#30 pero como llegas a juez?
No hay una oposición o algo?
#21 #25 #30 Son funcionarios. Por ejemplo menciones a su condición de funcionarios las tienes en:
El TREBEP, artículo 4 que habla de «Personal con legislación específica propia (...) c) Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.»
Dentro de la exposición de motivos de la Ley Orgánica del Poder Judicial se dice que «Por lo demás, la regulación de la carrera judicial se realiza bajo el criterio básico de su
homologación con las normas comunes que rigen el resto de los funcionarios públicos,
manteniendo tan solo aquellas peculiaridades que se derivan de su específica función.».
El artículo 231 señala que «en todas las actuaciones judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios y
demás funcionarios de Juzgados y Tribunales usarán el castellano, lengua oficial del Estado».
Etc.
Hay nombramiento legal, ejercen funciones que implican el ejercicio de una serie de funciones que no se podría dejar a ningún otro tipo de empleado (público o no público)... Aunque en las distintas leyes no se hiciera referencia a que son «funcionarios», un juez es el ejemplo perfecto del trabajo que debe hacer un funcionario.