Me daría vergüenza vivir en este país

TheFiskal

#1281

#1281luis0811:

¿Pueden los jueces emitir ordenes de registro por una falta administrativa ?

Sí se puede emitir ordenes de registro en aras de investigar posibles infracciones administrativas. Pero dependerá de qué infracciones estemos hablando y sobre si hay un procedimiento legal pautado a seguir en relación a las infracciones concretas que se quieren investigar

Por ejemplo cuando hablamos de infracciones tributarias o laborales existe un procedimiento específico que se debe seguir antes de pedir la orden judicial para el registro del domicilio. No obstante en el caso del vídeo el procedimiento a seguir tiene unos fundamentos distintos a las inspecciones laborles o las inspecciones tributarias. Así que los requisitos y presupuestos entre unas y otras infracciones administrativas varían de cara a solicitar la autorización judicial. Depende del caso

En el caso del vídeo para pedir autorización al juez deberían tratar de justificar que se cumplen los requisitos que nos pediría el articulo 10.8 de la LJCA o tratar de justificar que se reúnen los requisitos del artículo 15.2 de la LOPSC (aunque esto último me parecería casi imposible). Es complicado

edit: respondiendo a la última pregunta, en caso negativo pues dependerá de la actuación policial. un user poli ya dijo que

#548Bl3sS:

Si el juez deniega la entrada siempre se puede hacer una espera, montar un control, etc... perseguir un delito no implica utilizar el medio más contundente necesariamente, hay pasos intermedios que se pueden hacer.

#1279 no sé en qué momento he hecho lo que mencionas en tu postdata but lol. Y en relación a lo primero q dices no estoy de acuerdo con tu opinión pero bueno

1
Pachy

#1287 la culpa de la fiesta ilegal, no de la incompetencia del gobierno gestionando una crisis.

Claro, artista.

1 respuesta
B

#1292 El virus se contagia entre los ciudadanos, no entre artículos ni leyes. Si los ciudadanos se cuidan, el virus no se transmite. Pero como no nos gusta reconocer nuestra responsabilidad en nada, le pedimos al gobierno que nos ponga la cadenita bien apretada. Y cuando la aprietan chillamos y los llamamos crueles.
Sé responsable tú para que no lo tenga que ser otro por ti.

1 respuesta
A
#1293StayAwayFool:

El virus se contagia entre los ciudadanos, no entre artículos ni leyes. Si los ciudadanos se cuidan, el virus no se transmite.

2 meses después
Soy_ZdRaVo

https://www.elconfidencial.com/espana/2021-06-18/varapalo-judicial-patada-avalo-gobierno-policia_3139391/

Ya ha dicho la Audiencia Provincial de Madrid que hubo una violación del derecho fundamental a la inviolabiliad domiciliaria.

Se ha producido por parte de los agentes un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio”, dice el tribunal integrado por tres jueces. La obligatoriedad de identificarse ante los agentes no tiene carácter delictivo, menos aún delito flagrante, las personas que se encontraban dentro del domicilio únicamente se negaron a abrir la puerta”, argumentan los magistrados.

1 respuesta
D4rKNiGhT

Que sin sentido tiene esta noticia y todo lo que envuelve a ella.

1 respuesta
Pachy

#1295 estaba buscando este hilo para poner esa misma noticia.

#1296 por? prefieres que tus derechos fundamentales sean papel mojado y esto sea una república bananera?

1 respuesta
Solomito

Lo esperado. Me alegro no por los niñatos, sino por el bien del Estado de Derecho.

Ahora vamos a ver en q queda el proceso contra los policías.

Ninja-Killer
#1297Pachy:

prefieres que tus derechos fundamentales sean papel mojado y esto sea una república bananera?

De qué te extrañas, si aquí en este foro hay unos cuantos que lo prefieren xD

2 años después
TheFiskal

Pues al final la cosa quedó en nada y los policías fueron absueltos por el jurado al considerarse que existió un delito flagrante

https://www.publico.es/politica/jurado-absuelve-policias-patada-puerta-durante-fiesta-ilegal-pandemia.html

Ya lo predije yo en #1055 jeje

LucianESP

XD qué recuerdos las primeras páginas

MaTrIx

Pues absueltos...los policías, claro.

1 respuesta
M0E

veredicto de inocencia que dictó por unanimidad el jurado popular que enjuicio lo hechos.

:clown:

1
Cocodiras

Era lo lógico, actuaron con buena fé y para interrumpir un hecho ilegal en plan pandemia, enhorabuena a los premiados de las primeras páginas que veo mucho iluminado yendo de pro.

1 respuesta
Erethron

#1304 Estados de alarma ambos declarados inconstitucionales por el TC a posteriori.

No estaban cometiendo ningún delito. O dime tú qué delito en el CPe estaban cometiendo.

¿Desobediencia a la autoridad? ¿Ahora un poli te dice que abras la puerta, y si le dices que no, pues pueden entrar en tu domicilio? Sin autorización judicial ni nada oye. Que el Gobierno te diga que no puedes montar fiesta en casa, que viene la poli y te revienta la puerta.

Qué pedazo de país nos está quedando. Violando tu domicilio porque patata. Y algunos hasta les aplauden.

1 2 respuestas
TheFiskal

#1305 Hombre, es evidente que estaban cometiendo un delito de desobediencia a la autoridad. Artículo 556.1. CP

Bajo el paradigma del estado de alarma, las personas que se encontraban en la fiesta, no obedecieron a las órdenes formalmente legítimas a las que fueron requeridos por parte de los agentes en ejercicio de su autoridad. Tales requerimientos consistían en la identificación de las personas que se encontraban allí reunidas. Identificación que además es formalmente legítima y de obligado cumplimiento ya que encuentra encaje en la LOSC (art. 16) por existir indicios suficientes (ambiente de juerga, numerosas voces diferentes, etc.) en la comisión de una infracción administrativa al encontrarse más personas reunidas de las que se permitía en la normativa vigente durante aquella época de pandemia

Mencionas que los estados de alarma fueron declarados inconstitucionales a posteriori. Y es cierto. Pero ello en nada afecta a la ilicitud de las órdenes. Lo explico:

Si hablamos del delito de desobediencia grave o la desobediencia a la autoridad como infracción administrativa, la orden emitida por la autoridad solamente puede desobedecerse cuando el contenido material de la misma sea evidente/manifiestamente antijurídico. Pongamos ejemplos: Un juez ordena que el condenado en España sea ejecutado a muerte; Un alcalde ordena que los administrados deben pagar tributos locales que no existen y se los ha inventado él; un policía ha parado en un control de tráfico a un conductor y se le requiere para que pague una tasa pública a causa de la inspección efectuada.

¿Y qué pasa en el caso del que estamos hablando? ¿Realmente las ordenes de la policía eran ordenes manifiestamente ilegítimas?

Pues no. No eran órdenes manifiestamente ilegítimas. Por varios motivos.

En primer lugar porque como dije antes, concurrían los presupuestos legales que obligan a las personas allí dentro para que se identifiquen con base en la LOSC y la normativa sobre reunión vigente entonces.

En segundo lugar porque aunque tengamos dudas sobre si las medidas que afectaban al contenido y ejercicio del derecho de reunión eran legales o ilegales, las ordenes que no son manifiestamente ilícitas, deben cumplirse. Quedando siempre a salvo los recursos y acciones que se puedan entablar por la vía legal pertinente contra dicha orden por el interesado/recurrente. De lo contrario, si cada ciudadano pudiera decidir con base en su propio criterio si una orden es lícita o ilícita, supondría en la práctica vaciar de contenido el delito y la infracción de desobediencia a la autoridad. Supondría acabar con el principio de autoridad en sí mismo. Nos habríamos convertido en un estado anárquico ante la ausencia de poder público.

En conclusión, debemos tener claro que aunque los Estados de alarma fueran declarados inconstitucionales a posteriori como bien dices, no implica por ello que aquellos requerimientos x parte de la autoridad fueran ilícitos manifiestamente y pudieran desobedecerse con base de justificación en los arts. 20.6 CP y 410.2 CP (si mutatis mutandis hacemos en este último art. una analogía favorable al requerido)

#1305Erethron:

¿Ahora un poli te dice que abras la puerta, y si le dices que no, pues pueden entrar en tu domicilio?

Aquí estás siendo bastante capcioso porque la policía nunca pidió que abrieran la puerta o entrar. La policía lo que pidió es que se identificasen. Y mira que lo tenían fácil. La LOSC permite que la identificación se lleve a cabo mediante cualquier método válido en Derecho. En otras palabras, ellos se podían haber identificado saliendo simplemente al rellano sin necesidad de que la poli entrara en la casa, por ejemplo.

También estás siendo capcioso porque aunque te niegues a identificarte en un principio, no por ello pueden reventarte la puerta y entrar.

Cosa totalmente distinta es que si tienes a la policía en el rellano durante más de 1 hora pidiendo que te identifiques y hay obligación a ello sumado a la persistente negativa, con base en la teoría de la unidad natural de la acción, el hecho de la desobediencia lleva más de 1 hora consumándose y por tanto, en relación directamente proporcional, la intensidad y gravedad de la desobediencia escala desde la mera infracción administrativa hasta florecer como una desobediencia grave de naturaleza penal ex. art. 556.1. CP. En consecuencia, una vez florece el hecho penal, también florece como la primavera la flagrancia delictiva y por tanto es ahí cuando te pueden reventar la puerta y entrar. Y es lo que pasó en este caso. Yo ya predije que no le pasaría nada a los polis en su día jajaja.

Para terminar, lo que yo le diría a la tipa prepotente que le chuleaba a los polis con movidas jurídicas sobre la inviolabilidad domiciliaria es lo siguiente:

La inviolabilidad domiciliaria no permite en ningún caso la inviolabilidad delictiva. La inviolabilidad domiciliaria no es un derecho absoluto como cuando de críos jugábamos a polis y cacos y quien estaba en "casa" no podía ser detenido x el que hacía de poli. Esto por un lado.

Y por otro le diría que si tan inteligente es en Derecho, lo que tendría que haber hecho es mandar callar a toda la gente que había allí. Puesto que uno de los varios requisitos típicos y necesarios para contemplar si estamos ante una desobediencia a la autoridad es que, además de que exista una orden formalmente/aparentemente legítima que puede comprender el requerido, lo es también que el requerido pueda efectivamente llevarla a cabo. Si se hubieran callado todos la boca, (en especial la chula prepotente de culo gordo y directora de orquesta), los policías no podrían haber determinado si los requeridos eran conocedores de las órdenes o si aun conociéndolas no podían cumplirlas, (imaginemos que se han quedado todos dormidos ipso facto), y por tanto, al no poder determinar que se reúnen hechos necesarios para constatar la desobediencia, la consumación misma no habría escalado hasta el delito. Los HECHOS y la PRUEBA es lo determinante aquí.

En conclusión, es precisamente la verborrea de la tipa y la chuleada tremenda que le hace a los polis durante 1 hora lo que permite a los maderos que puedan reconocer que las órdenes de identificación están siendo conocidas por los requeridos y que pueden cumplirlas. De tal manera, que la actitud negativa a lo largo de tanto tiempo, evoluciona al hecho delictivo. Vamos, que la tipa se fue cavando su propia tumba jejejeje. Un karma poético. Y es por esto, gente, por lo que se necesita un buen asesor jurídico en la vida. No os dejéis engañar por gente como la chavala. Jijijijijijjijijijijijjijijijijijijijjijijjijijijijiji. Talk is cheap

3 1 respuesta
Eyacua

#1305 si, si, pero los maderos son unos mandados. Que a posteriori esos estados de alarma fueran X o Y no cambia que ellos actuaron en el momento en base a la supuesta ley del momento y con la info que tenian.

Que no soy yo santo de su devocion y que probablemente esto fuera una calentada tras la chuleada tremenda que les metieron los del piso pero bien esta lo que bien acaba.

Si algo se en la vida es nunca hay que chulearle a un medico, a un madero o a un camarero.

1 respuesta
allmy

#1302 poner a un tribunal a juzgar algo tan técnico como eso. Que podría salir mal.

Lo siguiente seguro que es jurado popular en lo contencioso administrativo xd

Erethron

#1307 ¿Justificas entonces que por una falta administrativa (no identificarse) ya se pueda considerar desobediencia a la autoridad y por tanto, pueden tirar tu puerta abajo?

O sea, yo me niego a identificarme ante un poli, y éste puede hasta entrar en mi casa porque estoy cometiendo un delito.

Inviolabilidad domicilio < identificación policial

Vamos, entonces por esa regla de 3, un poli puede entrar en tu casa, y luego decir que es que no te identificabas. Total, tienen presunción de veracidad ellos...

Esto en Estados Unidos, con lo sagrado que es tu propiedad privada, no ocurre.

Edit: ah, vale, que la tipa estuvo bastante tiempo riéndose y tal a los polis. Y varios avisos de ellos y tal. Entonces lo veo correcto.

Ahora bien, si fuera de forma inmediata (no te identificas, pues te tiro la puerta), lo veo un abuso de autoridad.

2 respuestas
Hiervan

Yo mientras sea por la seguridad del Estado, sin perseguir ideologías, me parece bien que, si un grupo de personas se congregan en un domicilio cuando se presupone que es peligroso para la salud nacional, los policías puedan irrumpir en el domicilio donde se está llevando tal actividad y detener a quienes sean.

Estamos hablando de un momento en el cual tuvieron que montar hospitales improvisados porque no cabían los enfermos y los muertos en los hospitales. Que sí, que no debió ser un estado de alarma y debería haber sido un estado de excepción porque la Constitución dice X y no se respetó, pero ese estado de alarma tuvo una justificación y notable era.

Coman2Sueco

#1306 señores aquí ya se puede cerrar el hilo

#1309 Tío en Estados Unidos se han visto cosas peores que está, pero si quieres te lo explico montan una fiesta te llaman la atención para que te identifiques bajas el volumen para que como poli te vayas, cuando ven que parece que se han ido otra vez subes el volumen así estuvieron hasta 45 minutos, llegado un momento pasa a ser desobediencia además de que todo el puto país sabía las condiciones que teníamos y si se hubieran callado no pasa nada pero como tenían a la típica picapleitos que lo único que hace es empeorar todo, en vez de llegar a un acuerdo y que sea palmadita en la espalda y a volar no que ahora a pagar costas y la puerta te la pagas tú mismito y la humillación mediática para psicólogo

Eyacua

#1309 Si. Si estas cometiendo un delito se puede y se debe entrar en tu casa.
Si te parece te tocan la puerta mientras se escucha a alguien pedir ayuda y el sonido de una motosierra pero "lo siento nonles puedo atender ahora que estoy asesinando" xD.

Y si, esto en EEUU ocurre constantemente. O no has visto los SWAT CALLS o xomo se digan que le han hecho a streamers donde llaman diciendo que se comete un xrimen en X sitio y llega la policia y tira lampuerta directos en directo? Venga hombre, que esta internet petado de videos.

A ver, leo ahora tu ultima frase. La tipa les estuvo vacilando una hora mientras se escuchaba a la fiesta, exacto. Es un detalle importantisimo, por supuesto.

B

Lo del covid fue una estafa como un pino y si todavía no os habéis dado cuenta tengo malas noticias sobre vuestra capacidad intelectual.