Pena legal por recibir un dinero que no es tuyo?

D4rKNiGhT

Buenas mediavideros. Voy a ir al grano de la historia ya que sino el tema no lo lee ni cristo.

Hace un par de meses un compañero ha recibido una cantidad interesante de dinero de una empresa "Random" directo a su cuenta, y por tanto, a su nombre (supongo que saldra su nombre por ser el titular de la cuenta). Claro, su alegria ha sido sustanciosa y el dinero sigue ingresado en su cuenta ya un par de meses. Hemos preguntando en el banco (para notificar) y como no se han comunicado con el, ni nada, es suyo hasta que la empresa lo reclame.

Ahora, mi duda principal es: Puede quitar todo el dinero, cambiarlo de entidad bancaria y quedarse con el sin tener una pena legal? digamos, pueden hacerle pagar si o si? tendría que pagar una multa si saca el dinero?

Ante todo gracias MV-abogados!

HIMOTEN

evidentemente ese dinero no es suyo, si lo retira y la empresa lo reclama tendra que devolverlo, de momento lo ha notificado, eso ya le evita el tema de no dar constancia del error, ahora, si la empresa no reclama en digamos 1 año fiscal, puedes dar por hecho que ya no lo hara.

prozac

apropiación indebida 252 CP y ss

cagon la leche estudiar para dar consultar gratis

14 1 respuesta
B

Si es dinero público, te lo reclaman sí o sí (la misma cantidad). Al no poder devolvérselo, tienes que guardarlo los años o milenios que sean.

Con una empresa privada, supongo que o será lo mismo o tendrás que ir por juzgado y demás. Yo no lo tocaría. Nunca tocaría cantidades de dinero ingresadas en mi cuenta que no son mías / no van dirigidas para mí. 0 problemas.

T

Si esta en su cuenta es suyo... puede hacer lo que quiera.
Otra cosa es que luego lo reclamen y vaya alguien a partirle las piernas.

2 respuestas
D4rKNiGhT

A lo que me refiero es cambiar de cuenta, cerrando la actual para quedarse con el dinero.

PD: Y es una empresa privada.

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NosFeR_

Hazle caso a #3, la apropiación indebida existe, por mucho que esté en tu cuenta no te pertenece #5.

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B

#5
Imagínate que tu empresa te quiere ingresar tu nómina, se equivoca en una número, y se lo ingresa a otra persona. Seguirías diciendo "como está en su cuenta es suyo, y puedo gastárselo en putas", o serías más comprensivo y estarías más de acuerdo con la ley vigente? Menos hipocresía...

#6
Te lo reclamarán igual xd. Se quedan con el movimiento de la transferencia a tu favor y te lo reclaman.

1 2 respuestas
D4rKNiGhT

Pues nada, tocara esperarse unos meses mas para ver si no lo reclaman. Yo creo que esperando 6 meses, que es cuando hacen el recuento semestral, deberan darse cuenta. Sino...pues mira.

Eso me recuerda a una familia de un amigo que le dieron como 1000 euros por hacer el traspaso de pesetas a euros. Fallo garrafal pero jamás le reclamaron el dinero.

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ManOwaR

No puede, aunque si ta parado es insolvente, q le empapelen si quieren xD

Eso ha d ser como que te toque la loteria y no poder disfrutarla jajajajja

jadgix

#9 ¿Cuánto dinero le ha ingresado a tu compañero la empresa privada?

Por saber cuánta posibilidad hay de que se den cuenta o no.

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T

Pero no se ha especificado de que se lo hayan ingresado por error.
ha recibido una cantidad interesante de dinero
falta el "por error"
Si es un error pues que vaya al banco y que diga que eso no iva para el yo que se.

2 respuestas
B

#12
Al banco se la suda que no fuera para él, no puedo coger un dinero y devolverlo sin que lo reclame la parte ingresante.

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D4rKNiGhT

#12 es lo que dice #13 . Hemos ido al banco a notificar, pero lo unico que nos dijeron es que mientras ellos no se pongan en contacto con el o no notifiquen al banco correspondiente que se ha ingresado un dinero fallido no se lo pueden quitar.

#11 si no me equivoco eran 500 euros y algo.

#15 Dijeron que no. Pueden reclamarlo cuando quieran.

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T

#13 Hay un tiempo establecido? Si no lo reclama nadie en X tiempo sera para el?

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Whiplash

#14 puf pensaba que hablabamos de miles de euros. Ni se enteraran...
Bueno, depende tambien de que tan grande sea la empresa, si supone un descuadre muy grande o no.

J

Artículo 252.

Serán castigados con las penas del artículo 249 ó 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable.

Artículo 249.

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Artículo 250.

  1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:

Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.

Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.

Recaiga sobre bienes que integren el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.

Revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.

Cuando el valor de la defraudación supere los 50.000 euros.

Se cometa abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.

Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el Juez o Tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero.

  1. Si concurrieran las circunstancias 4ª, 5ª o 6ª con la 1ª del número anterior, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t13.html

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NosFeR_

#15 lo habrá, digo yo, cuando prescriba la apropiación indebida supongo.

B

Que yo sepa, cuando es algo público, lo pueden reclamar cuando quieran.

spyro512

#8 se equivoca de número? Para eso están los códigos de seguridad de tus 20 dígitos de la cuenta:

0123 - Banco

4567 - Oficina

89 - Código de seguridad

0123456789 - Cuenta

Si alguien te mete pasta es porque quiere xD

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Sanxx

Que se lo funda, y que si se lo reclaman que pida prestado para devolverlo y au

NosFeR_

#20 y si tienen 521751 cuentas añadidas y al clicar se equivocan?

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F

#1 ¿Estamos hablando del suficiente dinero como para sacarlo y vivir en un país del caribe?

Si la respuesta es negativa, que no lo toque.

spyro512

#22 entonces son retards, porque seguro que #1 no está planeando quedarse con 20-30€, para que esté preocupado de la pena, debe ser una pasta considerable.

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Jorgew

#17 Entonces si saca 399€ y lo demas lo deja, ya no es delito?

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NosFeR_

#24 no seas tan duro, todo el mundo puede tener un fallo xD. Vas a ingresar una nómina o algo similar y te equivocas, puede pasar.

#25 si no lo notifica y le han ingresado 401€ supongo que sí, porque aunque no los haya sacado esos 2€ siguen ahí y no ha notificado nada, y junto ya pasa de 400€

J

#25 Si por ejemplo te apropiaras de 399 y el resto lo devolvieras alegando que solo te llego eso, seria una falta. Para que sea delito lo que pone ahi, exceder de 400€.

D4rKNiGhT

Entonces sería delito por haberle ingresado mas de 500€. Es justo, aunque si pasara tanto tiempo sin reclamarlo podría tocarle un peñizco. Es una pena que no se pueda quedar con un porcentaje del dinero.

#29 Ya avisamos en Septiembre en un banco de Madrid (nos hemos venido a Madrid a probar suerte) y lo que nos dijeron es que hasta que no lo reclamen, no se lo quitan. Volvere a preguntar mañana, pero vamos, es lo que dijeron en ese entonces.

Nm

yo si fuera tu amigo me pondria en contacto con el banco ...

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B

Hace unos meses conocí a una chica que había recibido dinero de una empresa para la que trabajaba a través de Internet con un acuerdo verbal por comisiones. Denunciaron a la empresa por estafa y ella acabó imputada por tener dinero ajeno en su cuenta. Finalmente y tras interrotorios de la policía y demás no fue acusada, pero estuvo a punto de tener que ir a juicio en Pamplona.

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