T. Constitucional ley permite suspender políticos que le desobedezcan.

O

Tribunal Constitucional avala la ley que le permite suspender a los políticos que le desobedezcan.

El Tribunal Constitucional ha avalado este jueves la reforma legal que le concedió mayores poderes para hacer cumplir sus resoluciones. La sentencia, que se conocerá en los próximos días, ha contado con el respaldo de ocho magistrados. Otros tres emitirán un voto discrepante defendiendo la inconstitucionalidad de la reforma, que había sido recurrida por los gobiernos vasco y catalán.

El núcleo de los recursos se dirigía contra dos medidas concretas introducidas en la reforma. La primera, la posibilidad de suspender temporalmente en sus funciones de las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplan las resoluciones del Tribunal. La segunda es la posibilidad de que el TC pueda llegar a requerir la colaboración del Gobierno para hacer ejecutar sus resoluciones.

La sentencia comienza sosteniendo que el Tribunal Constitucional es un “verdadero órgano jurisdiccional”, como los son los tribunales ordinarios. Y, por tanto, tiene potestad para hacer ejecutar sus propias resoluciones, y no sólo para declarar lo que encaja o no en la Carta Magna. Y rechaza que las medidas cuestionadas modifiquen la naturaleza que la Constitución otorgó al TC o que altere el sistema de controles de las Comunidades Autónomas por parte del Estado. Tampoco considera que vulneren los principios de separación de poderes y de legalidad penal. Esas eran las principales objeciones del recurso del Gobierno vasco, el primero en ser resuelto. El de la Generalitat correrá en breve la misma suerte.
La reforma, aprobada hace ahora un año, se elaboró con la vista puesta en el proceso independentista de Cataluña. Sin embargo, el TC intenta alejarse el más posible de la refriega política esmerándose en defender que su trabajo ha sido “jurídico, no político”, y que no ha examinado “las intenciones del legislador, su estrategia política o su propósito”.

Las capacidades del TC

En cuanto a la capacidad de hacer cumplir sus resoluciones, la mayoría de los magistrados consideran que el hecho de que la Constitución no prevea un mecanismo para la ejecución de las sentencias no implica “un desapoderamiento del Tribunal Constitucional de la potestad de ejecutar y velar por el cumplimiento de sus resoluciones”. La Constitución configura al Tribunal Constitucional “como un verdadero órgano jurisdiccional”, por lo que también tiene atribuida la potestad de “obligar al cumplimiento de sus resoluciones”. Si ello no fuera así, añade, el TC no tendría “la potestad necesaria para garantizar la supremacía de la Constitución”.
Añade que la Constitución no estableció un modelo de jurisdicción constitucional “cerrado, petrificado y congelado en el tiempo” y que otorga gran capacidad a las Cortes para regular su funcionamiento.
La suspensión de funciones

En cuanto a las medidas concretas impugnadas, señala que sus finalidad es constitucionalmente legítima, ya que buscan “garantizar la defensa de la posición institucional del Tribunal Constitucional y la efectividad de sus sentencias y resoluciones, protegiendo su ámbito jurisdiccional frente a cualquier intromisión ulterior de un poder público que pudiera menoscabarla, que es lo mismo que decir, preservar la primacía de la Constitución, a la que todos los poderes públicos están subordinados (art. 9.1 CE), y cuyo supremo intérprete y garante último es este Tribunal en el ejercicio de su función jurisdiccional” (art. 24 CE)”.
Sobre la suspensión temporal, resalta que se ha regulado de forma comedida. En concreto, porque se aplica ante la voluntad “deliberada y persistente” de incumplir una resolución y sólo cuando no haya otra medida alternativa y durante el tiempo estrictamente necesario. Añade que su finalidad “no es la de infligir un castigo ante un comportamiento antijurídico o ilícito”, para lo cual ya existe la posibilidad de denunciar los hechos ante las justicia ordinaria, como se hizo con Carme Forcadell. No es, como sostenían los recursos, una especie de condena penal impuesta por el TC, sino algo de menor alcance, una medida “coercitiva” para que sus resoluciones se respeten.

La ayuda del Gobierno

La otra medida cuestionada era la llamada ejecución sustitutoria, que según los recursos suponía una alteración del sistema de controles del Estado sobre las Comunidades Autónomas. El motivo alegado era que la Constitución ya contaba con el artículo 155 y no preveía la participación del TC.
La sentencia responde que se trata de instrumentos diferentes. El artículo 155legitima al Estado a adoptar las medidas necesarias frente al eventual incumplimiento por una Comunidad Autónoma de “las obligaciones que la Constitución u otras leyes impongan” o frente a una actuación que “atente gravemente al interés general de España”. Es el Gobierno quien decide las medidas, previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma de que se trate y con la aprobación por mayoría absoluta del Senado.
Por el contrario, la ejecución sustitutoria prevista en la reforma impugnada es un mecanismo puesto a disposición del tribunal “para instar al cumplimiento de las resoluciones recaídas en los procesos constitucionales”. Son los magistrados los que podrán, en cada caso, decidir su aplicación; e incluso podrá requerir, si lo estima oportuno, la colaboración del Gobierno, cuya actuación deberá “desarrollarse en los términos que fije el propio Tribunal”.
Es decir, conforme a la interpretación que los magistrados hacen de la reforma, el Gobierno no podrá intervenir discrecionalmente en la ejecución sustitutoria, puesto que será el TC el que márquelos límites de la colaboración, señalando “qué medidas concretas implica la ejecución”. En esas circunstancias, concluye la sentencia, no puede afirmarse que la reforma altere en este punto el sistema de controles del Estado sobre las Comunidades Autónomas.

Tres magistrados discrepantes

Las nuevas medidas aún no han sido estrenadas por el TC, que ha esperado a resolver los recursos antes de plantearse su uso. En el caso de la presidenta del parlamento, Carme Forcadell, el TC se limitó a usar la facultad que tiene cualquier tribunal (la llamada deducción de testimonio) de denunciar un eventual delito (desobediencia) ante el tribunal competente.
El que haya dado luz verde a las medidas no implica que las vaya a usar. Por ejemplo, ante nuevas desobediencias Forcadell, quien además tiene ya abierta una causa penal por este motivo. Hasta la fecha, el tribunal que preside Francisco Pérez de los Cobos ha dado muestras de que prefiere actuar con prudencia.
Como en la última sentencia que afectaba a Cataluña, la referida a la prohibición de los toros, el TC no ha logrado la unanimidad. La ponente inicial de la resolución, la vicepresidenta Adela Asúa, decidió abandonar esa tarea al comprobar que sólo otros dos magistrados (Antonio Xiol y Fernando Valdés) respaldaban sus tesis. El encargado de redactar la sentencia, que se conocerá de forma íntegra en los próximos días, es Pedro González Trevijano.
Los tres magistrados discrepantes emitirán un voto particular que considera inconstitucionales tanto la suspensión de funciones y la ejecución sustitutoria. Los magistrados discrepan del método seguido para enjuiciar la norma impugnada ni las conclusiones a las que llega la mayoría. Consideran que el Tribunal ha abdicado de ejercer su jurisdicción, al no entrar en el fondo de diversas cuestiones sobre las que el recurso le forzaba a pronunciarse; y que, cuando excepcionalmente ha entrado en ellas, lo ha hecho con una argumentación superficial incompatible con la naturaleza y la gravedad de los reproches de inconstitucionalidad alegados por la entidad recurrente.

Tribunal Constitucional avala la ley que le permite suspender a los políticos que le desobedezcan. - Amiga y Mujer

Mi opinión, los que desobedezcan lo tienen claro.

S

Fuente amiga y mujer.

http://amigaymujer.com/

Otra interesante noticia de la fuente.
http://amigaymujer.com/graban-alma-cuerpo-motociclistadentado/

5 respuestas
josepginer

#2 lol hahahahah

L

#2 http://www.elmundo.es/espana/2016/11/03/581b314522601da9468b45ed.html

2 respuestas
M

#2 http://politica.elpais.com/politica/2016/11/03/actualidad/1478165453_432832.html

2 respuestas
S

#4 #5

¿Y es la ridícula fuente que ha puesto él?

Debe atraeros la miel.

2 respuestas
M

#6 De los creadores del argumento ad hominem llega a sus hogares el argumento ad noticiem.

Criticas la fuente de la noticia en lugar de criticar la noticia en si. Asi te luce el pelo, Vegeta.

1 respuesta
S

#7

Vas a tener que hacerlo mucho mejor que eso.

Lo que crítico es el ridículo al que llega el op buscando material en cualquier lado para seguir con su filia.

El op se pasa el día spameando un montón de temas similares por un montón de foros (lo puedes comprobar tú mismo en foro coches o burbuja informática por poner dos ejemplos) subiendo los temas cada donde se lo permiten cada rato con frases estúpidas o memes de Pujol.

Cuando le banear cambia de Nick y vuelta a empezar. Usa también otros Nicks como Auriga555, López22, ¿No soy nadie? Y un montón más.

Ale a Parla.

Laserazul

A ver si ahora va a resultar que elmundo, el país o el 20 minutos no hacen noticias de mierda con titulares dignos de párvulos, por no hablar del mundo aparte que significa KOdiario y si fuera una noticia mierda todavía pero es una gran noticia, ahora sólo hay que hacer la justicia independiente :yawn:

Shandalar

#2 juas jajajajaja, impactante noticia la segunda, me parece una fuente de lo más interesante. Va a favs.

T-1000

#2 LOL

#4 #5 esas fuentes son mejores xD

#1 A quienes se salta la ley, a la carcel.

Leoshito

¿De verdad es noticia que haya una ley para que jueces castiguen a políticos que se creen por encima de la ley?

Otra cosa es que se use para el terrible problema de la independensia y no para la corrupción galopante y las medidas anticonstitucionales del gobierno.

2 respuestas
B

#12 El nuevo ministro de interior cobro casi 25000€ en sobresueldos y no pasa nada. A ver si esto va a ser como la ley de partidos...

seiviak

#12 Que un estamento elegido,cuyo presidente es/era militante del partido del gobierno, y que es elegido a dedo puede inhabilitar a políticos no te parece noticia?
Evidentemente, se va a usar contra el independentismo en Catalunya. Y contra los vascos o P's si se ponen minimamente tontos. Es lo que tiene la democracia..

3 respuestas
DunedainBF

#14 Mínimamente tontos no, muy tontos y rompiendo récords, sí. La ley está para cumplirla y sino a la cárcel. Va para los independentistas que se creen democrátas y no saben respetar la legalidad y va para los chorizos que roban lo de todos.

1 respuesta
seiviak

#15 si han incumplido la ley que vayan a la justicia ordinaria ( como Mas, Homs , Ortega o Rigau) pero que no le den poderes a una gente que no responde ante nadie y cuyas resoluciones son sabidas antes de la primera reunión

1 respuesta
DunedainBF

#16 Son sabidas porque la constitución establece un marco básico de convivencia y que para la mayoría de la gente son de sentido común. El problema es que en casos como el del independentismo catalán, el sentido común se ha ido a la mierda y se ha radicalizado a la gente y enfrentado. Ojalá no hiciera falta que el TC recordará cosas elementales y tuviera que actuar, pero lo lamentable de la situación a veces lo requiere.

vinilester

Detienen a la alcaldesa de Berga, Montse Venturós, investigada por no retirar la estelada del Ayuntamiento
http://www.elmundo.es/cataluna/2016/11/04/581c3c5f22601d67188b45f2.html

Espero que no sea la ultima de esa larga lista de cerdas y cerdos que piensan que estan por encima de la ley.

2 respuestas
Joh4n

#18 First world problems.

A ver el día en que detienen a Fernández Díaz.

2 respuestas
GaLiaNBeaST

#19 Nada nada, ¿Quién quiere a Fernández Díaz cuando puedes tener gente que pone banderitas? XDDDDDDDDDDDDDDDDDDDDDDD

Ghaul

Hombre, es que no tenia mucho sentido que pudieras desobedecer y no pasara nada. Para que coño esta entonces el TC?

Lo preocupante es que se apresuraran en hacer la ley ahora con lo de la Independencia y no antes.

1 respuesta
P

Curioso que los que se quejan sean los gobiernos vasco y catalán...xD ¿porqué será?..pá mi que se les acaba el chiringuito.

1 respuesta
B

Hombre que alguien sea juez y parte pues no me convence:
https://twitter.com/josepcosta/status/794187697321635844

Serie de tuits (en catalán). Si dictas algo y puedes suspender a quienes te desobedezcan sin escuchar ni náh, pues no sé... me parece algo antidemocrático. Pero no sé de leyes.

Y OJO. Que aquí se dice "ui qué prisa se dan con el asunto catalán". Y qué prisa se dan los abogados / ¿analistas? catalanes a criticar esa medida. Aquí todo el mundo tiene "intereses". Y tan interesados son unos para guardar la ¿seguridad? / unidad de España y que se respete lo que legislan / ordenan como otros queriendo desobedecer pero que no les salga caro (y seguir espetando el "España nos oprime" mientras se cobran subvenciones).

2 respuestas
seiviak

#21 como que no pasaba nada? Homs, Mas, Rigau y Ortega están en los juzgados por desobedecer... Aquí de lo que se habla es de que el TC va a poder quitar a políticos a su "elección". Que no os enteráis de nada.

#22 Curioso que las dos naciones no reconocidas por España y más castigadas por las cloacas del estado sean las que se quejan, si.
#23 Es más de lógica que de leyes IMO

5 respuestas
B

#23 ¿Pero cómo va a ser antidemocrático si no lo hace Podemos?

#24 Ley de partidos 2.0

Todavía me acuerdo de cuando juzgaron al ministro de interior por conspirar...

1 respuesta
B

#25
Tienes razón. Despiste matutino.

#24
Supongo. Pero la lógica también dice que la sanidad o es universal o es una chapuza y ahí está la ley de que no puedes atender a sin papeles. Y bien que hacen los / las médicos en desobedecerla. Por eso digo que no me gusta lo de juez y parte. Y yo estoy en contra de la independencia de Cataluña. Pero mi ética personal me obliga a quejarme de algo que no vea justo, me favorezca o no.

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seiviak

#26 Son cosas independientes tu tendencia política y defender ciertas decisiones. Todos estamos en contra de ETA y a todos nos parece que el Gal es mierda. O la ley de partidos, o la dispersión de etarras... etc etc.

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B

#27 Hay gente a la que le parece bien la dispersión de presos.

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seiviak

#28 hay gente a la que le parece ben disparar a inmigrantes "ilegales" en el mar y que se ahoguen. cosas..

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B

#29 Cierto es, pero hay la creencia, dentro de los conservadores, de que un etarra no se puede reinsertar. Sin embargo ahí tienen a Pío Moa, el cómplice de asesinato con el GRAPO.

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