Interesantisimo hilo.
De primeras, habria que eliminar la cuota para todos aquellos autonomos que facturen menos del SMI (neto). La medida de adelantar la devolucion del IVA, otra medida esencial.
Respecto del debate autonomo vs emprendedor:
emprender Conjugar el verbo emprender
Del lat. in 'en' y prendĕre 'coger'.
- tr. Acometer y comenzar una obra, un negocio, un empeño, especialmente si encierran dificultad o peligro.
Creo que esta bastante claro que emprendedor es todo aquel que pone en marcha un negocio, indistintamente de que lo hagas como autonomo o como empresario, y de hecho muchos autonomos son a su vez empresarios y facturan a traves de la empresa.
Y respecto de la carga fiscal de autonomo y asalariado, el autonomo tiene que soportar el IVA trimestral, el IRPF como cualquier hijo de vecino, aparte de la cuota de autonomo (y como facture a traves de empresa, el IS). El asalariado solo debe preocuparse por el IRPF, limitandose a declarar lo ganado y esperar el ingreso/devolucion correspondiente.
Este hilo es una buena prueba de la mentalidad de este pais y que constituye su gran problema. Esa mentalidad de trabajo fijo y estable, con un sueldo fijo y pocas preocupaciones mas alla del riesgo de ser despedido, siendo el culmen y sueño de muchos el acceder a la administracion como funcionario. Menos mal que no todos pensamos asi.
#36 La diferencia esta muy clara, aunque no la quieras ver.
El trabajador corre el riesgo de que la empresa quiebre (ojo, quiebre, no va a ganar) y se adeuden varias nominas. Ademas del Fogasa, en un concurso el trabajador es un acreedor privilegiado, cuando se liquide la empresa sera el primero en cobrar junto a Hacienda y SS (en caso de ser acreedores). Y hablamos de una sola empresa en riesgo, la empresa empleadora.
Por contra, el autonomo corre el riesgo de que cualquier empresa con la que contrate quiebre, no una, cualquiera. Ademas, no esta cubierto por el Fogasa logicamente, ni su credito en caso de concurso de acreedores es privilegiado como lo es el del trabajador con sus anominas adeudadas. Y no solo eso, añadele tambien el hecho de que en caso de impago (de la nomina al trabajador o de la factura al autonomo), el procedimiento judicial para reclamar el dinero y la jurisdiccion que conocera del asunto es muchisimo mas proteccionista con el demandante y con mucha menor dilacion para el trabajador que para el autonomo (jurisdiccion social y jurisdiccion civil).
Y una ultima desventaja del autonomo frente al trabajador. El autonomo suele tener unos gastos corrientes propios de su actividad, y en caso de impago se corre el riesgo de no poder sufragar esos gastos corrientes que permiten generar dinero. Esos gastos y ese riesgo no lo tiene el trabajador por cuenta ajena, aunque no le paguen una nomina puede seguir trabajando y generando ingresos a traves de la siguiente nomina. Igualmente la ley tambien es muy estricta frente a esto, el trabajador esta muchisimo mas amparado en caso de impago de la nomina que el autonomo en caso de impago de una factura.
En nuestra sociedad, de las 3 figuras (trabajador, empresario y autonomo), es el autonomo el mas valioso y sin embargo es al que mas se le putea.