http://meneame.net/story/wikisubtitles-cerrada-temor-detenciones
Juer, que conste que yo fui el que avisó (al menos uno) a Smalleye... pero no pensaba que esto iba a suceder
:S:S:S:S:S:S
Malditos *******
http://meneame.net/story/wikisubtitles-cerrada-temor-detenciones
Juer, que conste que yo fui el que avisó (al menos uno) a Smalleye... pero no pensaba que esto iba a suceder
:S:S:S:S:S:S
Malditos *******
Hola, en primer lugar muchas gracias por lo que estais diciendo. Se que se ha trabajado mucho en la página y cerrar es una putada, pero si debo hacerlo, mejor hacerlo a los 2 meses de vida que cuando haya mucho trabajo mas.
Llevo un mes informandome sobre la legalidad de los subtítulos, he consultado absolutamente todas las fuentes posibles. Ya habeis visto lo de barrapunto, pero eso al fin y al cabo son opiniones "amateurs". Muchos dicen que no es ilegal, pero la verdad es que estais hablando sin saber.
Asi que conseguí que un importante abodago de un bufet especializado en delitos informáticos me respondiera gratis y muy amablemente (no cito el nombre, pero os aseguro que es de renombre).
Aqui un extracto:
sí puedo apuntar que la transformación de cualquier obra
intelectual -y la traducción lo es, de conformidad con el artículo 21 de
la LPI- requiere la autorización del autor. Del mismo modo, el artículo
270 del Código Penal establece que si la transformación no autorizada se
realiza con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, estaríamos ante un
delito.
Desde la posición de la defensa, se podría alegar que no hay perjuicio
de tercero, dado el incremento de popularidad de la serie, que llevará a
un mayor consumo de la misma cuando sea doblada, pero la acusación
alegará que la publicación anticipada de los subtítulos disminuye la
audiencia y los ingresos publicitarios. Tanto en un caso como en otro
la prueba del perjuicio sería difícil, y en Derecho Penal las dudas
siempre favorecen al acusado. En cuanto al ánimo de lucro, la Fiscalía
General del Estado, en su circular 1/2006, considera que debe tratarse
de un beneficio económico. Una futura Directiva de la UE -aún en fase
de discusión- habla de beneficio comercial directo o indirecto (lo que
incluiría la publicidad).
Resumiendo: la publicación no autorizada de subtítulos constituye una
vulneración de la Ley de Propiedad Intelectual, que podría dar lugar a
una demanda solicitando indemnización en el ámbito civil. Para que
fuese delito, la acusación tendría que acreditar el ánimo de lucro y el
perjuicio de tercero.
Yo ya se que a la carcel no voy a ir, pero lo que si es cierto es que me puedo entrentar a una gran demanda, y vale, puede que me consiga el mejor abogado del mundo y quedar absuelto, pero primero tendría que ir a juicio, y eso por una página web no lo hago. Y creo que pocos lo harían.
Tal y como estan las cosas en españa, y tal y como se estan comportando los ladrones, os aseguro que tarde o temprano caería esa demanda.
Yo en serio que me lo sigo pensando... pero a no ser que otro abogado contradiga lo que se está diciendo, se que la SGAE tarde o temprano iría a por esta página, y por otras muchas similares. Ya sabeis donde colaboro, y os aseguro que al menos también se lo están pensando....
En fin... os sigo leyendo, pero dudo algo muy grande tiene que pasar para que cambie de opinión...
(Smalleye)