#263 Pues entonces el problema no está en la pena, está en la calificación, y yo ahí estoy de acuerdo. El caso de Nagore debió de calificarse como agresión sexual en grado de tentativa y probablemente asesinato y no homicidio, pero las penas son las que son porque la calificación fue la que fue.
Pero el TS no puede variar los hechos probados de la sentencia de instancia. Si el Tribunal del Jurado en el caso de Nagore consideró como hechos probados que no hubo ningún tipo de ataque a la libertad sexual de Nagore no tienes nada que hacer.
Igual que ocurría en el caso de la manada, la absolución era prácticamente imposible.