Para el Ministerio Público, los hechos constituyen un delito contra la libertad sexual, un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y otros dos delitos de agresión sexual, en ambos casos también a menor de 16 años.
Establece que los tres procesados son supuestos autores de un delito contra la libertad sexual, mientras que del delito continuado a menor de 16 años acusa a Raúl Calvo como autor y a los otros dos procesados como cooperadores necesarios, en relación con el delito cometido en el salón de la casa.
De uno de los delitos de agresión sexual a menor de 16 años considera autor a Carlos Cuadrado y cooperadores necesarios a los otros dos jóvenes, mientras que del otro delito con la misma tipificación establece como autor a Víctor Rodríguez y como cooperadores necesarios los otros dos.
Para Raúl Cuadrado "Lucho", demanda en total cuarenta años de cárcel, de los que un año corresponde al delito contra la libertad sexual, quince al delito continuado a menor de 16 años y doce años a cada uno de los otros dos delitos de agresión sexual.
Además de las penas de cárcel, reclama la prohibición de que el encausado se comunique por cualquier medio con la víctima y que se acerque a ella a menos de mil metros durante dieciséis años por uno de los delitos de agresión sexual, mientras por el otro solicita las mismas prohibiciones de comunicación y de aproximación, pero por un periodo de trece años.
La Fiscalía pide para Carlos Cuadrado "Lucho" un total de 39 años de prisión, de los que uno tiene que ver con el delito contra la libertad sexual, catorce con un delito de agresión sexual a menor de 16 años y doce años por agresión sexual continuada a menor.
Por el otro delito de agresión sexual a menor de 16 años demanda doce años de cárcel, además de solicitar también la prohibición de acercarse y comunicarse a la víctima por un total de veintiséis años.
Para el tercer procesado, Víctor Rodríguez "Viti", el ministerio público solicita una pena global de 38 años de prisión, distribuida en un año por el primero de los delitos, catorce por agresión sexual a menor de 16 años, doce por delito continuado de agresión sexual y otros doce años por el otro delito de agresión sexual a menor de 16 años del que le acusa.