#20900 #20901 Eso no es así. El derecho penal realiza la ficción jurídica de que un barco con bandera española es territorio español a la hora de conocer sobre el delito.
La Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, en su artículo 23.1, " en el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados internacionales en los que España sea parte".
Por eso digo que a efectos jurídicos, un barco o avión con nacionalidad española son territorio español. Es una ficción jurídica para que lo que ocurre no quede en un vacío legal.
En el caso de los aviones es aún más claro y no es necesario especular o fundamentar teóricamente nada, porque se dice explícitamente en la ley de navegación aérea que son territorio español:
La aeronave de Estado española se considerará territorio español, cualquiera que sea el lugar o espacio donde se encuentre.
Si tu cometes un delito, como es abandonar a gente en el mar para que muera, vas a responder ante la justicia por ello.