Policías se declaran culpables de homicidio

C

#90 No se sabe el tipo de inhabilitación, pero que yo sepa está como he dicho la inhabilitación especial para profesión, que NO te quita tu condición de funcionario y sigues perteneciendo a ella, pero sin prestar servicio hasta que acabe la condena.

Corrígeme si me equivoco que puede ser, yo no soy abogado como tu, pero estaría lejos de ser lo que tú has dicho, seria todo lo contrario en realidad.

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Soy_ZdRaVo

#91 te equivocas.

“ La pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia.”

No entiendo ese afán de discutir sobre cosas que se desconocen

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horvathzeros

En el video de #25 se oye claramente a la gente diciendo en el 1:45, "han chocado contra la patrulla que estaba delante". No sé yo hasta que punto la gente puede afirmar que la policía se inventa cosas como el atropello cuando los fugados hacían cosas como esa...

#47 por lo del video, se entiende que chocan contra una patrulla y siguen p'alante, es ahí cuando han disparado. Todo esto solamente con esos testigos, por lo que parece bastante real lo que se dice del suceso, no sé cómo pensáis que vuestras hipótesis son realidad con esos hechos...

A mi me parece más lógico pensar como dice #55 Eran novatos, pudieron comeneter el error de disparar a los cristales y no solamente a las ruedas, mataron... solamente pueden declararse culpables, eso es así de simple.

#72 solamente con los testigos, parece bastante real lo declarado. No sé por qué lo pones en duda.

#75 eso que mencionas no encaja con lo que dicen los testigos, cambia de sentido, choca contra una patrulla y la deja atrás, por lo que los disparos solamente pueden ser de atrás hacia adelante

C

#92 Yo no estoy discutiendo, estoy aprendiendo cosas que no sabia o tenía equivocadas al parecer.
Pues entonces qué significa este otro artículo:

"La inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio u otras actividades, sean o no retribuidas, o cualquier otro derecho, que ha de concretarse expresa y motivadamente en la sentencia, priva a la persona penada de la facultad de ejercerlos durante el tiempo de la condena. La autoridad judicial podrá restringir la inhabilitación a determinadas actividades o funciones de la profesión u oficio, retribuido o no, permitiendo, si ello fuera posible, el ejercicio de aquellas funciones no directamente relacionadas con el delito cometido."

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Soy_ZdRaVo

#94 ahi está diciendo que pueden restringir la inhabilitación a parte de la profesión y no la profesión en general.

ErChuache

O bien faltan datos o no hay justificación para semejante puro para los dos novatos.

¿Qué se suponía que deberían haber hecho en semejante situación? ¿Dejarse arrollar? ¿Dejar que se escapasen y fuesen circulando a toda velocidad, con posibilidad de provocar un accidente o que hubiesen atropellado a algún inocente?

Normal que los veteranos, tal y como me comentó un compañero GC pasen de meterse en movidas salvo que sea tan gordo que tengan que actuar por cojones. Saben que como se les ocurra sacar el arma tienen la espada de Damocles encima de su cabeza, aunque la causa para desenfundar la pistola esté completamente justificada.

OviedoSergio

Encima se tienen que declarar culpables por qué es lo que mejor les vendrá, yo no les pondría ni cargos, no me jodas, hay situaciones que las pistolas están para usarlas, ni más ni menos.

Ahora encima, no podrán volver a ejercer, ¿no? Por qué entonces les arruinan la vida por hacer su trabajo, lamentable

Jildeghar

#94 Si no me equivoco ese tipo de inhabilitación se refiere al ejercicio de profesiones del sector privado (art 45 CP).

En la noticia no lo especifica, pero lo lógico sería inhabilitación especial para empleo y cargo público (art 42 CP).

Los años hacen referencia al tiempo durante el cual no podrán presentarse a nuevos procesos selectivos, pero la condición de funcionarios ya la han perdido para siempre a partir de que la sentencia sea firme.

Solo recuperarian su puesto tras terminar la condena en los casos de suspensión (art 43 CP)

B

Hay que cambiar de fuentes cuando algo te parezca raro es que seguramente te estén engañando para encabronarte

#85 esto habría que ponerlo como el aviso de las cookies pero permanente en todas las webs.

O al menos así lo plantearían en la UE, lo que quiero decir es que la gente debería tenerlo más presente.