El Tribunal Supremo aumenta la condena de La Manada a 15 años por agresión sexual

AikonCWD

#1200 no he dicho eso.

En cualquier otro juicio, un desliz en una declaración y la sentencia puede cambiar mucho.
Estoy convencido que en cualquier otro caso, si la víctima declara bajo juramento que no hubo ni violencia ni intimidación, se hubiese sentenciado abuso.

Te pongo un ejemplo reciente: https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20191031/condena-manada-manresa-7708728

Aquí unos tipos "muy majos" violaron a una chica que estaba inconsciente. Sentencia? Pues abuso, ya que no hubo ni violencia ni intimidación

Los jueces justifican su criterio en que como la víctima estaba inconsciente los acusados "pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación".

Pero con los sanfermines, pese a que tampoco hubo ni violencia ni intimidación (dicho por la chica), les meten agresión.
Es cuanto menos curioso. Así que debe de haber algo más que no hemos visto (a parte del beso negro) o alguien ha tenido presiones mediáticas muy fuertes. Digo yo.

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B

#1201 Además de tener poco fondo de información lo que dices ala Manada le ha caído lo que le ha caído por que ha intervenido el tribunal supremo, que te recuerdo que le podía haber caído aún más si el abogado no hubiese obviado una parte.

No he dicho eso pero... he dicho eso.

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AikonCWD

#1202 Osea que ante unos mismos hechos te cae penas más grandes si te evalua el supremo? La mujer esa de la estatua con los ojos vendados sujetando una balanza debe de estar retorciéndose en su tumba.

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TheFiskal

#1199 Si yo no le doy la razón a los que defienden que son violadores. Te he leído y me he leído correctamente

#1200 #1202

#1200Ronjoujoujou:

Venga, vas a saber tú más que el supremo o que cualquier juez.

A propósito: el Tribunal Supremo en los recursos de casación no se pronuncia sobre la valoración de la prueba (salvo la comedida excepción del artículo 849.2 LECrim y el alegato de infracción de presunción de inocencia y quiebra de la tutela judicial efectiva). Por tanto, el Tribunal Supremo falla en sus resoluciones judiciales sobre los hechos que vienen probados desde abajo. El Supremo solo se centra en cuestiones jurídicas fundamentalmente. Sus funciones son eminentementes nomofilácticas

Un poco de jurisprudencia para ilustrar a qué se dedica el TS que de mañaneo entra bien:

el control casacional en relación a la presunción de inocencia se concreta en verificar si la motivación fáctica alcanza el estándar exigible y si, por ello, la decisión alcanzada por el tribunal sentenciador es, en si misma considerada, lógica, coherente y razonable, de

acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos, aunque puedan exigir otras conclusiones, porque no se trata de comparar conclusiones sino más limitadamente si la decisión escogida por el tribunal sentenciador soporta y mantiene la condena (SSTC. 68/98, 117/2000, SSTS. 1171/2001, 220/2004, 711/2005, 866/2005, 476/2006, 548/2007, 1333/2009, 104/2010, 1071/2010, 365/2011, 1105/2011).".

Es decir, que a esta Sala de casación no le corresponde formar su personal convicción tras el examen de unas pruebas que no ha presenciado y, a partir de ellas confirmar la valoración del Tribunal de instancia solo en la medida en que ambas sean coincidentes. Lo que ha de examinar es, en primer lugar, si la valoración del Tribunal sentenciador se ha producido a partir de unas pruebas de cargo constitucionalmente obtenidas y legalmente practicadas, y, en segundo lugar, si dicha valoración es homologable por su propia lógica y razonabilidad.

Por otra parte los procesos penales son públicos, aunque esto también tiene una excepción. En el caso de la Manada de la Pamplona la fase de juicio oral donde se procedió a la práctica de la prueba no lo fue, no obstante, ateniéndonos a las resoluciones judiciales disponemos de una información más que suficiente para tener una opinión consolidada sobre el presente caso y saber no tanto como los jueces y magistrados pero casi

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B

fueron tontos, su defensa debería haber sido que la chica era nazi y llevaba tirantes de españa, así se libraban de la condena

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B

#1203 Entiende lo que quieras, pero el tribunal supremo evalua con la máxima objetividad con las leyes. En una cuestión dónde no hubo consenso entre los magistrados se elevó al supremo y estos decidieron en base a las leyes y con la máxima contundencia.

Tu aquí me vienes con links de periódicos para llevar más razón. Pero discúlpame si prefiero fiarme de lo que digan los jueces.

De la segunda chica "noviolada" supongo que te veremos dar la matraca por aquí también en pos de la inocencia de estos pobres chavales.

#1204 Eres demasiado técnico para mi.

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Meleagant

#1205 Sería violación imprudente.

#1206 Pues te ha dado bien con la valoración de la prueba del Supremo.

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YokeseS

#1201 no eran de ninguna etnia

AikonCWD
#1206Ronjoujoujou:

Tu aquí me vienes con links de periódicos para llevar más razón. Pero discúlpame si prefiero fiarme de lo que digan los jueces.

Qué dices xddd.

Yo aquí te vengo con un caso de violación grupal a una chica inconsciente. Que como no hubo ni violencia ni intimidación les han encasquetado abusa y no agresión.

Y los medios no han hecho ni un 1% de ruido como con los sanfermines.

#1206Ronjoujoujou:

De la segunda chica "noviolada" supongo que te veremos dar la matraca por aquí también en pos de la inocencia de estos pobres chavales.

Seguramente no. No al menos hasta que se publiquen las pruebas, declaraciones y esas cosas.

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B

#1207 No me ha dado nada. Su versión forocochera la tengo más que asumida ya.

#1209 Entonces por que no escribes una carta y explicas en que están tan equivocados?. Salva la justicia española!!.

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AikonCWD

#1210 Pues porque ya han sido condenados y no hay nada que hacer. Además que esa gentuza no me genera ninguna empatía.

TheFiskal

#1206 Te he hecho un EDIT en #1204 con jurisprudencia propia de la sala de lo penal del Tribunal Supremo para clarificar tus dudas.

#1207 Los delitos contra la libertad e indemnidad sexual no contemplan en ningún caso su comisión imprudente. Hacerlo sería algo completamente absurdo. Supongo que lo dirás de coña

#1210

#1210Ronjoujoujou:

Su versión forocochera la tengo más que asumida ya.

No presupongas nada. Versión forocochera 0. Son mis propias conclusiones una vez leído el caso con total integridad, con base a lo debatido y rebatido durante todo el proceso judicial.

Y no se debe a motivos ideológicos. Yo acepto que el GC sea culpable de un delito leve de hurto. Que lo de pozoblanco sí fue un abuso sexual. ¿Pero el caso de Pamplona violación? Ni de coña, amic. Ni con traje de buzo. Ni con la tuya.

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AikonCWD

#1212 de qué trabajas?

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B

#1213 Ejerce abogacía en Hobbiton

Meleagant
#1209AikonCWD:

Yo aquí te vengo con un caso de violación grupal a una chica inconsciente. Que como no hubo ni violencia ni intimidación les han encasquetado abusa y no agresión.

Y los medios no han hecho ni un 1% de ruido como con los sanfermines.

El caso de los San Fermines es, objetivamente, de los menos graves que se han conocido dentro de lo que podrían considerarse violaciones grupales, y sin embargo el que más se ha carroñeado y usado políticamente. Es una mujer mayor de edad que, según su propio testimonio, entra voluntariamente al portal con ellos y en ningún momento les hace saber que se opone a las relaciones sexuales.

No voy a discutir si las relaciones fueron contra su voluntad o no. Hay serios motivos para dudar de la interpretación que hacen los jueces, pero sentenciado está, así que violación.

Sin embargo hay casos muchísimo más sangrantes. Por poner un ejemplo el de una chica que fue retenida en un piso durante 3 días y violada en repetidas ocasiones, y la mayoría de la gente ni conoce el caso, ni nadie sabe quiénes son los agresores ni cuál es su cara.

#1212 Obviamente era una broma respecto al homicidio imprudente de Rodrigo Lanza.

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AikonCWD

#1215 Exacto, a todo esto me refiero con lo mediatizado y politizado que ha estado la manada de los sanfermines. Es una flipada basta.

TheFiskal

#1215

#1215Meleagant:

Obviamente era una broma respecto al homicidio imprudente de Rodrigo Lanza.

Ya me lo suponía xD. Qué vergüenza ese caso, por cierto.

Espero que finalmente le apliquen homicidio doloso o asesinato cuando admitan que sí hubo dolosidad en la acción según la doctrina del dolo eventual.

E

#1191

No, no, no para nada.

Es que me niego a entrar en el escenario que marcas a posteriori de que podría haber una realidad paralela en la que esos violadores no supieran que estaban violando.

Podría existir ese universo paralelo que te conviene pero la realidad es que se van a pudrir en la cárcel por violadores.

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TheFiskal

#1218 Me remito a lo expuesto en #1168

Pero ya te lo vuelvo a poner aquí por si acaso. A ver si así confrontas y superas la disonancia cognitiva. No lo digo por mal, eh, pero me parece que es de lo que adoleces ahora mismo

¿Cómo pudieron ellos; si usted hizo algo, manifestó algo, verbalizó algo?”, antes de terminar la pregunta, contestó “no, o sea, yo cerré los ojos, si... eh... no hablaba, no, no estaba haciendo nada, estaba sometida y con los ojos cerrados, si eso... o sea, estaba con los ojos cerrados y sin hacer nada, ni decir nada, ni nada, entonces sí...”; y a la siguiente pregunta “desde el punto de vista de los cinco procesados si usted en algún momento hizo algún gesto, alguna manifestación, alguna actuación suya dio a enten...”, la testigo, sin dar lugar de nuevo a que se cierre la pregunta, contesto diciendo “no, no hablé, no, no grité, no hice nada, entonces, eh... que yo cerrara los ojos y no hiciera nada lo pueden interpretar como... eh... como que estoy sometida o como que no.”

Las hechos típicos necesitan incluir en su relación causal un nexo del tipo subjetivo; bien sea a título de dolo o imprudencia. No hay pena sin dolo y sin imprudencia porque de ser así se excluye la culpabilidad. Con arreglo a la teoría de la culpabilidad no es posible punir tales actos.

El dolo existe, dicho de una manera muy breve y simple, cuando el sujeto activo (acusado) comete un hecho a sabiendas de su ilicitud.

Hay una declaración muy concreta que es la de la chica en la que ella misma afirma que los acusados no podían saber que ella se negó. Que incluso eso entraña dificultad para ella. Como no resulta probado a mi juicio el elemento subjetivo del tipo (dolo) no puede haber condena porque no hay culpabilidad. Ergo debe procederse a la absolución. Y esto que te cuento es tan solo un argumento de la generalidad. Podría centrarme en otros. No obstante creo que es absolutamente ilustrativo sobre el caso.

Hago una digresión y aprovecho para decir que si una violada de verdad dice eso, que baje Dios y lo vea para decir si es violación o no. No sé si has escuchado alguna vez relatos de mujeres violadas o de personas víctimas de tentativas de asesinato, robos con fuerza, etc. Si te crees que una víctima de actos tan atroces tiene tantas dudas en su relato... QUE BAJE DIOS Y LO VEA

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Bl3sS

#1219 has nombrado a dios. Fijo que eres facha y por eso defiendes a violadores.

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Soy_ZdRaVo
#1170Trevize:

No me creo que un juez sea capaz de absolverlos y el máximo órgano judicial les culpe de lo máximo

cuantos procedimientos judiciales has seguido en tu vida?

TheFiskal

#1220 Soy facha constitucionalista y democrático. Genéticamente hablando no me falta de nada

Ello no equivale en todo caso y de manera necesaria defender a personas presuntamente acusadas de delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Yo me muevo en el ámbito de la virtuosa razón

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RusTu

#1222

Genéticamente hablando no me falta de nada

Bueno. Eh...

Prava

#1195 ¿Pides consentimiento explícito cada vez que follas? No, ¿verdad?

#1155 Que te reprendan por tutear me parece ridículo. Ahora, estando en sus manos... como si tienes que comerte una polla.

#1163 ¿Tocar una teta es agresión sexual?

E

#1219

Oh estoy seguro que me puedes marear con la jerga profesional. Igualmente eso no va a cambiar las dos condenas.

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TheFiskal

#1225 Ven y bésame ya

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E

#1226

Puedo darte mis fluidos pero manita no :(