Movida con alquiler, casero caradura y muchas dudas. Tocho inside

StkR

#59

#59Panch:

NO firmes nada bajo ningún concepto

Eso es lo primero que hablamos mi pareja y yo, que a partir del otro día, antes de firmar ni el papel de un chicle, pasa por un abogado que nos asesore.

#59Panch:

Si estáis allí tenéis luz y tal

Luz, agua, inet, etc. lo tenemos.

#59Panch:

Eso sí, en cuanto alguien os notifique de forma oficial que hay un embargo o dación en pago o whatever, tenéis q ir al juzgado y decirlo...

No lo sabía, gracias. Y gracias por el link también.

Solo me queda una duda que es algo extensa y expongo:
El contrato que tenemos firmado llega "hasta 2.000€ aproximadamente", literal del contrato. Eso significa, que haciendo una sencilla cuenta, dividimos 2.000€ (aunque hayamos gastado 3.409€, pero no está firmado) entre 350€ y resulta en 5.71, lo que significa que estamos JUSTO en la frontera donde hay que afrontar el pago mensual del alquiler. Le dijimos al casero que si le empezábamos a pagar a él en caso de seguir en noviembre, y se desentendió diciendo que el piso no va a ser suyo. Llegados a este caso, cómo podemos hacer para demostrar que nuestra intención no es impagar?

Lo más inteligente sería hacer firmar al casero, antes de NADA más, el contrato que figura con 3.409€ para estar seguros en esto?

#60 harías lo que me han recomendado de los muebles a cambio del perjuicio?

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Prava

#61 ¿Qué te han recomendado de los muebles?

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StkR

#62

#41Sinso:

Y por supuesto que os lleváis todos los muebles aportados, si lo que necesita es dación en pago, el banco los muebles no los quiere para nada.

A groso modo.

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TripyLSD

Por cómo le estás describiendo, suena al típico chanchullero español.

Yo con ésta gente que les jodan, son los que están hundiendo el país pagando todo en negro, buscando siempre la tramita, especulando con la vivienda, evitando pagar lo que por ley les toca pagar, y presumir por ahí de que son unos magnates.
Directamente no hablaría más con él. El banco no va a sacaros por la fuerza, tendría que ir a un tribunal. Si no quiere ceder en vuestro acuerdo, os limitáis a pagarle el alquiler tal como viene indicado en el contrato, y hasta que no venga una notificación judicial a la que podáis acudir con una copia de vuestro contrato en mano para decir "eh, que yo estoy viviendo ahí porque tengo éste contrato" ni caso al propietario ni al banco, y con toda la calma vais buscando otra vivienda. Hasta que llegue eso, y teniendo en cuenta que ahora llega el veranito y los juzgados cierran en agosto, tranquis que ésto llegará con tiempo.
Os estará metiendo presión porque quiere liquidar la deuda con el banco con los pisos para no tener que ceder él y amoldar sus gastos o que incluso le embarguen su mercedes, por decir algo. Y sabe que un juzgado, con su patrimonio, se va a reir de él.

Una cosa al respecto de los muebles, o bien trataría de hacer un documento a parte en el que se indica que con el precio del coste de los muebles el casero acepta no recibir el pago de las rentas de alquiler hasta la fecha dd/mm/yyyy. Eso, o que os de la pasta y seguís pagando el alquiler [yo preferiría ésto]. (o más absurdo, que paguéis el alquiler y que mensualmente él os lo devuelva). Pero lo que no deberíais hacer jamás es dejar de pagar el alquiler en un acuerdo apalabrado. Dejar de pagar el alquiler es el primer punto por el que podrían deshauciaros de verdad.

Hay mil ejemplos en internet de casos donde los caseros no han pagado la hipotecha de la vivienda que tienen en alquiler. Éste es otro esperpento más.

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Prava

#63 El tema está en lo siguiente:

a) Tienes un hijo puta delante. Que puede, o puede que no vaya a vender los pisos antes del embargo. Evidentemente, para venderlos antes del embargo los quiere vacíos o no los querrá nadie. Si le embargan perderá mucho dinero debido a gastos varios que ocasionan estas cosas.

b) Lo que sí que tienes es un contrato que te exonera hasta en 2000€ de alquiler. Pero esos muebles, legalmente, se tienen que quedar en el piso.

Piensa en todo lo malo que podría ocurrir, y plantéate ese escenario. Si él no tiene un duro os va a cobrar alquiler a partir de Julio. Simplemente porque legalmente está en su derecho. Lo que él diga de hasta noviembre y gaitas es irrelevante con el contrato ACTUAL que tenéis en vigor.

PD: asume que si os queréis quedar os toca pagar alquiler a partir de julio, y si os marcháis, podéis llevaros muebles hasta los 2000€ que os toca dejar en el piso. Si estás a gusto y el precio actual de alquiler es correcto... quédate. Ni te plantees un escenario diferente. Pagas a partir de julio y fuera. Y si quiere que os vayáis que os pague él a vosotros.

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StkR

#64

#64TripyLSD:

suena al típico chanchullero español

Lo es. Para que te hagas una idea, la cocina que corría de su parte la instaló un señor marroquí sin dientes que poca pinta tenía de tener contratado. Era "su moro de confianza" (literal).

#64TripyLSD:

Os estará metiendo presión porque quiere liquidar la deuda con el banco con los pisos para no tener que ceder él y amoldar sus gastos o que incluso le embarguen su mercedes, por decir algo. Y sabe que un juzgado, con su patrimonio, se va a reir de él.

This, tal cual.

#64TripyLSD:

Una cosa al respecto de los muebles, o bien trataría de hacer un documento a parte en el que se indica que con el precio del coste de los muebles el casero acepta no recibir el pago de las rentas de alquiler hasta la fecha dd/mm/yyyy

Eso se indica ya en el contrato, con el detalle de que pone "hasta aproximadamente 2.000€".

#64TripyLSD:

Eso, o que os de la pasta y seguís pagando el alquiler

Él ya nos ha dicho que NO QUIERE eso, que él está dispuesto a darnos la pasta para que nos piremos y SOLO para que nos piremos.

No queremos dejar de pagar el alquiler, pero estamos en una situación un poco "a la deriva", ese es el problema, que según el contrato firmado (el único) nosotros debemos empezar a pagar YA.

#65Prava:

b) Lo que sí que tienes es un contrato que te exonera hasta en 2000€ de alquiler. Pero esos muebles, legalmente, se tienen que quedar en el piso.

Discrepo, pone amueblar hasta 2.000€, lo cual nos legitima para vacíar la casa hasta 2.000€ y aportando facturas detalladas en caso de problemas legales.

#65Prava:

Piensa en todo lo malo que podría ocurrir, y plantéate ese escenario. Si él no tiene un duro os va a cobrar alquiler a partir de Julio. Simplemente porque legalmente está en su derecho. Lo que él diga de hasta noviembre y gaitas es irrelevante con el contrato ACTUAL que tenéis en vigor.

Cada vez opino con más convencimiento que el primer paso que debemos dar es obligarle a firmar el contrato "real", y a partir de ahí actuar.

#65Prava:

Si estás a gusto y el precio actual de alquiler es correcto... quédate. Ni te plantees un escenario diferente

Estamos agusto y el precio es perfecto, el problema es el dolor de cabeza que está generando, a mi pendiente de unas oposiciones, y a mi pareja que le toca la moral tener ese dolor de cabeza al volver del curro. De ahí el explorar otras opciones.

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B

#1 quedate sin pagar, total no te pueden echar en 2 años. Ocupa la casa y que le follen. Y cuando quede 1 mes vacia la casa de los muebles y te piras. Fin.

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TripyLSD
#66StkR:

No queremos dejar de pagar el alquiler, pero estamos en una situación un poco "a la deriva", ese es el problema, que según el contrato firmado (el único) nosotros debemos empezar a pagar YA.

Entre tanto hilo me perdí un poco sobre qué contrato está firmado realmente y qué copia tenéis en vuestra mano.
¿Qué se indica en el contrato vigente sobre cuándo empieza el pago del alquiler y sobre los muebles?
Si el único contrato vigente y firmado por ambas partes indica que tenéis que pagar ya, empezad a pagar YA. Eso no lo dudéis.

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Prava
#66StkR:

Discrepo, pone amueblar hasta 2.000€, lo cual nos legitima para vacíar la casa hasta 2.000€ y aportando facturas detalladas en caso de problemas legales.

Me refería a que los primeros 2000€ en muebles se quedan ahí, el resto son tuyos al 100%.

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Panch

#61 Si conseguís q os firmen los 3409 te ayuda a justificar usar eso. Te conviene q t lo firme, si está sin blanca será más complicado, pero dile q si no le plantas una denuncia (o cualquier cosa, pero vamos q se acojone un poco, aunq generalmente a la gente en situaciones de no tener pasta se la sopla todo, pero como tiene propiedades no es insolvente así q no se la soplará).

Si no consigues que os reconozca ese gasto, te toca pagar, mientras pagues la mensualidad de la forma que figura en el contrato de ahí no pueden echar aunq cambien 5 dueños y prácticamente cualquier dueño estaría encantado de tener un inquiino legal y pagando dentro.

Yo veo algunso problemas/apuntes a destacar:

  • Ver como está justificado eso de los 2000 € en tu contrato, pero verlo exactamente, ver la claúsula exacta. En virtud de esa claúsula si es algo aproximado o a convenir pasado un tiempo -definido o no- o lo q sea, yo le enviaría un burofax indicando que la factura de los muebles asciende a tanto y que sirva esto determinar la cantidad indicada en el contrato en el expositivo que sea y que por tanto, informas de que acorde con el contrato (todo esto pensando q el contrato esté bien o por lo menos te deje esto al aire), no pagarás la renta hasta el mes q sea (lo calculas) en el que abonarás tanto dinero en concepto de renta tal y como acordado en el contrato.

  • La otra opción sería hablar con el tío y decirle que el contrato es vigente y no supone ningún problema para que a él lo embarguen, el contrato seguiría estando vigente a posteriori y el banco no puede poner problemas, se lo tiene que fumar. Dile q no tienes problema en hablar con el banco. Pero nunca firmes nada, xq al final tú tienes un contrato legal y salvo q los bienes queden embargados por un juez no tienes q hacer nada.

  • Yo pienso que el tío probablemente sea un cabrón y o bien no tiene siquiera nada con el banco y se ha querido aprovechar para q le amuebléis la casa o tiene ofertas mejores de compra o alquiler. Sea lo q sea, yo intentaría primero el primer punto q t he dicho, si tienes eso en el contrato de alguna forma y tienes las facturas y tal, metes el burofax con fotocopia de todo y a correr. Y si no está contento podéis hasta ir a mediación antes q a juicio por ese tema. Independientemente de q puedas asegurar el primer punto o no. Tiene toda la pinta de q el tío debe tener margen. Si os quiere echar mira por internet como era la indemnización vieja por incumplimiento y pídele algo por el estilo, no sé si eran 2 meses de renta por año incumplido o algo así, no me acuerdo...

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StkR

#67 No, no soy ese tipo de persona. Aprovecharé todo lo que la ley me ofrece, no tengo por qué rebajarme al nivel de este señor.

#68 Este es el problema, en el contrato pone esto

pero también está firmado con fecha 1 de noviembre, a la vez que hay una cláusula (o parte) que pone esto

con lo que no hay una fecha cierta de comienzo de disfrute de la vivienda, en nigún sitio FIRMADO por 1 de enero, solo en el contrato que yo redacté después, que no ha firmado aun. Ese es el problema principal.

#69 Escribí eso antes de leer el final de tu reply, sorry.
#70

#70Panch:

Te conviene q t lo firme, si está sin blanca será más complicado, pero dile q si no le plantas una denuncia

No creo que sea necesario amenazarle con denunciar, solo decirle "eh, si quieres que pensemos en irnos, antes ponemos TODO en orden según el contrato que te pasé y aún no has firmado, y si no, que te embarguen, a mi me la sopla".

#70Panch:

Si no consigues que os reconozca ese gasto, te toca pagar,

El problema, como digo arriba, es la poca concreción en cuanto a la fecha de comienzo de disfrute del piso, por lo que no queda claro cuándo se empieza a pagar. Lo que no quiero es que se acumulen impagos.

#70Panch:

Ver como está justificado eso de los 2000 € en tu contrato, pero verlo exactamente, ver la claúsula exacta. En virtud de esa claúsula si es algo aproximado o a convenir pasado un tiempo -definido o no- o lo q sea, yo le enviaría un burofax

Lo tienes en este reply la cláusula. Lo del burofax es una idea cojonuda para que quede constancia de los gastos de forma "oficial". Gracias.

#70Panch:

no pagarás la renta hasta el mes q sea (lo calculas) en el que abonarás tanto dinero en concepto de renta tal y como acordado en el contrato.

Eso lo calculé y redacté en el contrato nuevo, que aun no ha firmado.

#70Panch:

Pero nunca firmes nada

En absoluto.

Sinceramente creo que lo mejor que puedo hacer, es decirle directamente, "Oye, si quieres que sigamos hablando, hay que formalizar la situación nuestra en el piso, mediante el contrato que te pasé EN ABRIL y que aun no has firmado. Cuando lo tengas firmado, me lo envías y seguimos hablando".

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TripyLSD

#71

#71StkR:

pero también está firmado con fecha 1 de noviembre

Comor? Es decir, que el contrato lo firmásteis con una fecha posterior? Es decir, donde ponéis las firmas?
eeeuh,. si es así igual el contrato es un poco inválido. No te sabría decir. Aunque tampoco quiere decir que sea completamente inútil (salvo que ahora le de al colega por decir que él no reconoce dicho contrato, ni es su firma, ni nada... lo cual llevaría a más juicios y mierda,. no creo que le convenga)

Pero SI, insistele en que te devuelva el nuevo contrato actualizado firmado (imprimete otros y se lo pones en la cara con un boli y firmáis allí todo, nada de "en diferido" primero me lo llevo, lo firmo por mi lado, te lo devuelvo... ha tenido tiempo de sobra para leerlo), ofrecele incluso modificarlo para poner los 2000€ en lugar de los 3400€ (prepárate una hojita con ésta modificación), cuéntale otra peli si quieres como que si no lo tienes firmado no te puedes blindar y en ese caso pasarías a ser un okupa (no en plan amenaza, si no en plan no tengo más puto remedio porque soy más pobre que tu y no tengo más propiedades donde meter mi culo) y ni dación en pago ni ostias (ya si quieres el órdago di que tenéis un bebe en camino). Para la próxima vez que vayáis a quedar, avisale que vas a llevar una copia del contrato para firmarlo o que traiga los que le diste.
Pero si si, Sobretodo que quede siempre la constancia de tu buena fe en querer hacerlo todo lo más legal posible.

¿Podrías colgar los dos contratos (el firmado y el nuevo que te tiene que devolver firmado)? (tapando datos sensibles, claro). Tengo un familiar que se dedica un poco a éstas cosillas, le puedo consultar a ver qué opinión me da

A tu chica dile que con lo que juegan siempre es con eso, con la presión de "bua ahora liaos con abogados y juicios y tal" (además, el tío trabajaba en banca antes ¿no? debe ser su weapon of choice), pero que hasta pasado el verano no va a iniciarse ningún proceso ni nada y con lo lentos que suelen ser os daría tiempo hasta de elegir el color de la corbata del abogado, y durante todo ese tiempo estaríais viviendo ahí (que es lo que en definitiva queréis). Lo estresante sería acabar buscando cualquier sitio para mover todo deprisa y corriendo, dejando cosas en el aire, y todo para que un señor, que os ha hecho una perrería, pueda seguir comprándose su bañera de oro.

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Levelrises

#1 Esto es como alguién postea que le duele algo en mediavida y se sueltan las opiniones de cada uno a lo random y lo que deberías hacer que es lo mas coherente es coger un abogado de confianza y si no tienes intentar buscar uno que te pueda asesorar y proporcionar o ver que solución tienes por la vía legal lo antes posible antes de que esto te pueda evolucionar en un problema mayor.

Está claro que como ultimo recurso te queda, en caso de que la cosa se ponga fea, aunque sé que te de coraje después de todo el tiempo invertido en la casa, el recoger todas las cosas que hayas pagado con tu dinero (ya que supongo que tendrás ticket y vendrá referenciado quien ha realizado el desembolso para comprarlas) y llevártelas y alejarte de ese piso y punto. Pero vamos si a mi me sucediera esa situación lo primero que buscaría sería arreglarlo con el propio "casero" y si veo que este me proporciona problemas y que yo he hecho la cosas bien, arreglarlo por vía legal.

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Panch

#71 No puedo ver el texto ese, pero si el contrato tiene fecha de 1 de noviembre de 2019 no está vigente. Tendría q tener fecha de cuando entraste y haber definido un período de carencia.

Intenta conseguir que te firme tu contrato (donde como anexo figuren las facturas de los muebles que has pagado) y si no, al final si tiene fecha 1 de noviembre y tienes q ir antes, llévate TODO lo tuyo. No dejes nada y no deberás dinero, salvo q se meta en un juicio contigo, cosa q no le conviene. Le dices q le firmas entrega de llaves (donde se indica que no hay deudas ni derecho a posteriores reclamaciones blablabla) y t vas con tus cosas. Yo he tenido hasta q pagar a gente para q se fuera de alguna propiedad con tal de q no me la destrozaran...

PD: Creo que tu postura es la mejor. Pero ahora mismo, si el único contrato q pueda haber firmado es de 1 de noviembre de 2019, eres prácticamente un okupa (aunque luego en un juicio pudieras demostrar q no). Te recomiendo q no borres whatsapp ni ninguna comunicación. Veo difícil q lleguéis a juicio, pero nunca se sabe. Y una vez te firme eso y acepte que el dinero de los muebles se usa como renta, pues has triunfado (aunq realmente sea lo justo).

Aunq ya t digo q habría q revisar vuestro texto firmado y en virtud de eso ver. Si tenéis firmado algo vigente o algo q invite a decir q es legal q estéis YA en la casa y q se iba a hacer a cambio de la compra de unos muebles, tiras de burofax y le das un plazo de 15 días naturales para que te responda si no está de acuerdo con la documentación y fuera. Al final todol o q pueda sumar para tí va bien, pero por lo general el inquilino tiene mucha más fuerza q el arrendador. Así q siempre le va a convenir arreglarse contigo más q ir a un juicio.

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NerfMe

En mi opinión lo más importante sería cortar toda comunicación directa y empezar a tener comunicación oficial a través de un abogado.

Por lo que cuentas, tiene experiencia en tramería, y os va a dar mil vueltas en eso.

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Panch

Por cierto, muy curioso esto también, q viene al caso: https://www.pedrohernandezabogado.com/2008/12/adquisicion-preferente-del-inquilino.html

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StkR

#72 Perdona, me he explicado mal. Ese contrato se firma en noviembre de 2018 como "provisional" para dar de alta luz y agua y así poder acometer trabajos de limpieza y montaje en condiciones. Nosotros entramos a vivir oficialmente el 1 de enero de 2019, fecha que pone en el contrato no firmado aun.

Sobre lo del nuevo contrato, mi pareja me recordó (yo creía que no, pero en este caso sería aun mejor) que nosotros le dejamos 2 copias ya firmadas, una para él y otra para nosotros.

Aquí tienes ambos contratos censurados, sin ningún problema, y más aun si ayuda en algo :D . Te he señalado en rojo lo único que cambié en el 2º contrato, para que no tengas que leer 2 veces lo mismo.
Contrato provisional
Contrato definitivo sin firmar

#73 Tienes razón, nuestro propósito es quedar con un abogado pero en el momento preciso, no antes. Tenemos uno en la familia (no super cercano) pero aun no es necesario. El siguiente paso que vamos a dar es pedirle que firme el contrato con todos los gastos reflejados correctamente. En caso de que diga no, tocará recurrir al abogado. Con calma y tiempo, yo no tengo prisa, él, sí. El casero no quiere arreglar nada, su único interés es que nos vayamos, y si puede ser para ayer, mejor. No tengo un apego enorme a esta casa, pero me jode que me estafen y si me voy, no será de gratis, seguro.

#74 me expliqué mal, perdón. La fecha del contrato provisional es de noviembre de 2018, nosotros entramos de forma efectiva a vivir el 1 de enero de 2019.

#75 calma amigos, todo a su tiempo. Lo que tiene ahora es prisa, y yo mucha paciencia y algunos buenos consejos. La carta del abogado la usaremos pronto, de momento, el paso 1 es "FIRMA EL CONTRATO Y PODREMOS HABLAR DE LO QUE QUIERAS, HASTA ENTONCES CHAO".

#76 Gracias por los aportes.

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ReBeLStRiKe

#1

1) Si no ha firmado el contrato y no tiene copia del mismo en su poder firmada por ti, las condiciones TAN PARTICULARES (es para matarte, murciano) que habíais pactado quedarían en el limbo y hablaríamos de un contrato verbal, siendo tu palabra contra la suya. La ventaja de eso es que al no existir unas condiciones expresas ni un anexo con facturas/inventario de muebles, puedes sacarlos del inmueble. El inconveniente es que podría reclamarte las rentas no satisfechas.

2) El contrato no se extingue con la dación en pago si el propietario puso en conocimiento del banco que el inmueble estaba arrendado. Contactad cuanto antes con el banco y hablad con ellos para abonarle la renta, pues en el momento en el que se firma la dación en pago, el propietario pasa a ser la entidad financiera.

3) Como te he dicho al principio, sería tu palabra contra la suya. Si hay constancia de esas condiciones a través de mensajería instantánea o él puede haber grabado alguna conversación telefónica, tienes las de perder.

4) Por ley la duración mínima de un contrato de arrendamiento de vivienda es de cinco años (tres en tu caso, que celebrasteis en 2018), sin perjuicio de la facultad que tiene el inquilino de desistir del contrato transcurridos seis meses desde la celebración del mismo, con preaviso de 30 días al propietario y abonando la correspondiente indemnización si esta estuviese pactada.

5) Yo sacaría los muebles y me iría de allí.

6) Para que sea exigible al arrendatario el pago de la comunidad de propietarios no solo debe plasmarse por escrito, sino que debe matizarse de forma expresa el importe anual de dichos gastos.

7) Si está firmado, sí.

8) No.

Consejo: Habla cuanto antes con el banco. Si están dispuestos a regularizar el arrendamiento una vez que tengan la propiedad del inmueble, estupendo. Si te dan largas o directamente te dan un rotundo “no”, sacaría los muebles de allí y me iría.

EDIT Acabo de ver la actualización de la página 2:

Pacta con él quedaros hasta noviembre pero una vez llegue la fecha saca todos los muebles del piso. En el peor de los casos, lo que exceda de los 2.000 iniciales.

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TripyLSD

#77

#77StkR:

Ese contrato se firma en noviembre de 2018 como "provisional"
...
Contrato provisional
Contrato definitivo sin firmar

Esto lo cambia todo.
Sin ser un pro, diría que el "provisional" es un contrato de arrendamiento formal y vigente. En ningun lugar se especifica que sea provisional.
Como mucho, se especifica que la entrada en vigor del contrato (y por tanto, de las mensualidades de los pagos) queda condicionada a la dotación de los enseres de cocina, independientemente de que te diera las llaves en Noviembre 18 en el acto de firma de ese contrato. Por todo lo demás, es un contrato de arrendamiento. Sin más.

YO NO HARÍA UN CONTRATO NUEVO, porque os podría perjudicar (!). En noviembre de 2018 todavía no había ninguna historia con el banco, y eso os favorece. En los casos en los que se celebra un contrato de alquiler posteriormente a la fecha de expropiación si que podría declararse nulo el contrato, y por tanto tendríais que abandonar la vivienda (!) . El banco podría pensar que se ha hecho el contrato de alquiler para bloquear el proceso, aunque me da que el banco todavía no ha iniciado el proceso de ejecución de hipoteca (igual lo podéis consultar en el registro de la propiedad)

Más que un contrato nuevo lo que habría que hacer es una actualización ó anexo al mismo para indicar la fecha finalización de dotación de enseres de cocina y entrada en vigor del contrato, y cuándo sería el primer pago. Viendo la cosa como está, quizá la forma de convencerle para que firme el anexo sería decirle "Mira, nos olvidamos de los 3400. Lo dejamos en los 2000 como está, los 1400 de más los asumimos nosotros y ya está" y que esa diferencia no se la váis a exigir. Pero ésto es importante, más que nada para que quede claro cuándo se va a realizar el primer pago de la renta.

En caso de que no lo quiera firmar por sus cojones, podríais recurrir a las facturas de luz para "demostrar" cuándo habéis entrado a vivir realmente y cuándo empezar a pagar. Pero eso, yo contaría con los 2000€, lo que pone en el primer contrato, no los 3400€. Si entrásteis en Enero tendríais que hacer el pago de la primera renta ya. (habría que pagarselo a él, y si se niega hacer una consignación judicial. Si en algún momento hay que pagárselo al banco, ya vendrá el banco a anunciarlo y habrá que hacer OTRO nuevo anexo como si fuera un cambio de arrendador, y ya negociaréis con el banco el supuesto caso de extinción del contrato.)

Si al tío no le van a conceder la dación en pago porque seguis viviendo ahí, mira, sinceramente que le jodan. Que apechugue y que se quede con la deuda del banco y la pague como quiera (que venda su mercedes, su mansión, o su alma). Que se lo hubiera pensado antes de querer jugar a ser Mr.Monopoly. Bastante paciencia habéis tenido con él después de todo.

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NerfMe

#77 Ya, pero mientras tú demuestras tu paciencia y él se pone cada vez más nervioso podéis llegar a cometer alguna irregularidad (como la de no pagar el alquiler cuando os toque) que al final juegue en vuestra contra.
Ya has comentado que tu pareja (que es la que aparece en el contrato) está empezando a pensar que no quiere líos, y la presión al final puede llevar a tomar decisiones que no son las mejores.
Todo legal, todo documentado a través de un experto y a lo mejor así os podéis ir de vacaciones sin comeros la cabeza (sobre todo ella).
No es un pulso de a ver quién aguanta más, es ver quién hace bien las cosas.

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S

#29 ¿Pero que le ha hecho la pobre yonqui?

StkR

#78 Hola Sebahtián, gracias por ayudarme.

#78ReBeLStRiKe:

1) Si no ha firmado el contrato y no tiene copia del mismo en su poder firmada por ti, las condiciones TAN PARTICULARES (es para matarte, murciano) que habíais pactado quedarían en el limbo y hablaríamos de un contrato verbal, siendo tu palabra contra la suya. La ventaja de eso es que al no existir unas condiciones expresas ni un anexo con facturas/inventario de muebles, puedes sacarlos del inmueble. El inconveniente es que podría reclamarte las rentas no satisfechas.

El contrato está firmado (el primero), en #77 está (con las firmas tapadas, obviamente). Quizás yo me equivoque al llamarlo "provisional" pues es un contrato en toda regla, pero se firmó con la idea de actualizarlo, y a día de hoy no lo ha firmado (OJO, EN NINGÚN MOMENTO SE HA NEGADO, SOLO QUE NO HA VUELTO A DECIR NI PÍO). Las condiciones están sobre el papel y firmadas, solo que la cantidad no está exacta (2.000€ vs 3.409€).

#78ReBeLStRiKe:

2) El contrato no se extingue con la dación en pago si el propietario puso en conocimiento del banco que el inmueble estaba arrendado. Contactad cuanto antes con el banco y hablad con ellos para abonarle la renta, pues en el momento en el que se firma la dación en pago, el propietario pasa a ser la entidad financiera.

Al parecer el no intenta hacer nada chungo con esto, de hecho el banco le ha dicho que hasta que no tenga el piso vacío, se lo meta por el culo. Y ahora está rogándonos para que lo vaciemos.

#78ReBeLStRiKe:

3) Como te he dicho al principio, sería tu palabra contra la suya

En la última conversación que grabé, él reconoce los "3.500€" y que tiene una deuda con nosotros que "es de sentido común" restituir.

#78ReBeLStRiKe:

4) Por ley la duración mínima de un contrato de arrendamiento de vivienda es de cinco años (tres en tu caso

Gracias!

#78ReBeLStRiKe:

5) Yo sacaría los muebles y me iría de allí.

Ya estamos pensándolo.

#78ReBeLStRiKe:

6) Para que sea exigible al arrendatario el pago de la comunidad de propietarios no solo debe plasmarse por escrito, sino que debe matizarse de forma expresa el importe anual de dichos gastos.

Oh, lala, esto no lo sabía. La verdad es que fuimos unos PARDILLOS cuando nos dijo que si podríamos hacernos cargo de la comunidad y dijimos que sí, ni le preguntamos la cantidad, resulta que son 42€/mes (lo cual hace que el alquiler realmente pase de 350€/mes a 400€/mes). Aún no hemos abonado ni 1€ de comunidad, ¿crees que podríamos desentendernos y no tener problemas? Sabemos por el presidente de la comunidad que él tiene una deuda brutal y que nunca lo ha pagado, y si se la pasa al banco, deduzco que este tampoco pagará. Consejo pido. Por cierto @ReBeLStRiKe igual pido mucho, pero te sabes en que artículo/capítulo queda esto en particular en la LAU?

#78ReBeLStRiKe:

7) Si está firmado, sí.

Firmado por ambas partes en cada página y escaneado en Technicolor.

#78ReBeLStRiKe:

Pacta con él quedaros hasta noviembre pero una vez llegue la fecha saca todos los muebles del piso. En el peor de los casos, lo que exceda de los 2.000 iniciales.

De momento, nuestro primer paso es decirle "firma el nuevo contrato" para tener las cosas claras sobre papel y firmadas, y a partir de ahí, hablamos lo que quieras. Si dice de no firmar, toca sacar la artillería.

#79TripyLSD:

Sin ser un pro, diría que el "provisional" es un contrato de arrendamiento formal y vigente.

Lo llamo provisional de forma errónea, no es provisional, solo que falta por actualizar la cantidad. Como contrato, hasta donde se, es un contrato al uso.

#79TripyLSD:

YO NO HARÍA UN CONTRATO NUEVO, porque os podría perjudicar (!). En noviembre de 2018 todavía no había ninguna historia con el banco, y eso os favorece

El contrato nuevo (sin firmar) está fechado en 1 de enero de 2019, no con fecha de hoy. De todas formas él dice que lleva 3 años detrás del banco para dárselo en dación en pago y que ahora le han venido con las prisas, esa es su versión. La verdad es que cada vez tenemos más claro el irnos, yo solo quiero hacerlo de la forma más ventajosa para nosotros (nuestra pareja me refiero, él se puede ir a zurrir mierdas con un látigo).

#79TripyLSD:

El banco podría pensar que se ha hecho el contrato de alquiler para bloquear el proceso, aunque me da que el banco todavía no ha iniciado el proceso de ejecución de hipoteca (igual lo podéis consultar en el registro de la propiedad)

Él tiene ahora mismo esto parado esperándonos, el banco quiere las viviendas en dación porque este mequetrefe les debe +500k €.

#79TripyLSD:

quizá la forma de convencerle para que firme el anexo sería decirle "Mira, nos olvidamos de los 3400. Lo dejamos en los 2000 como está, los 1400 de más los asumimos nosotros y ya está"

A ver, empiezo a pensar que he dibujado una idea de este tío que es un 0/10, cuando diría que de momento ha demostrado un 3,5/10, sobretodo por chapuzas y poco serio, pero REALMENTE no creo que sea taaan hijo de puta como para ir a jodernos activamente, si no salvar su culo lo mejor posible. Él dice que se hace cargo de los 3.400€, por eso no hay problema, y sólo espero que cuando le propongamos firmar el "nuevo contrato" (que en realidad, básicamente es un anexo, aunque probablemente ese contrato sería mejor convertirlo en anexo diciendo que:

  1. La fecha de entrada real y entrada en vigor del anterior contrato es 1/1/2019
  2. Que la cantidad total de amueblado a su cargo son 3.409€)
#79TripyLSD:

Si al tío no le van a conceder la dación en pago porque seguis viviendo ahí, mira, sinceramente que le jodan. Que apechugue y que se quede con la deuda del banco y la pague como quiera (que venda su mercedes, su mansión, o su alma). Que se lo hubiera pensado antes de querer jugar a ser Mr.Monopoly. Bastante paciencia habéis tenido con él después de todo.

Después de hablar con mi pareja, y siendo sinceros, no nos vemos aquí demasiado tiempo. No es cómodo estar en un sitio así, y tener una relación totalmente tensa con el casero. Eso sí, ahora no nos conviene liarnos, de aquí al 15 de agosto vamos a ir viendo pisos, y si acaso el 1 septiembre u octubre (depende si encontramos algo que nos guste) podríamos pensar en irnos. Yo le he propuesto a mi pareja lo que dijisteis de los muebles, salir esas fechas y llevarnos TODO a un piso sin amueblar que sería más barato, pero de momento me dice que hemos vivido 6 meses y que ella no quiere que haya sido de gorra. NECESITO ARGUMENTOS PARA ESTO.

#80 No te falta razón, Lisa, no te sobra razón.

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ReBeLStRiKe

#82

Artículo 20.1 de la LAU y hay bastante jurisprudencia que anula la cláusula de los gastos de comunidad asumidos por el arrendatario en los que no se estipula el importe anual.

No había visto los contratos, directamente leí el post y después la última actualización que hiciste. Me mantengo en lo dicho: me iría de allí con todos los muebles o con el exceso de muebles por valor de 1409 €. Es más, estando el banco detrás exigiéndole los tres inmuebles, estoy seguro que si le aprietas y le dices que te vas en 48 horas con la condición de llevarte todos los muebles y firmar un documento de resolución contractual en que las partes estipulan no deberse cantidad alguna, acepta.

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StkR

#83 Pero no me voy en 48h fijo xd, mínimo 1 de septiembre. De momento, que firme el contrato "real" y ya concretaremos, así evitamos el posible riego de impago.

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Panch

#77 He leido el contrato q tenéis firmado y vigente (bueno, solo he leido las 3 primeras claúsulas, pero ponéis la cifra clara. Yo veo claro que a partir del mes 6 tendrías q empezar a pagar renta y q todo lo q hayas amueblado por encima de 2000 pavos t lo llevas (salvo acuerdo posterior). También está muy claro que mientras pagues la renta hasta noviembre no t vas. Y, si os interesa comprar el piso, tenéis el derecho de tanteo y retracto, que encima está puesto en el contrato que os ahorraríais la parte que ya se haya pagado de renta (lo cual para vosotros es una mierda, aunq si os interesa comprar y el dinero va pal banco, podrías quedaroslo a precio "chollo" si el banco lo está pagando como chollo).

No he tenido tiempo para leerme el otro y no creo q tenga a lo largo de la mañana, pero esa es mi opinión...

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ReBeLStRiKe

#84 A los de Alguazas os gustan los problemas, ¿eh? Lo lleváis en la sangre. Si tienes algún sitio donde guardar los muebles un tiempo hasta que encuentres otro alquiler, yo iría buscando otra cosa a la de ya y me largaría de allí. Lo único que vas a conseguir es más crispación y alargar los problemas. Ahora que el banco está apretando podrías conseguir dejar el piso, no pagar nada y llevarte todos los muebles.

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StkR

#85

#85Panch:

No he tenido tiempo para leerme el otro y no creo q tenga a lo largo de la mañana, pero esa es mi opinión...

El otro es exactamente el mismo, solo añadiendo la cifra de 3.409€ y una semicláusula que pone "este contrato anula todos los anteriores firmados entre las partes". Lo señalé en rojo para que no perdiera tiempo quien lo leyera. Muchas gracias, más o menos es eso lo que tenía en mente. Ahora el objetivo es que firme el otro. Sobre el tanteo y retracto ni se nos pasa por la cabeza comprar, aunque sea a 10k €, por distintos motivos que no aportan nada aquí, pero gracias por la info igualmente.

#86 Sangre conflictiva.

estamos a 1 mes de irnos de vacaciones, yo 1 semana (por la opos) y mi pareja conmigo 1 + 2 con sus padres, osea que hasta el 15 de agosto mínimo, no nos pondríamos a buscar nada

StkR

No podemos ponernos a buscar, hablar, concretar, firmar y trasladar en 1 mes, con el tiempo que eso me quitaría hacerlo tan rápido. No se contempla el irnos hasta, mínimo, 20 agosto - 1 de septiembre.

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Panch

#87 Pues yo creo q tu salida es respetar el contrato hasta noviembre, pagar los alquileres donde ya tuvieráis definido (todo lo q sea por encima de 2k tiens q llegar a un pacto fuera con él por escrito y fuera, el contrato nuevo, te vendría bien, xq salvo q hayas cambiado las fechas, tendrías 1 año nuevo desde la supuesta fecha de firma).

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StkR

#88 mi idea es que la fecha de firma sea 1 de enero de 2019, de hecho ya está fechado así. Es cuando entramos a vivir y no pretendo engañar a nadie, eso nos da hasta noviembre pagado, y si nos vamos antes nos da márgen para decirle que nos llevamos lo que decidamos y pista.

TripyLSD

#82

#82StkR:

Yo le he propuesto a mi pareja lo que dijisteis de los muebles, salir esas fechas y llevarnos TODO a un piso sin amueblar que sería más barato, pero de momento me dice que hemos vivido 6 meses y que ella no quiere que haya sido de gorra. NECESITO ARGUMENTOS PARA ESTO.

Ah bueno, si ya habéis asumido que no queréis seguir ahí mucho más sencillo.

Lo que no entiendo es lo de llevarse todo. Si te llevas todo entonces estás incumpliendo el contrato ¿no?
La clave es que os firme el anexo de los 3400, y os vayáis de ahí en noviembre como máximo sin pagar ni una renta. Si os váis antes, que os abone la diferencia de los meses que faltan hasta noviembre.

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