Mira por donde me paso su Error tipografico xDDD
Extraido de una resolución del Jurado de Autocontrol, relativa a un caso "parecido" (en cuanto a la existencia de la clausula "salvo error tipográfico":
En cuanto a la expresión “Salvo
error tipográfico”, resulta importante recordar
que no es la primera ocasión en la que este
Jurado tiene la oportunidad de analizar la
adecuación de esta clase de cláusula en
relación con el Código de Conducta
Publicitaria, existiendo actualmente una sólida
doctrina sobre la utilización de la cláusula
“salvo error tipográfico”. Ciñéndonos a la
presente reclamación, deberá tenerse
presente lo dispuesto en la norma 4 del
Código de Conducta Publicitaria, que recoge el
principio de respeto a la buena fe: “La
publicidad no deberá constituir un medio para
abusar de la buena fe del consumidor”. Así las
cosas, esta Sección entiende que la utilización
de la cláusula “salvo error tipográfico” en la
publicidad reclamada infringe el principio de
respeto de la buena fe del consumidor de la
norma 4 del Código.
Con la utilización de dicha expresión
se hace depender la adquisición de los
productos promocionados con los precios
señalados de la supuesta inexistencia de un
error tipográfico que sólo el anunciante puede
conocer. Así pues, esta cláusula introduce una
limitación unilateral por el anunciante en la
determinación del alcance de la oferta,
quedando a su total arbitrio la concreción de
sus límites, lo que constituye un claro abuso
de la buena fe de los consumidores.
PD: #18 Discrepo....telefonos Vodafone, Camaras Olympus, HDDs Toshiba, Micropocesadores Intel (este ultimo esta en proceso xD)