La Constitución Española de 1978 cumple hoy 6 de diciembre de 2018 40 años, y como cada 6 de diciembre, se conmemora en las Cortes Generales el día en que el pueblo español votó por mayoría abrumadora "sí" a la pregunta "¿Aprueba el proyecto de Constitución?".
Sin embargo, el camino hasta su nacimiento no fue fácil. La Constitución de 1978 era la primera que se redactaba como tal desde la republicana de 1931 y la primera de toda nuestra historia que se elabora desde un amplio consenso de las variadas fuerzas políticas. Todas las anteriores, desde "La Pepa" (la Constitución de Cádiz de 1812) hasta la de 1931, habían impuesto la línea ideológica de quien ostentaba la mayoría, alternándose durante el siglo XIX las constituciones 'liberales' con las 'conservadoras'.
La Constitución de 1978 es la más longeva de nuestra historia después de la de 1876, que durante el periodo de la Restauración monárquica aguantó en vigor durante 46 años, hasta el comienzo de la dictadura de Miguel Primo de Rivera en 1923.
La Constitución de 1978, en fin, es el fruto de la Transición política española, un periodo político excepcional que nos condujo de la dictadura de Francisco Franco a una democracia parlamentaria similar a las europeas. Por ello, tanto la Constitución como la Transición han sido consideradas generalmente modelos de éxito.
LA LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA
El primer paso político trascendental fue la Ley para la Reforma Política, que abría la puerta a los partidos políticos y a la celebración de elecciones libres. Esta ley fue aprobada el 18 de noviembre de 1976 por las Cortes franquistas, con el voto a favor de 435 de 531 de los procuradores (81%). Sometida a referéndum el 15 de diciembre bajo la pregunta \"¿Aprueba el Proyecto de Ley para la Reforma Política?\", obtuvo un 94,17 % de síes de los votantes. Fue la última de las Leyes Fundamentales del Reino y por ello se considera el 'harakiri de las Cortes franquistas'.
Solo tenéis que mirar 30 segundos mas del minuto que he puesto. Momento HISTORICO y la cara de Adolfo Suarez lo dice todo.
La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español, a la que están sujetos todos los poderes públicos y ciudadanos de España2 desde su entrada en vigor el 29 de diciembre de 1978.3
La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, siendo posteriormente sancionada por el rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada transición a la democracia, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior jefe de Estado, el dictador general Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen dictatorial en un «Estado social y democrático de derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político», tal y como proclama el artículo primero de la Constitución.4 En él también se afianza el principio de soberanía nacional, que reside en el pueblo,5 y se establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno.6 Deroga, además, en la Disposición Derogatoria (en sus últimas páginas), las Leyes Fundamentales del Reino, aprobadas en 1938 y modificadas en múltiples ocasiones, la última de ellas en 1977 precisamente para abrir paso a la democracia.
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y establece una organización territorial basada en la autonomía de municipios, provincias y comunidades autónomas,7 rigiendo entre ellos el principio de solidaridad.89 Tras el proceso de formación del Estado de las Autonomías, las comunidades autónomas gozan de una autonomía de naturaleza política que configura a España como un Estado autonómico.10 Las entidades locales, como los municipios y las provincias, gozan de una autonomía de naturaleza administrativa, y sus instituciones actúan en conformidad con criterios de oportunidad dentro del marco legal fijado por el Estado y las comunidades autónomas.11
El rey es el jefe de Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.12 Sus actos tienen una naturaleza reglada, cuya validez depende del refrendo de la autoridad competente que, según el caso, es el presidente del Gobierno, el presidente del Congreso de los Diputados, o un ministro.13
En el texto constitucional se establece la separación de funciones (no debe confundirse con la separación de poderes, idea fundamental del pensamiento liberal).14 En la base, la soberanía nacional permite la elección, por sufragio universal (varones y mujeres, mayores de 18 años),15 de los representantes del pueblo soberano en las Cortes Generales, configuradas a modo de un bicameralismo atenuado, integrado por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas cámaras comparten el poder legislativo, si bien existe una preponderancia del Congreso de los Diputados, que además es el responsable exclusivo de la investidura del presidente del Gobierno y de su eventual cese por moción de censura o cuestión de confianza. No obstante, tanto el Congreso como el Senado ejercen una tarea de control político sobre el Gobierno mediante las preguntas e interpelaciones parlamentarias.
El Gobierno, cuyo presidente es investido por el Congreso de los Diputados, dirige el poder ejecutivo, incluyendo la administración pública. Los miembros del Gobierno son designados por el presidente y, junto a él, componen el Consejo de Ministros, órgano colegiado que ocupa la cúspide del poder ejecutivo.
El Gobierno responde solidariamente de su actuación política ante el Congreso de los Diputados,16 que, dado el caso, puede destituirlo en bloque mediante una moción de censura. Esta necesariamente debe incluir un candidato alternativo que será inmediatamente investido presidente del Gobierno.
El poder judicial recae en los jueces y tribunales de justicia, y el Consejo General del Poder Judicial es su máximo órgano de gobierno. El Tribunal Constitucional controla que las leyes y las actuaciones de la administración pública se ajusten a la norma suprema.
Desde aquí solo decir que un día como hoy deberíamos estar todos unidos porque se firmo la base de un país democrático. Haber superado una dictadura tan larga en 40 años es un hito al que solo los españoles hemos podido enfrentarnos.
Felicidades a todos