Más peligroso firmar un contrato de alquiler que un pacto con el diablo

DarkRaptor

#273
Esto es una verdad como una catedral y lo he visto de primera y segunda mano.

Muchos pueblos de <3k habitantes van por la vida con planes urbanísticos del año la polca que no renueva ni el tato y con un arquitecto y técnico que aparecen por allí a saludar de vez en cuando y sin medios efectivos para forzar su propia legislación. Lo que ocurre al final:

  1. La gente intenta hacer las cosas bien y pide papeles.
  2. Se encuentran con absolutas gilipolleces normativas que se traducen en: el chamizo se queda en chamizo.
  3. Se dan cuenta de que a su alrededor, de puertas para adentro, la gente hace lo que les sale de los cojones.
  4. Proceden a hacer lo que les sale de los cojones.

¿Qué el ayuntamiento te abre un expediente? xdddd El mismo ayuntamiento que no tiene medios para mover papeles tampoco suele tener medios para mover nada en el juzgado. Al final ni juicios ni nada, las construcciones quedan allí forever y arreando.

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VonRundstedt

#287 100k son más del 10% del 700k, y según google hay bastantes menos ahora mismo a la venta, el artículo que supongo que estarás mirando es de 2015.

La pregunta es, por qué se permite operar a este tipo de compañías cuya intención no es más que la de especular y manipular el mercado?

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sagha
#1Sylvnas:

pagas IBI y Comunidad si les sale de las pelotas ponértelo como clausula

eso es clausula abusiva. no tienes que pagarlo. Lo unico que te pude poner y es logico es la tasa de residuos urbanos. a mi me dice de pagar el ibi y no lo pago. y que denuncie si quiere. es clausula abusiva y como me intente echar le denuncio por estorsión

#3Yuzu:

le deben más de 3000 euros un grupo de 5 o 6 moros

eso es no tener cabeza, xddddddd

mira que alquilar a votantes potenciales de pedro sanchez. Las paguitas se las quedan ellos integramente

refresco

#299 que?

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Dase

#293 Que mensaje? A ver si te piensas que algo asi te lo voy a poner en un whatsapp xdddd

No hace falta que te mande ningun mensaje, te doy un par de sustos, y te vas a dar cuenta rápido de quien tiene de verdad el privilegio.

Te darías cuenta rápidamente que tu puedes joder la casa de alguien y que tenga que gastarse un pastizal, pero que tu tienes más que perder (y ya no te digo si tienes parienta)

Si la ley te beneficia a ti y me perjudica gravemente a mi, yo voy por fuera de la ley.

Clive

#302 Por favor, define especular y dime qué diferencia hay entre que el vendedor/arrendador sea un particular o que sea una empresa.

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butthead

Ya sabes que es un bien de mercado.

Sylvnas

#304 Que clase de personas pueden apuntarse o solicitar dicho alquiler.

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nixonE1

#293 obviamente, y haces bien en tu favor a usar las leyes a tu antojo.

Ahora bien, cuando la situacion empeore, que va a empeorar, no os te quejes de que la legislacion no te ayuda.

VonRundstedt

#306

#306Clive:

define especular

especular

  1. intr. Efectuar operaciones comerciales o financieras con la esperanza de obtener beneficios aprovechando las variaciones de los precios o de los cambios.
#306Clive:

dime qué diferencia hay entre que el vendedor/arrendador sea un particular o que sea una empresa.

La vivienda es una necesidad básica y un derecho, no un objeto de especulación, o no debería. Un particular debe tener la oportunidad de invertir en esta necesidad básica y rentarla mientras no esté siendo ocupada o sea su segunda/tercera vivienda.

Hasta el rojo de Adam Smith tenía una posición similar.

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refresco

#308 yo qu se

Clive

#310

La vivienda es una necesidad básica

Lo es.

y un derecho

Derecho negativo.

no un objeto de especulación

Por supuesto que es y debe ser objeto de especulación. Porque la especulación es lo que impide que los precios fluctúen en exceso.

Un particular debe tener la oportunidad de invertir en esta necesidad básica y rentarla mientras no esté siendo ocupada o sea su segunda/tercera vivienda.

La oportunidad la tiene, no hay ninguna ley, al menos de momento, que impida a un particular adquirir una casa para venderla o ponerla en alquiler.

Me dices cuál es la diferencia entonces?

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VonRundstedt
#312Clive:

Derecho negativo.

Constitución española de 1978.
Artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

#312Clive:

Por supuesto que es y debe ser objeto de especulación. Porque la especulación es lo que impide que los precios fluctúen en exceso.

Te lo pongo de nuevo por si no lo has leído:
con el interés general para impedir la especulación.

Pero en MV:
La especulación es buena.

#312Clive:

La oportunidad la tiene, no hay ninguna ley, al menos de momento, que impida a un particular adquirir una casa para venderla o ponerla en alquiler.

No has entendido ese párrafo, leetelo de nuevo.

#312Clive:

Me dices cuál es la diferencia entonces?

#310VonRundstedt:

especulación

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Soy_ZdRaVo

#301 pues calla, que este Ayto es de los que tira por lo judicial las infracciones urbanísticas.

No se si el resto no, porque no es mi mundillo. Pero en el que estoy pensando si que para multar se mueven

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DarkRaptor

#314
Yo donde vivo he escuchado al ayto (que funcionan medio qué) decir, literalmente: "ya estoy cansado de perseguir a estos, paso" xdddd o que pillen a gente del consistorio haciendo ilegalidades en sus casas por ej. También es que aquí la gente es un pelín bruta y para joder o presionar salen ardiendo hectáreas y hectáreas de manera misteriosa. Pueblos :man_shrugging:

En cualquier caso, es criminal que venga gente a dejarse los dineros a Villaburros de Arriba y acabe decidiendo que mejor pisito en Madrid xd

Clive

#313

Constitución española de 1978.
Artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

Tiene una persona derecho a que los demás, a través del Estado, le proporcionemos una vivienda? Pueda una persona demandar al Estado si el Estado no le proporciona una vivienda? No, verdad? Pues entonces no es un derecho (positivo). El derecho es negativo, esto es, nadie puede (ni debería poder) impedirte acceder a una vivienda, ya sea en compraventa o alquiler, derecho que, por cierto, el Estado vulnera sistemáticamente.

El artículo de la Constitución que me citas bien puede referirse, por ejemplo, a medidas de liberalización del suelo, o medidas fiscales que faciliten el acceso a una vivienda. Pero no establece un derecho positivo sobre la vivienda.

Te lo pongo de nuevo por si no lo has leído:
con el interés general para impedir la especulación.

Pero en MV:
La especulación es buena.

La especulación no solo es buena, es esencial. Te explicaré en qué consiste la especulación:

Especulación temporal:
A compra X bien en el año 1 para revenderlo en el año 2.

Especulación espacial:
A compra X bien en el país 1 para revenderlo en el país 2.

La especulación busca la ganancia entre el precio de compra y el precio de venta. Si el precio de compra es superior al precio de venta, habrá un beneficio. Si el precio de venta es inferior al precio de compra, habrá una pérdida.

Cuándo un especulador obtendrá beneficios? Cuando compre barato y venda caro, básicamente.

Y cuándo está un bien caro o barato? Cuando escasea o abunda, respectivamente.

Ejemplos:

  1. Especulación temporal:
    A compra trigo cuando el precio está barato, es decir, cuando abunda el trigo, y lo vende cuando el precio del trigo está caro, es decir, cuando escasea. Es decir, el especulador compra trigo cuando el trigo abunda y vende trigo cuando el trigo escasea. Te das cuenta de que lo ha pasado ahí? El especulador, asumiendo un riesgo inherente, ha comprador trigo cuando había exceso de trigo, y lo ha vendido cuando el trigo escasea, combatiendo de esta forma esa escasez.

  2. Especulación espacial:
    A compra trigo donde el precio está barato, es decir, donde abunda el trigo, y lo vende donde el precio del trigo está caro, es decir, donde escasea. Es decir, el especulador compra trigo allí donde el trigo abunda y vende el trigo allí donde el trigo escasea. Y al igual que ocurre con la especulación temporal, el especulador, buscando su propio beneficio, consigue combatir igualmente la escasez de trigo allí donde se produce.

El especulador analiza el mercado, presente y futuro, y adquiere recursos cuando o donde estos abundan para venderlos cuando o donde estos recursos escasean. Si se equivoca y compra cuando el bien escasea y vende cuando el bien abunda, habrá actuado mal (compra cuando el bien es muy necesario y vende cuando el bien no es necesario) y tendrá pérdidas; si acierta, si compra cuando el bien abunda y vende cuando el bien escasea, obtendrá beneficio, y lo habrá conseguido llevando un recurso desde donde o cuando abunda hasta donde o cuando escasea.

Eso es la especulación.

Por cierto, un particular también especula, y también busca maximizar su beneficio. Aún estoy esperando a que me señales la diferencia entre el particular y la empresa.

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Sylvnas

#308 Entonces...

VonRundstedt

#316 Joder, he de reconocer que esta no me lo veía venir, argumentándome en serio la especulación inmobiliaria como algo positivo para el interés general. Como lo estás haciendo con argumentos y sin faltar yo haré lo mismo.

#316Clive:

Pueda una persona demandar al Estado si el Estado no le proporciona una vivienda? No, verdad? Pues entonces no es un derecho (positivo). El derecho es negativo, esto es, nadie puede (ni debería poder) impedirte acceder a una vivienda, ya sea en compraventa o alquiler, derecho que, por cierto, el Estado vulnera sistemáticamente.

El artículo de la Constitución que me citas bien puede referirse, por ejemplo, a medidas de liberalización del suelo, o medidas fiscales que faciliten el acceso a una vivienda. Pero no establece un derecho positivo sobre la vivienda.

Correcto, no quiere decir que el Estado debe dar vivienda a todo el mundo, pero si que el Estado debe tomar medidas para garantizar la vivienda, liberalizar suelo, construir vivienda social, o más relevante para lo que estamos hablando, legislar para facilitar el acceso a la vivienda, y si con ello eliminas intermediarios que buscan el beneficio monetario privado antes que el interés general sobre un derecho básico, tendrá que legislar acordemente.

Sobre el resto de tu explicación:

Te faltó un ejemplo:
El que compra todo el trigo y pone el precio en una cantidad que nadie es capaz de pagar. Debería el señor feudal (con el ejemplo del trigo) dejar que todos sus encomenderos se mueran de hambre o tengan que gastarse la inmensa mayoría de sus ingresos en cubrir sus necesidades básicas porque el que ha comprado todo el trigo ha corrido un riesgo y ahora está disfrutando las ganacias de ese riesgo? O debería legislar al respecto? (o cortarle la cabeza y expropiar y repartir el trigo)
Y este ejemplo lo podemos extrapolar a grandes pequeñas o grandes empresas en su conjunto.

Es legítimo querer invertir y generar ganancias, personalmente si quiero ganar dinero sin hacer nada le meto un poco a Bitcoin, no lo hago con un bien básico. Pero estoy poniendo un mal ejemplo, yo soy un particular, no una empresa cuyo único objetivo es ganar dinero. Con esto se te ha olvidado definir otro tipo de especulación.

La especulación manipulativa.
Comprar y vender bienes en grandes cantidades, y en ocasiones en mutuo acuerdo con otras grandes empresas del sector, manipulando el mercado para congelar, hacer subir o bajar los precios acorde a lo que en ese momento esté más en mi beneficio o para mitigar pérdidas. Por suerte esto todavía no se da mucho en Españita, pero por ejemplo en Holanda (donde resido) es el pan de cada día.

Sobre el resto no veo más que una diferencia de base o de principios, solo un par de preguntas:
Antepones el bien colectivo al beneficio privado?
Consideras legítimo manipular el precio de bienes básicos para el beneficio privado? A fin y al cabo, al invertir de esta forma también están corriendo un riesgo, y ya que esa parece la barra de medir para justificar...

vene-nemesis
#316Clive:

Aún estoy esperando a que me señales la diferencia entre el particular y la empresa.

La escalabilidad de las operaciones que realiza un particular con el esfuerzo de una sola persona es muy inferior a la que puede hacer una empresa que en teoría tiene un límite de escalabilidad ligado al mercado.

Una empresa puede especular mas "eficientemente", entre otras cosas, porque puede contratar "know how" para ello. (esto está cambiando un poco con las apps que obligan a particulares a vender a precios similares, manipulando el mercado bajo la excusa de ayudar a los vendedores a maximizar beneficios). Una empresa tampoco tiene "caducidad", según los empleados van perdiendo fuelle los puedes reemplazar, el particular tiene unos pocos años donde puede operar entre que adquiere recursos y se acerca a la vejez.

En el supuesto de que la especulación tenga efectos perniciosos para la sociedad, que a mi juicio estamos ya en ese punto en cuanto a vivienda, una empresa tiene mayor capacidad de convertirse en un monopolio, o un conjunto de empresas de convertirse en un feudalismo corporativo que un particular.

Me imagino que tú le quieres hacer el "gatcha" a vonroto de que comparativamente en un solo piso/vivienda no hay gran diferencia entre que especule una persona o una empresa, pero en el agregado de efectos, un montón de particulares desorganizados no tienen nada que hacer contra una o varias empresas bien organizadas, las empresas tienen mas medios, mas personal, y mas duración en el tiempo para esperar a que unos pocos puntos porcentuales en eficiencia de operación se conviertan en dominio del mercado.

No entro a discutir sobre si la especulación es buena o mala, o si en necesaria o no.

AlecHolland

Iba a hablar sobre la opinión que me merecen los caseros y la posible solución but...

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Juan_Luis93

#262 En que momento la estas limitando si te obligan a hacerlo por ley? y si no lo haces te la expropian, habrían pisos a cascoporro

#264 Si a ti te va bien lo inviertes en otra cosa, no puedes tener mas de dos viviendas para tu "uso y disfrute" si tienes una tercera o cuarta o la pones a nombre de tu pareja pero si estas soltero, la alquilas o la vendes, si no lo haces se te expropia el uso durante x años. Con esto te cargas a la peña y empresas que tienen 40 pisos, muchos de ellos sin ofertar y sin usar. Obviamente, la gestión la lleva el estado y en caso de impago del inquilino, es el estado quien te lo abona. Más seguridad (si o si vas a cobrar x cantidad por el alquiler) y aumentas la oferta. No se va a hacer, ni quiero que se haga pero es la unica manera que se me ocurre de realmente reducir precios, las otras maneras sugeridas o dependes del "buen hacer" de los propietarios o de un gobierno al que tampoco le interesa...

3 respuestas
Runig666

#321

Si a ti te va bien lo inviertes en otra cosa, no puedes tener mas de dos viviendas para tu "uso y disfrute" si tienes una tercera o cuarta o la pones a nombre de tu pareja

Con esto te cargas a la peña y empresas que tienen 40 pisos

Pones la trampa nada más empezar...pero te vas a cargar a muchos...

FerPina

#321 menuda tontería más grande. Es decir, porque hay empresas con 37382 viviendas y las tienen vacías y sin uso yo no puedo tener varias casas de vacaciones para mi uso? No ves que no tiene nada que ver un caso con el otro?

Y ademása solución cual es poner testaferros? Ya, claro.

Si mi padre fallece estoy obligado a vender o alquilar su casa?

Si heredo la casa familiar del pueblo que no vale ni para tomar por culo económicamente pero en cambio tiene un valor sentimental. Esa también expropiada, a que si?

Otro caso, muere mi abuelo y mi padre que ya tiene 2casas (que no es el caso) hereda una tercera vivienda. Esa vivienda la quiere para que viva mi hermano o yo. Resulta que tiene que venderla o crear un alquiler a su hijo? No puede tenerla y que su hija viva allí? Y no, donarla tampoco es una opción porque eso implica impuesto de donaciones por ejemplo.

No tiene sentido lo pilles por dónde lo pilles.

1 respuesta
Juan_Luis93

#323 Por orden:

  • Esta prohibido para personas juridicas y fisicas, esas empresas son obligadas a alquilar a vender como tu (obviamente hay muchas maneras de trampear esto, crear 100 empresas para 200 pisos xD)
  • Solucion? no lo es, es una trampa rapida que se me ha ocurrido
  • Si, o la vendes o la alquilas si ya tienes dos más a tu nombre, la gran mayoría de la gente no va a tener ese problema.
  • Idem que la anterior
  • Idem a la anterior o la donas.

Sentido tiene, otra cosa es que no os guste, a mi tampoco, pero o tomas una medida drástica del palo, o no se soluciona. Otro tema es, si el problema es suficientemente grave para tener que hacer algo asi, que si a mi me preguntas, es que no.

1 respuesta
FerPina

#324 te pongo algo, tengo una empresa con 272782 viviendas y me alquilo todas a mi mismo por 1€ al mes.

No solucionas nada. Así que no, no tiene sentido.

1 respuesta
Juan_Luis93

#325 Hombre, vamos a ver, obviamente hay que prohibir ese tipo de cosas xD. Vamos, no lo he dicho porque lo daba por hecho, no voy a escribirte aqui un proyecto de ley con 50 paginas de clausulas y ejemplos xD

1 respuesta
FerPina

#326 me gustaría saber como prohíbe el tema de los alquileres.

Le veo tantas lagunas, no se por donde empezar.

En España es legal que una empresa alquile una vivienda como oficina.

Limitas a qué alguien pueda tener X alquileres? Y que haces con las empresas que tienen 500 alquileres (tiendas, almacenes, oficinas)

Que impide poner 1 o 2 testaferros con cada uno 50 empresas y en cada una 10 alquileres?

Y no te preocupes, quienes redactan las leyes también Dan cosas por hecho y luego pasa lo que pasa. No estás solo.

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MaTrIx

#280

Seguro que hay a quien se le ocurra más ideas, pero desde luego, permitir que el propietario pierda 1 año de suministros, por no poder siquiera cortarle agua y luz, lo que hace es que repercuta en el siguiente inquilino, no en el jeta que se va a aprovechar de estar 1 año pagando 0€

Un lío en el que se mete el propietario sólito. Pones en el contrato que el inquilino debe cambiarse el contrato a su nombre antes de 30 días y ya era. A mi me lo pusieron y tan contento. He podido cambiarme los suministros a mi gusto y placer para pagar lo menos posible y sin problema alguno. No voy a dejar de pagar, pero si lo hiciera, el problema es mío y no de mi casero.

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Juan_Luis93

#327 Limitas la cantidad de alquileres de viviendas por persona a las mismas viviendas que puedes tener, dos. Empresas que se dedican al alquiler de tiendas, almacenes y oficinas, ningún problema, no son viviendas.

El tema de testaferros, es lo que habría que darle una vuelta, limitar a x numero de empresas concurrentes por persona que se dediquen a esa actividad.... Se puede limitar, pero es lo de siempre, echa la ley echa la trampa, pero al final metes mas trabas a peña que ve esto como un negocio y les suda la polla todo lo demás.

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usarmy

Una solución sería forzar a alquilar o vender la casa. fácil, en casero no cobra un solo euro por alquiler, como mucho algo simbólico por la molestia, no más de 50 euros. A cambio el inquilino corre a cuenta de todos los gastos mientras vivía allí, si no lo hace a la calle en dos horas. De esta manera deja ser ser un negocio tener muchas casas, un lujo tenerlas deshabitadas, por casa sin inquilino impuesto que te cagas.

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