte es la aplicación de medidas cautelares, que aunque en teoría no afectan a la presunción de inocencia, no dejan de ser un agravio muy serio para el acusado.
Pero vamos, que tener una ley que se aplica distinto según género, y es más, tener tribunales que juzgan sólo a acusados hombres, me parece algo que nos debería hacer pensar seriamente. ¿Aceptaríamos tribunales que juzgasen sólo a musulmanes porque existe el terrorismo islamista?
La presión social con este tema está provocando que se salten muchas líneas rojas con el aplauso de la mayoría.
#240 Sigues sin responder a la pregunta cogiendote a un clavo ardiendo.
No falseó "pruebas", se invento una historia y como su palabra tiene más peso que la del acusado, acabo en condena.
Se demostró más tarde cuando los agentes de policia investigaron grabaciones. (Que debería hacerse antes, pero ya sabes...)
#243 Me estás intentando convencer de lo que yo digo, que el problema de esta ley es que afecta a la igualdad, no a la presunción de inocencia. Obviamente se apresura a tomar decisiones esta ley (cautelares) porque está en juego el bien jurídico vida que es el primordial.
El problema de esta ley es que no considere igual la agresión de un marido de una unión homosexual o la de una lesbiana etc. Como bien dices si cambiasemos hombre por musulmán o extranjero se liaría parda.
#245 Vale, eres incapaz de salir de los memes y los videos en vez de debatir sobre cuando se procede a detener a alguien. Luego querrás que se te tome en serio. Hay 4-5 cosas que marcan si se detiene a alguien o no, cualquier usuario que sea policia lo tendrá mucho mas a mano que yo.
#244 Claro que falseó pruebas. (no pruebas como tal, ya que esas son una vez han pasado por el juez), falseó indicios probatorios y lesiones, creo que andas un poco pez en conceptos y por eso estás defendiendo algo absurdo.
Una denuncia sin pruebas sería que ella hubiera dicho que le habian secuestrado y pegado el coño sin más, esta tía buscó un falso testigo, se causó lesiones y buscó indicios que incriminasen a su ex. No es una denuncia sin pruebas, te pongas como te pongas.
#245 Y con las órdenes de alejamiento pasa igual. Muchas veces ella lo busca a él y él acaba detenido.
Antes, si ella incitaba a incumplir la orden de alejamiento, se le detenía. Ahora eso cambió, y solo se le detiene a él aunque sea ella la que se comunica, la que le busca, y la que le quiera joder la vida.
Vamos a peor en este país con una justicia tan feminazi.
Un amigo se suicidó tras varias denuncias falsas de su ex para sacar pasta y quedarse con la custodia.
Me acuerdo cuando me decía que tenía que ir a por taper a casa de su madre porque estaba arruinado, o de verle desesperado de como la policía le detenía, la verguenza en su empresa, y conocidos dándole de lado
Que asco de mujeres hay por ahí mintiendo y arruinando vidas por ahí.
el problema de esta ley es que afecta a la igualdad, no a la presunción de inocencia.
Pero si la ley de violencia de genero se ampara en la directiva europea para los delitos de odio para la inversión de la carga de la prueba...
#241 nope la violencia de género esta entre todos los sexos, inclusiva de colectivos gays, lesbianas ect.
La violencia doméstica es otro asunto donde entran hijos y otros parientes, ahora también incluye a las mascotas.
Juez Serrano. El que quiera saber la farsa de la violencia de género solo tiene que buscar información sobre el juez Serrano.
El juez Serrano: "Me condenaron por criticar la ideología de género, por ser políticamente incorrecto"
http://www.elmundo.es/andalucia/sevilla/2016/10/27/581208a9e2704e780a8b46ad.html
Afortunadamente fue readmitido después de que lo apartaran por mera ideología.
Remember remember: https://justiciaparamag.jimdo.com/el-caso-mag/
Aviso para el que no conozca el caso: No vale enfadarse!
#241 El protocolo es el mismo, te lo repito. Aqui lo tienes
No estoy troleando, simplemente se de lo que hablo.
#250 Ostia busca un poco se aparan en muchas cosas para:
En los procesos cuando el interesado aporte hechos o indicios razonables, fundamentados y probados por cualquier medio de prueba admitido en derecho, de haber sufrido discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género, corresponde a aquel a quien se atribuye la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada objetiva y razonable de las medidas adoptadas
Esto lo tienes sacado de la ley aqui en españa y luego no lo puedes reclamar al consitucional porque:
La acción afitmativa o discriminación positiva es admitida por la Constitución (arts. 9 y 14 según la interpretación dada por un porrón de jurisprudencia del TC).
La violencia de género como su nombre indica solo es de hombre hacia mujer
Tienes razón que es solo de hombre hacia mujer, pero no es como su nombre indica, sino seria violencia machista, violencia de genero significa por razón de sexo, asi que el nombre no lo indica y lleva precisamente a confunsion...
#256 Me puedes pasar esa ley o directiva, ya que buscando el párrafo que nos has copiado no salen mas que foros y meneame? Para ver si habla de derecho penal o de qué habla, porque se parece sospechosamente a lo que pone la directiva de protección al consumidor.
#257 Si, voy a buscar la directiva Europea que es en la que se basa esto, ahora edito y te la pongo.
Si mira es la DIRECTIVA 2000/43/CE DEL CONSEJO
de 29 de junio de 2000
Las normas relativas a la carga de la prueba deben
modificarse cuando exista a primera vista un caso de
presunta discriminación. Para la aplicación efectiva del
principio de igualdad de trato, la carga de la prueba debe
recaer en la parte demandada cuando se aporten indicios
de dicha discriminación.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:180:0022:0026:esDF
(ostia la puta cara sonriente sacando la lengua xD, acaba en PDF el link funciona)
Y tambien tienes un par de documentos que amplian información:
http://www.uv.es/coloquio/coloquio/comunicaciones/tp6per.pdf
http://www.era-comm.eu/oldoku/Adiskri/03_Burden_of_proof/2005_Espin_ES.pdf
El tema esque la directiva Europea demas deja abierto a que los estados mejoren la directiva si beneficia a la victima.
Lo dispuesto en el apartado 1 se entenderá
sin perjuicio de que los Estados miembros
adopten normas sobre la prueba más favorables a la parte demandante.
¿En qué estado de derecho cabe que un hombre diga a una mujer "no vales ni para fregar" y te detengan y una mujer diga "no vales ni para follar" y no pase nada?
¿Eso es justicia? Eso va en contra de cualquier ordenamiento jurídico, incluído el nuestro
Existe consenso respecto a que la mayoría de las víctimas de la violencia de género son mujeres y niñas, mientras que históricamente los varones estarían subrepresentados en las estadísticas;[5][1][12] otros estudios afirman que la población LGBT también estaría subrepresentada e incluso, algunos grupos mostrarían mayor prevalencia a nivel comparado.[13][14] ONU Mujeres advierte sobre el error habitual de considerar la expresión «violencia de género» como sinónima de la expresión «violencia contra la mujer», señalando que el concepto de violencia de género es más amplio y tiene como fin destacar la dimensión de género en la subordinación de la mujer en la sociedad y su vulnerabilidad frente a la violencia, que es dirigida contra cualquier persona que no respete los roles que una sociedad determinada le impone a hombres y mujeres, razón por la cual también hombres y niños pueden ser víctimas de la violencia de género, especialmente de la violencia sexual
Se de lo que hablo.
#260 Sabrás de lo que hablas pero la Ley de España solo considera violencia de género la que ejerce varón contra hembra. FIN
#262 ¿Qué prueba la actuación policial? que en ese caso se actúo de una manera. Precisamente hay normas que dictan cuando se procede a detener y cuando no, y a no ser que pongas 100.000 vídeos y pretendas que visionemos conjuntamente todos para poder extraer cual es esa norma, poco aporta a mi pregunta sobre si conocías los protocolos sobre cuándo procede una detención.
Pero vamos, que ya ha quedado claro que te has informado viendo la tele
#263 Te repito, si mi mujer quiere, me voy al calabozo aunque no esté ni en la ciudad. Y luego ya veremos si soy inocente o no.
#264
Art 148
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
El Código Penal habla claramente de esposa o mujer. Y aún no se ha aplicado este artículo a una lesbiana que yo sepa. Asi que si, hombre a mujer y con relación sentimental por medio.
Sácame de mi error si no es así
#265 y si yo te acuso de un robo con violencia también y no soy mujer. Tiene mas que ver con la penalidad del delito del que te acusan que de la entrepierna del denunciante.
#264 Que no, que jamas se puede aplicar la ley de violencia de genero por ejemplo para un agresion de una mujer a su pareja hombre, eso es violencia domestica y son leyes diferentes.
#267 lo ha dejado claro, hay tienes la ley, no valen palabras y si he visto el protocolo que has puesto #266 pero siguen siendo dos situaciones y leyes diferentes la violencia de genero y la domestica, y ese protocolo es muy ambiguo no dice nada, da unas directrices generales que luego en su aplicación practica no especifica como serán.
Aunque tu marido sea un agresor de violencia domestica, tienes que tener tanto en Italia como en España, la ley que te respalde.
Esta mujer, Juana, decidió marcharse de su residencia en Italia a España con sus hijos de forma permanente, su residencia era el domicilio conyugal con este señor, esto tanto en España como en la mayoría de países se resuelve como SECUESTRO PARENTAL, que es lo que esta mujer ha hecho. De hecho esto normalmente se arregla con la devolución de los menores sin más problemas, pues este delito conlleva penas de cárcel, normalmente se suele llegar a un acuerdo entre letrados.
El señor, aunque sea un sujeto con una bajeza moral que le pegue a una mujer, tiene las de ganar por la ley, que así ha sido, Juana ahora se enfrenta a otro problema por no haberse presentado para la entrega de los niños y vaya problema se ha buscado.
#267 Ya, y si tuviera una tarjeta de crédito podría hacer estafas por internet y si tuviera un arma podría atracar un banco.
Pero no me estás desmintiendo que si mi mujer, le entra la neura y llama a la policía, me voy al calabozo sin más. Eso es así, y luego ya veremos si eres inocente o culpable, pero tú, a pasar la noche al raso.