#43 Si eh. Que haya sido el año más seco y con más calor de la última decada no influye. Por no hablar de que el número de incendios del 2015 no llega ni a la media de la década, ni en hectareas quemadas ni en número de incendios y conatos vamos que se han disparado según tú.
Puedes buscarlo aquí, si tienes tiempo en la busqueda de noticias que no vienen a cuento para solo así poder justificar tu posición. http://www.magrama.gob.es/es/desarrollo-rural/estadisticas/iiff_2015_def_tcm7-416547.pdf
Por otro lado veo que sigues sin saber cuales son los supuestos de interés general, y que tampoco te interesa saberlos vives mejor en tu burbuja de demagogia y estulticia.
Respecto a los agentes forestales, según leete el art 58 de la ley de montes a ver donde ves que se reducen sus atribuciones en lo que se refiere a los controles forestales. Debe de ser en el apartado a) donde el único limite que les ponen para hacer controles es la inviolabilidad del domicilio.
spoilera) Entrar libremente en cualquier momento y sin previo aviso en los lugares sujetos a inspección y a permanecer en ellos, con respeto, en todo caso, a la inviolabilidad del domicilio. Al efectuar una visita de inspección, deberán comunicar su presencia a la persona inspeccionada o a su representante, a menos que consideren que dicha comunicación pueda perjudicar el éxito de sus funciones.
b) Proceder a practicar cualquier acto de investigación, examen o prueba que consideren necesaria para comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente.
En particular podrán tomar o sacar muestras de sustancias y materiales, realizar mediciones, obtener fotografías, vídeos, grabación de imágenes, y levantar croquis y planos, siempre que se notifique al titular o a su representante, salvo casos de urgencia, en los que la notificación podrá efectuarse con posterioridad.
- En el ejercicio de sus funciones como Policía Judicial genérica se limitarán a efectuar las primeras diligencias de prevención, de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora de la Policía Judicial y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Cuando tuvieran conocimiento de hecho que pudieran ser constitutivos de delito deberán ponerlos en conocimiento de la Autoridad judicial o del Ministerio Fiscal, a través del procedimiento que determinan los órganos en cuya estructura se integren y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En el ejercicio de las funciones a las que se refiere este apartado, los Agentes Forestales prestarán en todo momento auxilio y colaboración a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.»
La dificultad para el acceso al agua, debe de ser esa por la cual ante un incendio forestal, se puede hacer acopio de agua de cualquier fuente disponible sea pública o privada. Lo cual incluye incluso las piscinas particulares. Pero claro, eso no lo queremos ver y respecto ¿a que años te refieres que llevan protestando sobre el desprotegimiento de los trabajadores y el acceso al agua? si la modificación de la ley lleva un año en vigor
Respecto a los enlaces, ¿donde está la tierra quemada que no se puede recalificar? No hay, son enlaces de corruptos recalificando algo sobre terreno sin quemar, que es un escándalo, pero no es de lo que estamos hablando.
Y respecto al cambio de voto y una noticia de podemos recalificando, sinceramente, me suda bastante los huevos lo que votes o vayas votar en un futuro, es un país libre haz lo que te salga de los huevos, pero la mentira y la demagogia dejala a parte. No vengas a meter mierda sin saber de lo que hablas como sueles hacer
Y como final, toma anda a ver que decía greenpeace sobre los incendios del año pasado.