#1555 O hemos leído sentencias diferentes o uno de los dos está equivocado, porque lo que yo he leído es que el testimonio de la víctima es la principal prueba de cargo, por no decir que es prácticamente la única prueba de cargo que se tiene en cuenta.
La conversación de whatsapp se toma como un mero indicio que se tiene en cuenta para afianzar la verosimilitud de la declaración de la víctima, porque no han sido objeto de prueba.
#1561 No, porque desde el momento que se considera agresión sexual, no entra en juego esa circunstancia.
De hecho, si alguien se lee de verdad la sentencia, verá que al chico de 19 años le condenan por agresión sexual por el tema de los tocamientos y felación, pero le absuelven de otra posible agresión sexual, ya que después de estos primeros hechos, la chica se va con él a una habitación y allí tienen relaciones sexuales que no ha podido acreditarse que no fueran consentidas. Por lo tanto, ahí sí le han aplicado esa circunstancia.
Un poco kafkiano la verdad, porque le condenan por agresión sexual por los primeros hechos y sin embargo la relación sexual que mantienen ellos dos inmediatamente después se presume consentida.