Juicio del 1-O y consecuencias. Y por supuesto, encuesta.


Links de retrasmisiones en directo

https://www.youtube.com/watch?v=Oqv7L2EvxEw

https://www.youtube.com/watch?v=NcO5Z6Rl92M

https://www.youtube.com/watch?v=MnmmsVkQMns

https://www.youtube.com/watch?v=Hx-hpUeDSrc
SikorZ

#4707 Honestamente no se como han llegado hasta aqui con tanta unidad teniendo en cuenta las circunstancias, de verdad que no lo entiendo.

Asi que solo me queda pensar que aceptan su sino porque creen en sus ideales y les es mas importante que nada.

Aunque hay otra opcion algo menos inocente claro, y es que no tengan cojones de levantar la mano en contra del monstruo que han creado ninguno. Han alimentado a las masas con promesas que no pueden ser cumplidas y ya viste a Puig, le empezaban a llamar traidor y ahi tiro para alante con la DUI... Yo al menos no tendria cojones de sobresalir para mal de ese movimiento... Ahora, me comeria tantos años de carcel por eso? Ni de coña.

#4708 Amén, ella y Torrent son para quemarlos vivos xd

#4710 Es tiempo de llamar al salvador, @ChaRliFuM te necesitamos!

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B

#4711 yo igual, tan pronto como rajo del movimiento que me ha llevado a la cárcel pillo vuelo a un pueblo perdido en Galicia y que me busquen.

alepe

#4710 Invoco a @Soy_ZdRaVo

A mi jamás me han vetado ninguna pregunta en situaciones similares. También es verdad que jamás he estado en un proceso de semejantes características, ni de cerca xd

Si vamos a la ley, concretamente el artículo 708 de la lecrim, nos dice:

El Presidente preguntará al testigo acerca de las circunstancias expresadas en el primer párrafo del artículo 436, después de lo cual la parte que le haya presentado podrá hacerle las preguntas que tenga por conveniente. Las demás partes podrán dirigirle también las preguntas que consideren oportunas y fueren pertinentes en vista de sus contestaciones.

El Presidente, por sí o a excitación de cualquiera de los miembros del Tribunal, podrá dirigir a los testigos las preguntas que estime conducentes para depurar los hechos sobre los que declaren.

Las demás partes podrán dirigirle también las preguntas que consideren oportunas y fueren pertinentes en vista de sus contestaciones.

Actuar en base a esto me parece aplicar de manera muy muy restrictiva el artículo xd

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Lexor

#4704 en el 9: 45 lo explica

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Merino14

#4711 La verdad es que yo también estoy flipando que los abogados vayan con tanta unidad.

A saber, pero puede que al final alguien hable y estoy seguro que el Santi Vila lo hará tarde o temprano.

alepe

#4714 No explica nada. No argumenta el porqué ni sobre todo, en que precepto legal se ampara.

De hecho, que los abogados del juicio, que de derecho saben un rato, formulen protesta por ello, es que muy normal no debe ser xd

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Soy_ZdRaVo

#4713 a mi no ya sabes que llevo 4 cosas de penalpero si que me han avisado abogados viejunos de que cuando vea a quien cita la fiscalía meta a todos yo también como petición propia por esto mismo.

Es más, a partir de mañana viendo que el TS públicamente ha hecho esto... me da que lo mismo muchas APs se ponen más restrictivos

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alepe
#4717Soy_ZdRaVo:

de que cuando vea a quien cita la fiscalía meta a todos yo también como petición propia por esto mismo.

En mis escritos de defensa suelo hacer lo mismo, luego si el fiscal en cuestiones previas decide prescindir de un testigo ya valoraré yo si hacer lo mismo y dejar al testigo con la mosca detrás de la oreja por haber venido para nada xd

Lo que está claro es que, hasta ahora, no era habitual esta manera de proceder.

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Dieter

No he estado al día, pero torrent se acaba de meter en un marrón sin comerlo ni beberlo no?

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Soy_ZdRaVo

#4718 Pues al empezar no recuerdo bien la circunstancia concreta pero había unos testigos a los que no podían no llamar y pregunté en el despacho si en esos casos que no van a prescindir de ellos citarlos tiene algún sentido y recuerdo perfectamente que alguien me leyera la coletilla de ese artículo y me dijera que podía protestar la fiscalía y no permitirme la pregunta si iba por otro lado distinto a lo que había declarado

SikorZ

#4719 No creo, dudo que haya sido el unico que haya mentido, no creo que les metan mano ni de coña a no ser que fuera algo clave y muy descarado...

JMBaDBoY

#4716

Alonso Cuevillas , catedrático en derecho procesal, ha dicho directamente que Marchena se ha inventado esta regla procesal restrictiva.

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alepe

#4722 Yo veo de todo

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c0ira

#4722 Veamos, Alonso Cuevillas, ni idea de quien es ese señor, go Google.

"Profesor de Derecho procesal en la Universidad de Barcelona, ha sido decano del Colegio de Abogados de Barcelona, presidente del Consejo de la abogacía catalana".

Go Wikipedia
"En 2017, Alonso-Cuevillas asumió la defensa letrada de Carles Puigdemont. También colaboró en la defensa jurídica del resto de políticos presos por orden del Tribunal Supremo."

Entrevista a este señor "Me parece un auténtico disparate", el abogado de Puigdemont valora las querellas presentadas por Fiscalía

Parece una opinión formada y nada sesgada, porque tendría que mentir? Parece que no tiene ningún interés en la causa.

Como siempre informandote de fuentes imparciales, no cambies TV3 a ver si van a decir algo que te abra la mente.

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JMBaDBoY

#4724

Ad hominem de manual. No lo dice solo él.

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alepe

#4724 Jose María de Pablo es algo tendencioso también.

Mi twitero favorito en estos temas es sin duda: https://twitter.com/JUc3m

Capi_Salami

#4722

1 respuesta
c0ira

#4725 Te acaban de poner que hay opiniones de todos los tipos pero tu quédate con la opinión del abogado de Puigdemont, o de cuentas de twitter que retwitean las noticias de elnacional.cat

1 respuesta
JMBaDBoY

#4727

Sí, ya lo he leído de #4723, pero es que hay otras versiones.

#4728

Que sí, sigue con el ad hominem aunque el tipo sea catedrático en derecho procesal con décadas de experiencia. Tan claro no estará cuando no hay opinión unánime.

3 respuestas
SikorZ

#4723 Entonces ya podemos decir que el juicio es una farsa?

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Soy_ZdRaVo

#4729 si que hay una opinión que es interesante

La de una sala con un montón de magistrados especialistas en derecho penal

Yo creo que el artículo es clarísimo. La lectura es que no admite dudas

alepe

#4729 En realidad, dejando de lado la manera en que cada uno encara el debate, hay bastante unanimidad en que no es algo ni mucho menos habitual.

El propio Pablo lo reconoce a su manera:

#4730 A veces aburres.

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SikorZ

#4732 Yo tambien?

c0ira

#4732 Sin tener ni idea del tema, pero habría que saber qué es habitual en este tipo de juicios.

Puede que en un caso con 2 testigos lo normal sea dar manga ancha, en casos con 500 no.

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ChaRliFuM

#4714 El mismo artículo te está dando la respuesta:

Las demás partes podrán dirigirle también las preguntas que consideren oportunas y fueren pertinentes en vista de sus contestaciones.
en vista de sus contestaciones,

De todos modos esto es algo lógico pues poder preguntar cualquier cosa a un testigo propuesto por otra parte sería un fraude bastante obvio... Es como si en un escrito de calificación propones una prueba, el tribunal te la deniega por considerarla impertinente o simplemente olvidas proponerla y luego en el juicio oral pretendes someter a la actividad probatoria dicha prueba, se estaría vulnerando, entre otros, el principio a la igualdad de armas que asiste a la contraparte. Además de que como explica el propio Marchena la finalidad de que la defensa pueda hacer preguntas a un testigo propuesto por otra responde a la necesidad de respetar el principio de contradicción.

Ahora bien... ¿es habitual que ocurra algo así? Pues supongo que dependerá del tribunal y de lo espabilada que sea la parte que propuso al testigo para protestar cuando en el contra interrogatorio se estén excediendo más allá de las respuestas del testigo a las preguntas de la parte que lo propuso. También es cierto que el proceso penal en nuestro país está dirigido a averiguar la "verdad material" por lo que es posible que los tribunales en muchos casos tengan bastante manga ancha en el interrogatorio de los testigos pues es un momento muy importante a la hora de sacar conclusiones y de ver si efectivamente la versión del testigo es sólida y confiable o si está incurriendo en contradicciones.

Pero vamos... si las defensas de verdad hubieran estado interesadas en preguntar algo al señor Torrent bien podrían haberlo propuesto ellos... por eso es bastante habitual en la práctica jurídica proponer como testigos a todo aquel que creas que puede tener que decir algo relevante para tu representado y ya si eso más tarde prescindir de su testimonio.

Edit: No había visto los tuits que habéis puesto por ahí arriba pero parece que hay de todo, no obstante yo vengo a decir lo mismo que el tal José María de Pablo xd

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alepe

#4734 Exacto.

Debe venir por ahí. Una aplicación del 708 de la lecrim más restrictiva de lo habitual para no alargar hasta la extenuación este juicio.

#4735ChaRliFuM:

De todos modos esto es algo lógico pues poder preguntar cualquier cosa a un testigo propuesto por otra parte sería un fraude bastante obvio...

Discrepo. Siempre que las preguntas realizadas sean orientadas a esclarecer los hechos enjuiciados.

Los derechos y las obligaciones de los testigos no varían en función de quien los propone, por tanto, no veo ese fraude por ningún sitio.

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Erterlo

¿Encararán a los acusados otra vez después de mostrar las pruebas que tengan?....

Como el PSOE deje de gobernar y se vean sin indultos, me parece que alguno o más bien alguna se va a ir de la lengua....y se van a ver en un follón.

ChaRliFuM
#4736alepe:

Siempre que las preguntas realizadas sean orientadas a esclarecer los hechos enjuiciados.

¿Si el testimonio de esa persona puede ser útil para esclarecer los hechos enjuiciados porqué no propones a esa persona como testigo? ¿Te parecería justo que la otra parte se presentara en el acto de juicio oral con material probatorio que no propuso en el escrito de calificación?

Yo creo que lo normal en estos casos (siempre y cuando no haya protesta de la otra parte) es que tengan manga ancha y acepten preguntas pertinentes aunque se salgan de lo que estrictamente marca el 708. No obstante, en un juicio como este, con la cantidad de testigos intervinientes, material probatorio, etc es probable que la Sala haya decidido que la declaración de testigos no se alargue excesivamente para no dilatar en exceso el proceso. De hecho, ya hemos visto a Marchena ser muy tajante en relación al tipo y a la manera en la que las acusaciones y las defensas formulaban las preguntas.

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alepe
#4738ChaRliFuM:

¿Si el testimonio de esa persona puede ser útil para esclarecer los hechos enjuiciados porqué no propones a esa persona como testigo?

Correcto. Eso es un fallo del que no los propone. Pero una cosa no quita la otra.

#4738ChaRliFuM:

¿Te parecería justo que la otra parte se presentara en el acto de juicio oral con material probatorio que no propuso en el escrito de calificación?

Por partes.

Eso ya ocurre. En el trámite de cuestiones previas, posterior a los escritos de calificación, se puede proponer nueva prueba. Y muchas de estas son aceptadas por los jueces por mucho que te opongas.

Y segundo. No es nada inesperado, puesto que en el escrito de la parte que cita el testigo ya consta dicha proposición de prueba, y basta con que le pegues un vistazo al escrito, o al auto de apertura de juicio oral, para saber que prueba se practicará en la sesión de juicio oral.

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Soy_ZdRaVo

#4736 vox, parte que había propuesto a Torrent se quedaba sin poder preguntar lo que quisiera convenientemente sobre el tema.

Podría haber estado curioso que hubieran pactado alguna declaración con Torrent (ya, las respuestas con testigos amigos no se conciertan) y que vox no pudiera hacer alguna pregunta sobre esa declaración habiendo propuesto ellos a Torrent

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